Las tensiones que provocaron los pisos turísticos en las ciudades andaluzas obligaron a las administraciones a limitar este fenómeno. La Junta de Andalucía aprobó un decreto en 2024 que dejaba en manos de los ayuntamientos la regulación de este fenómeno, que vivió un auténtico «boom» hace un lustro impactando de lleno en el mercado inmobiliario. Los consistorios endurecieron los requisitos para otorgar licencias y prohibieron nuevos permisos en los cascos históricos y otros barrios saturados. Comenzaba así una dura batalla cuyo primer asalto, tras una reciente sentencia de la sección cuarta del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), han ganado los propietarios de estas viviendas, doblando así las intenciones de los gobiernos municipales.. El alto tribunal ha anulado el acuerdo plenario aprobado por el Ayuntamiento de Granada en julio de 2024 para regular los usos turísticos de las viviendas al entender que no se ajusta a derecho y hace una lectura interpretativa del planeamiento urbanístico. El fallo, que recurrirá el Consistorio granadino, atiende el recurso presentado por la Asociación de Viviendas Turísticas y Alojamientos Rurales de Granada (AvitarGranada) contra la regulación del sector en la ciudad. El decreto municipal de junio de 2024, al que se han sumado otras innovaciones urbanísticas, sirvió de base para paralizar la concesión de licencias, una norma rechazada antes y después por AvitarGranada, que la consideró la más restrictiva del país. Aunque en su momento esta asociación pidió medidas cautelares para frenar su aplicación, el TSJA las denegó.. La sentencia del TSJA ha anulado el decreto municipal al considerar que el Ayuntamiento no estaba haciendo una interpretación del PGOU sino alterándolo para poder imponer restricciones a las viviendas de uso turístico, con exigencias propias del alojamiento hotelero.. El alto tribunal apunta que las facultades interpretativas del planeamiento son limitadas y que, cuando una supuesta interpretación añade, restringe o redefine obligaciones, usos o aprovechamientos, representa una revisión o modificación.. El concejal de Urbanismo de Granada, Enrique Catalina, recordó que el decreto se aprobó en pleno por unanimidad para el control de los alojamientos turísticos y adelantó que el equipo jurídico municipal trabaja ya para presentar un recurso contra el fallo del TSJA. Catalina recordó que al decreto ahora anulado se sumó una innovación en 2025, actualmente en marcha, para limitar el alta de viviendas turísticas en los cuatro barrios que ahora superan el 10% de presión turística residencial, desde el centro y el Realejo al Albaicín y Fígares. Por su parte, AvitarGranada adelantó que el sector presentará reclamaciones económicas y lamentó el recurso anunciado por el Ayuntamiento, que busca «más conflicto y más huida hacia adelante». La asociación, que calificó la sentencia de demoledora, consideró que el recurso tendrá «muy poco recorrido» y criticó que prolongar la causa va a costar dinero público.. «Si lo que se pretende es seguir persiguiendo a las viviendas turísticas de los granadinos mientras se mantiene una doble vara de medir favorable a grandes operadores y fondos de inversión, el encaje europeo será muy difícil», explicó su presidente, Antonio Jesús Castillo. Junto a ello, subrayó que el sector presentará reclamaciones por los daños y pérdidas que han sufrido por las limitaciones municipales.. «Cuanto más se alargue esta huida hacia adelante, mayores pueden ser los daños, mayores las reclamaciones y mayor la factura que, en su caso, tendrá que afrontar el Ayuntamiento por las indemnizaciones a los afectados por expedientes frustrados, actividades bloqueadas, inversiones paralizadas y lucro cesante acreditado», detalló.. La asociación señaló que la sentencia del TSJA abre una vía «muy seria» de reclamaciones por daños y perjuicios, incluidos no solo los gastos e inversiones realizadas, sino también, cuando proceda y pueda acreditarse, el lucro cesante derivado de reservas perdidas, actividad paralizada e ingresos dejados de percibir.. Otras capitales andaluzas también limitaron este fenómeno, por lo que esta sentencia pone en duda las regulaciones aprobadas. Sevilla fijó en 2024 que las viviendas de uso turístico no podían sobrepasar el 10% con respecto a las de carácter residencial en los 11 distritos, lo que suponía, entonces, un total de 32.400. Anteriormente, los propietarios podían registrar una vivienda como alojamiento turístico sin necesidad de consultar a los vecinos. Ahora, este nuevo marco legal exige que cualquier propietario que desee convertir su vivienda en un piso turístico obtenga la autorización previa de la comunidad de propietarios.. Málaga, por su parte, suspendió la concesión de nuevas licencias durante los próximos tres años. Actualmente existen 12.754 viviendas con licencia, aunque solo 8.596 están operando.
El TSJA tumba la limitación aprobada por el Ayuntamiento de Granada y el sector ya reclama indemnizaciones por los daños
Las tensiones que provocaron los pisos turísticos en las ciudades andaluzas obligaron a las administraciones a limitar este fenómeno. La Junta de Andalucía aprobó un decreto en 2024 que dejaba en manos de los ayuntamientos la regulación de este fenómeno, que vivió un auténtico «boom» hace un lustro impactando de lleno en el mercado inmobiliario. Los consistorios endurecieron los requisitos para otorgar licencias y prohibieron nuevos permisos en los cascos históricos y otros barrios saturados. Comenzaba así una dura batalla cuyo primer asalto, tras una reciente sentencia de la sección cuarta del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), han ganado los propietarios de estas viviendas, doblando así las intenciones de los gobiernos municipales.. El alto tribunal ha anulado el acuerdo plenario aprobado por el Ayuntamiento de Granada en julio de 2024 para regular los usos turísticos de las viviendas al entender que no se ajusta a derecho y hace una lectura interpretativa del planeamiento urbanístico. El fallo, que recurrirá el Consistorio granadino, atiende el recurso presentado por la Asociación de Viviendas Turísticas y Alojamientos Rurales de Granada (AvitarGranada) contra la regulación del sector en la ciudad. El decreto municipal de junio de 2024, al que se han sumado otras innovaciones urbanísticas, sirvió de base para paralizar la concesión de licencias, una norma rechazada antes y después por AvitarGranada, que la consideró la más restrictiva del país. Aunque en su momento esta asociación pidió medidas cautelares para frenar su aplicación, el TSJA las denegó.. La sentencia del TSJA ha anulado el decreto municipal al considerar que el Ayuntamiento no estaba haciendo una interpretación del PGOU sino alterándolo para poder imponer restricciones a las viviendas de uso turístico, con exigencias propias del alojamiento hotelero.. El alto tribunal apunta que las facultades interpretativas del planeamiento son limitadas y que, cuando una supuesta interpretación añade, restringe o redefine obligaciones, usos o aprovechamientos, representa una revisión o modificación.. El concejal de Urbanismo de Granada, Enrique Catalina, recordó que el decreto se aprobó en pleno por unanimidad para el control de los alojamientos turísticos y adelantó que el equipo jurídico municipal trabaja ya para presentar un recurso contra el fallo del TSJA. Catalina recordó que al decreto ahora anulado se sumó una innovación en 2025, actualmente en marcha, para limitar el alta de viviendas turísticas en los cuatro barrios que ahora superan el 10% de presión turística residencial, desde el centro y el Realejo al Albaicín y Fígares. Por su parte, AvitarGranada adelantó que el sector presentará reclamaciones económicas y lamentó el recurso anunciado por el Ayuntamiento, que busca «más conflicto y más huida hacia adelante». La asociación, que calificó la sentencia de demoledora, consideró que el recurso tendrá «muy poco recorrido» y criticó que prolongar la causa va a costar dinero público.. «Si lo que se pretende es seguir persiguiendo a las viviendas turísticas de los granadinos mientras se mantiene una doble vara de medir favorable a grandes operadores y fondos de inversión, el encaje europeo será muy difícil», explicó su presidente, Antonio Jesús Castillo. Junto a ello, subrayó que el sector presentará reclamaciones por los daños y pérdidas que han sufrido por las limitaciones municipales.. «Cuanto más se alargue esta huida hacia adelante, mayores pueden ser los daños, mayores las reclamaciones y mayor la factura que, en su caso, tendrá que afrontar el Ayuntamiento por las indemnizaciones a los afectados por expedientes frustrados, actividades bloqueadas, inversiones paralizadas y lucro cesante acreditado», detalló.. La asociación señaló que la sentencia del TSJA abre una vía «muy seria» de reclamaciones por daños y perjuicios, incluidos no solo los gastos e inversiones realizadas, sino también, cuando proceda y pueda acreditarse, el lucro cesante derivado de reservas perdidas, actividad paralizada e ingresos dejados de percibir.. Otras capitales andaluzas también limitaron este fenómeno, por lo que esta sentencia pone en duda las regulaciones aprobadas. Sevilla fijó en 2024 que las viviendas de uso turístico no podían sobrepasar el 10% con respecto a las de carácter residencial en los 11 distritos, lo que suponía, entonces, un total de 32.400. Anteriormente, los propietarios podían registrar una vivienda como alojamiento turístico sin necesidad de consultar a los vecinos. Ahora, este nuevo marco legal exige que cualquier propietario que desee convertir su vivienda en un piso turístico obtenga la autorización previa de la comunidad de propietarios.. Málaga, por su parte, suspendió la concesión de nuevas licencias durante los próximos tres años. Actualmente existen 12.754 viviendas con licencia, aunque solo 8.596 están operando.
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