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  Sociedad  ¿Y si encuentras un cuadro como el Sorolla de Sevilla? El propietario podría tener que pagarte miles de euros
Sociedad

¿Y si encuentras un cuadro como el Sorolla de Sevilla? El propietario podría tener que pagarte miles de euros

4 de julio de 2026
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Encontrar un objeto perdido en la calle puede parecer una simple cuestión de civismo, pero la legislación española también contempla una recompensa económica obligatoria para quien actúe correctamente. Así lo establecen los artículos 615 y 616 del Código Civil, que han cobrado especial protagonismo tras el llamativo caso de un turista que encontró un cuadro de Joaquín Sorolla en una calle de Sevilla y decidió entregarlo a la Policía Nacional. El protagonista de la historia, Andrés Hurtado, un turista murciano que se encontraba de vacaciones en la capital andaluza, recogió un cuadro que había sido olvidado en la vía pública. Tras identificar mediante una aplicación de inteligencia artificial que podía tratarse de una obra de Sorolla y conocer que sus propietarios habían denunciado la desaparición, decidió entregarlo a la Policía. Más allá de la anécdota, el caso sirve para recordar qué dice la legislación cuando alguien encuentra un objeto de valor y cuáles son sus derechos y obligaciones. El Código Civil obliga a devolver el objeto y reconoce un premio económico El artículo 615 del Código Civil establece que quien encuentre un bien mueble perdido debe devolverlo a su propietario si conoce su identidad. En caso contrario, está obligado a entregarlo a la autoridad competente para que pueda localizarse al dueño. Actuar de esta manera no solo evita posibles problemas legales, sino que además da derecho a una compensación económica cuando el propietario recupera el bien. Ese premio aparece regulado en el artículo 616 del Código Civil. La norma obliga al propietario a abonar al hallador el 10% del valor de los primeros 12,02 euros del objeto y el 5% del importe restante. En el caso del cuadro de Sorolla, cuyo valor se estima en unos 150.000 euros, la recompensa rondaría los 7.500 euros, siempre que se cumplan los requisitos previstos por la ley. ¿Qué ocurre si nadie reclama el objeto? La legislación también contempla el supuesto de que el propietario nunca aparezca. En ese caso, el objeto permanece bajo custodia de la autoridad competente y el hallazgo debe anunciarse oficialmente durante dos domingos consecutivos. Si transcurren dos años desde la segunda publicación sin que nadie reclame el bien, el objeto pasa a ser propiedad de la persona que lo encontró, que únicamente deberá hacerse cargo de los gastos de conservación que se hayan generado. No obstante, los expertos recuerdan que es fundamental actuar siempre de buena fe. Retener un objeto de valor sin comunicar su hallazgo podría derivar en responsabilidades legales, mientras que ponerlo inmediatamente en conocimiento de las autoridades garantiza tanto el cumplimiento de la ley como el derecho a percibir la recompensa prevista por el Código Civil.

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La legislación española también contempla una recompensa económica obligatoria para quien actúe correctamente

  

Encontrar un objeto perdido en la calle puede parecer una simple cuestión de civismo, pero la legislación española también contempla una recompensa económica obligatoria para quien actúe correctamente. Así lo establecen los artículos 615 y 616 del Código Civil, que han cobrado especial protagonismo tras el llamativo caso de un turista que encontró un cuadro de Joaquín Sorolla en una calle de Sevilla y decidió entregarlo a la Policía Nacional.El protagonista de la historia, Andrés Hurtado, un turista murciano que se encontraba de vacaciones en la capital andaluza, recogió un cuadro que había sido olvidado en la vía pública. Tras identificar mediante una aplicación de inteligencia artificial que podía tratarse de una obra de Sorolla y conocer que sus propietarios habían denunciado la desaparición, decidió entregarlo a la Policía.Más allá de la anécdota, el caso sirve para recordar qué dice la legislación cuando alguien encuentra un objeto de valor y cuáles son sus derechos y obligaciones.El Código Civil obliga a devolver el objeto y reconoce un premio económicoEl artículo 615 del Código Civil establece que quien encuentre un bien mueble perdido debe devolverlo a su propietario si conoce su identidad. En caso contrario, está obligado a entregarlo a la autoridad competente para que pueda localizarse al dueño.Actuar de esta manera no solo evita posibles problemas legales, sino que además da derecho a una compensación económica cuando el propietario recupera el bien.Ese premio aparece regulado en el artículo 616 del Código Civil. La norma obliga al propietario a abonar al hallador el 10% del valor de los primeros 12,02 euros del objeto y el 5% del importe restante.En el caso del cuadro de Sorolla, cuyo valor se estima en unos 150.000 euros, la recompensa rondaría los 7.500 euros, siempre que se cumplan los requisitos previstos por la ley.¿Qué ocurre si nadie reclama el objeto?La legislación también contempla el supuesto de que el propietario nunca aparezca. En ese caso, el objeto permanece bajo custodia de la autoridad competente y el hallazgo debe anunciarse oficialmente durante dos domingos consecutivos.Si transcurren dos años desde la segunda publicación sin que nadie reclame el bien, el objeto pasa a ser propiedad de la persona que lo encontró, que únicamente deberá hacerse cargo de los gastos de conservación que se hayan generado.No obstante, los expertos recuerdan que es fundamental actuar siempre de buena fe. Retener un objeto de valor sin comunicar su hallazgo podría derivar en responsabilidades legales, mientras que ponerlo inmediatamente en conocimiento de las autoridades garantiza tanto el cumplimiento de la ley como el derecho a percibir la recompensa prevista por el Código Civil.

 

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