La Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a cuatro años de prisión a un hombre por aprovecharse de la vulnerabilidad de una anciana de 83 años a la que consiguió aislar de su entorno y convencer para que le dejase su patrimonio. Entre los bienes afectados se encontraba la vivienda habitual de la mujer, cuyo valor superaba los 100.000 euros.. Los hechos se remontan a 2019. El condenado vivía en el mismo edificio que la víctima y, según considera probado el tribunal, se aproximó a ella conociendo su situación de vulnerabilidad hasta ganarse su confianza. La mujer, que hasta entonces residía en su propio piso y llevaba una vida independiente con algunas ayudas, terminó abandonando su domicilio para trasladarse a vivir con él.. Durante ese periodo comenzaron también las dificultades de sus familiares y personas próximas para mantener el contacto con ella. La sentencia concluye que el acusado actuó sobre la voluntad de la anciana, la aisló de su entorno familiar y vecinal y terminó trasladándola a otra ciudad para formalizar una serie de operaciones patrimoniales en su beneficio.. En junio de 2019 la llevó hasta una notaría de Lugo. Allí, el día 12, la mujer otorgó un nuevo testamento en el que instituyó al acusado como heredero universal, pese a que apenas trece días antes había firmado otro en favor de su nieto.. Dos semanas después, el 27 de junio, regresaron a la notaría. La anciana firmó entonces una escritura de cesión de bienes a cambio de alimentos mediante la cual transmitía al acusado su vivienda habitual en Ourense. Ese mismo día también vendió a un tercero una plaza de garaje por 10.000 euros.. El episodio que terminó destapando la situación se produjo el 3 de julio. Agentes de la Policía Nacional acudieron al domicilio del ahora condenado después de que la mujer fuese vista gritando y haciendo aspavientos desde el balcón para llamar la atención de los viandantes. Los policías la encontraron en un estado de elevada agitación y ansiedad y solicitaron una ambulancia.. La anciana fue trasladada al hospital de Ourense, donde falleció once días después. Durante su ingreso fue examinada por especialistas de Psiquiatría, que recogieron como posibles diagnósticos un trastorno de personalidad o delirante previo con deterioro cognitivo asociado y una situación de «abuso de anciano frágil».. Intentó hacerse con los bienes tras su muerte. Tras el fallecimiento, el acusado acudió nuevamente a la misma notaría de Lugo y aceptó parcialmente la herencia respecto a otros inmuebles, entre ellos un local y una vivienda en Portonovo. Además, reclamó a la familia que pusiese a su disposición el piso de Ourense y llegó a presentar una demanda de desahucio contra sus ocupantes. En esa demanda se fijó para la vivienda un valor de 102.553 euros.. La Audiencia considera acreditado que el hombre conocía y aprovechó la situación de vulnerabilidad de la mujer. El tribunal concede especial relevancia al hecho de que la desplazase hasta Lugo para firmar los documentos, una actuación que interpreta como dirigida a evitar que esos negocios jurídicos pudiesen llegar a conocimiento de familiares y vecinos.. La sentencia señala además que el acusado era representante legal de un centro de atención a personas mayores y concluye que consiguió que la víctima otorgase las escrituras «sin ser su verdadera voluntad».. Los magistrados consideran los hechos constitutivos de un delito de estafa en su modalidad hiperagravada, al concurrir dos circunstancias: que la operación afectaba a la vivienda habitual de la víctima y que el valor de lo defraudado superaba los 50.000 euros. El piso tenía un valor catastral superior a los 101.000 euros.. La Audiencia ha impuesto finalmente cuatro años de cárcel, además de una multa de doce meses con una cuota diaria de diez euros. Para fijar la pena mínima prevista para este delito, el tribunal aprecia como atenuante las dilaciones indebidas, ya que transcurrieron casi siete años desde la imputación hasta el nuevo juicio.. La resolución no es firme y puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
La Audiencia condena a cuatro años de cárcel al hombre, que aisló a la mujer de 83 años de su entorno familiar y logró que le cediese su vivienda
La Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a cuatro años de prisión a un hombre por aprovecharse de la vulnerabilidad de una anciana de 83 años a la que consiguió aislar de su entorno y convencer para que le dejase su patrimonio. Entre los bienes afectados se encontraba la vivienda habitual de la mujer, cuyo valor superaba los 100.000 euros.. Los hechos se remontan a 2019. El condenado vivía en el mismo edificio que la víctima y, según considera probado el tribunal, se aproximó a ella conociendo su situación de vulnerabilidad hasta ganarse su confianza. La mujer, que hasta entonces residía en su propio piso y llevaba una vida independiente con algunas ayudas, terminó abandonando su domicilio para trasladarse a vivir con él.. Durante ese periodo comenzaron también las dificultades de sus familiares y personas próximas para mantener el contacto con ella. La sentencia concluye que el acusado actuó sobre la voluntad de la anciana, la aisló de su entorno familiar y vecinal y terminó trasladándola a otra ciudad para formalizar una serie de operaciones patrimoniales en su beneficio.. En junio de 2019 la llevó hasta una notaría de Lugo. Allí, el día 12, la mujer otorgó un nuevo testamento en el que instituyó al acusado como heredero universal, pese a que apenas trece días antes había firmado otro en favor de su nieto.. Dos semanas después, el 27 de junio, regresaron a la notaría. La anciana firmó entonces una escritura de cesión de bienes a cambio de alimentos mediante la cual transmitía al acusado su vivienda habitual en Ourense. Ese mismo día también vendió a un tercero una plaza de garaje por 10.000 euros.. El episodio que terminó destapando la situación se produjo el 3 de julio. Agentes de la Policía Nacional acudieron al domicilio del ahora condenado después de que la mujer fuese vista gritando y haciendo aspavientos desde el balcón para llamar la atención de los viandantes. Los policías la encontraron en un estado de elevada agitación y ansiedad y solicitaron una ambulancia.. La anciana fue trasladada al hospital de Ourense, donde falleció once días después. Durante su ingreso fue examinada por especialistas de Psiquiatría, que recogieron como posibles diagnósticos un trastorno de personalidad o delirante previo con deterioro cognitivo asociado y una situación de «abuso de anciano frágil».. Tras el fallecimiento, el acusado acudió nuevamente a la misma notaría de Lugo y aceptó parcialmente la herencia respecto a otros inmuebles, entre ellos un local y una vivienda en Portonovo. Además, reclamó a la familia que pusiese a su disposición el piso de Ourense y llegó a presentar una demanda de desahucio contra sus ocupantes. En esa demanda se fijó para la vivienda un valor de 102.553 euros.. La Audiencia considera acreditado que el hombre conocía y aprovechó la situación de vulnerabilidad de la mujer. El tribunal concede especial relevancia al hecho de que la desplazase hasta Lugo para firmar los documentos, una actuación que interpreta como dirigida a evitar que esos negocios jurídicos pudiesen llegar a conocimiento de familiares y vecinos.. La sentencia señala además que el acusado era representante legal de un centro de atención a personas mayores y concluye que consiguió que la víctima otorgase las escrituras «sin ser su verdadera voluntad».. Los magistrados consideran los hechos constitutivos de un delito de estafa en su modalidad hiperagravada, al concurrir dos circunstancias: que la operación afectaba a la vivienda habitual de la víctima y que el valor de lo defraudado superaba los 50.000 euros. El piso tenía un valor catastral superior a los 101.000 euros.. La Audiencia ha impuesto finalmente cuatro años de cárcel, además de una multa de doce meses con una cuota diaria de diez euros. Para fijar la pena mínima prevista para este delito, el tribunal aprecia como atenuante las dilaciones indebidas, ya que transcurrieron casi siete años desde la imputación hasta el nuevo juicio.. La resolución no es firme y puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
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