El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) elevó la pena al hombre condenado por un jurado popular tras matar a su pareja en Béjar, provincia de Salamanca, durante el verano de 2023, y le impone una pena total de 15 años de cárcel al apreciar agravante de género, circunstancia que no se tuvo en cuenta en la sentencia emitida por el magistrado de la Audiencia Provincial salmantina. El alto tribunal estima, de este modo, en parte el recurso planteado por la acusación particular y por el Ministerio Fiscal a efectos de imponerle un año más de castigo, pues había sido condenado a una pena de 14 años de prisión por un delito de homicidio. Desestima, en el mismo sentido, el recurso planteado por la defensa en el proceso de apelación. Cabe recordar que se le impuso, además, indemnizaciones para la familia por valor superior a 818.000 euros. La sentencia de la Audiencia Provincial, a la que tuvo acceso Ical en su momento, considera probado que el homicida, sobre las 02.00 horas de la fecha en que ocurrieron los hechos, estaba solo junto a su pareja en el dormitorio de matrimonio del piso que compartían en la localidad salmantina de Béjar. En un momento dado, tuvieron una discusión, al parecer por problemas de infidelidad o “cuernos”, según adelantó esta agencia, en el curso de la cual llamó “putón” a su pareja y esta le golpeó levemente con un objeto, que pudo ser un cenicero. El condenado reaccionó inmediatamente y propinó a la víctima un fuerte golpe con el mismo cenicero de cristal en la región frontal de la cabeza, que la aturdió y le causó una herida grave por la que comenzó a sangrar. Acto seguido, se abalanzó sobre ella y, con la intención de matarla, la atacó, mientras se defendía de forma activa y eficiente. La derribó, al tiempo que se sentó a horcajadas sobre ella, lo que, según recoge el documento judicial, le causaba sofocación por compresión toraco-abdominal. A la vez, la agarró fuertemente del cuello con ambas manos y la estranguló durante un minuto más o menos, a la par que presionaba también los labios y nariz, lo que agravó la sofocación por oclusión directa de orificios respiratorios, todo ello hasta dejarla sin vida, como era su voluntad. La muerte se produjo como consecuencia de una anoxia hipoxémica, es decir, por estrangulación. El cadáver, finalmente, terminó en el suelo del dormitorio en posición de cúbito entre la pared y la cama. El homicida, que mantenía con la víctima desde hacía años una relación de pareja análoga a la conyugal y ambos residían en el domicilio familiar, era consumidor de alcohol y cocaína al tiempo de los hechos, pero no resultó probado en el juicio que, por tal circunstancia, tuviera afectadas en ningún grado sus facultades cognitivas y volitivas cuando produjo la muerte de su pareja. Según la sala, el condenado “obró impulsado por un estímulo tan poderoso, los golpes y ataque de su mujer, que produjeron en él un arr
El alto tribunal estima, de este modo, en parte el recurso planteado por la acusación particular y por el Ministerio Fiscal a efectos de imponerle un año más de castigo
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) elevó la pena al hombre condenado por un jurado popular tras matar a su pareja en Béjar, provincia de Salamanca, durante el verano de 2023, y le impone una pena total de 15 años de cárcel al apreciar agravante de género, circunstancia que no se tuvo en cuenta en la sentencia emitida por el magistrado de la Audiencia Provincial salmantina.El alto tribunal estima, de este modo, en parte el recurso planteado por la acusación particular y por el Ministerio Fiscal a efectos de imponerle un año más de castigo, pues había sido condenado a una pena de 14 años de prisión por un delito de homicidio. Desestima, en el mismo sentido, el recurso planteado por la defensa en el proceso de apelación. Cabe recordar que se le impuso, además, indemnizaciones para la familia por valor superior a 818.000 euros.La sentencia de la Audiencia Provincial, a la que tuvo acceso Ical en su momento, considera probado que el homicida, sobre las 02.00 horas de la fecha en que ocurrieron los hechos, estaba solo junto a su pareja en el dormitorio de matrimonio del piso que compartían en la localidad salmantina de Béjar. En un momento dado, tuvieron una discusión, al parecer por problemas de infidelidad o “cuernos”, según adelantó esta agencia, en el curso de la cual llamó “putón” a su pareja y esta le golpeó levemente con un objeto, que pudo ser un cenicero.El condenado reaccionó inmediatamente y propinó a la víctima un fuerte golpe con el mismo cenicero de cristal en la región frontal de la cabeza, que la aturdió y le causó una herida grave por la que comenzó a sangrar. Acto seguido, se abalanzó sobre ella y, con la intención de matarla, la atacó, mientras se defendía de forma activa y eficiente. La derribó, al tiempo que se sentó a horcajadas sobre ella, lo que, según recoge el documento judicial, le causaba sofocación por compresión toraco-abdominal.A la vez, la agarró fuertemente del cuello con ambas manos y la estranguló durante un minuto más o menos, a la par que presionaba también los labios y nariz, lo que agravó la sofocación por oclusión directa de orificios respiratorios, todo ello hasta dejarla sin vida, como era su voluntad. La muerte se produjo como consecuencia de una anoxia hipoxémica, es decir, por estrangulación. El cadáver, finalmente, terminó en el suelo del dormitorio en posición de cúbito entre la pared y la cama.El homicida, que mantenía con la víctima desde hacía años una relación de pareja análoga a la conyugal y ambos residían en el domicilio familiar, era consumidor de alcohol y cocaína al tiempo de los hechos, pero no resultó probado en el juicio que, por tal circunstancia, tuviera afectadas en ningún grado sus facultades cognitivas y volitivas cuando produjo la muerte de su pareja.Según la sala, el condenado “obró impulsado por un estímulo tan poderoso, los golpes y ataque de su mujer, que produjeron en él un arrebato,
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