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  España  “Desde Noé hasta hoy”: la Justicia gallega confirma 9 años de cárcel a un hombre por violar a una mujer ebria
EspañaGalicia

“Desde Noé hasta hoy”: la Justicia gallega confirma 9 años de cárcel a un hombre por violar a una mujer ebria

9 de marzo de 2026
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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la condena de nueve años de prisión impuesta a un hombre por violar a una mujer que se encontraba en estado de embriaguez en las inmediaciones de una discoteca de A Coruña. El alto tribunal rechaza el recurso presentado por el acusado y deja intacta la sentencia dictada previamente por la Audiencia Provincial.. En su resolución, los magistrados incluyen una frase especialmente contundente al desmontar uno de los argumentos de la defensa: “Desde Noé hasta nuestros días, cualquier hombre medio conoce los síntomas y efectos del alcohol”, por lo que consideran irrelevante que no se practicase una prueba toxicológica a la víctima.. Los hechos se remontan a la madrugada del 2 de febrero de 2024, cuando la joven había acudido con amigas a una discoteca de A Coruña. Tras consumir varias bebidas alcohólicas, comenzó a sentirse desorientada y a perder el equilibrio, hasta el punto de ser expulsada del local por su estado.. Durante más de cuarenta minutos trató sin éxito de volver a entrar en la discoteca para recuperar su abrigo, el teléfono móvil y las llaves de casa. Según recoge la sentencia, llegó a subir repetidamente las escaleras de acceso —hasta una quincena de veces— e incluso se desplomó en una ocasión debido a su estado.. Finalmente, abandonó la puerta del local y se dirigió a la explanada próxima al Palacio de Exposiciones y Congresos de A Coruña (Palexco), donde fue abordada por el acusado.. Aprovechó su estado para agredirla. El tribunal considera probado que el hombre observó el estado de la joven —desorientada, con dificultades para mantenerse en pie y con signos evidentes de intoxicación etílica— y decidió aprovechar esa situación de vulnerabilidad.. Según los hechos probados, el acusado la sujetó por la cintura cuando ella intentaba regresar hacia la discoteca y la llevó a un lateral del edificio de Palexco. Allí, cuando la mujer cayó al suelo y apenas podía reaccionar, la penetró vaginalmente aprovechando su incapacidad para oponerse o prestar consentimiento.. Dos personas que pasaban por la zona se percataron de lo que estaba ocurriendo y le llamaron la atención, momento en el que el agresor se apartó.. Pruebas “pétreas” del estado de la víctima. El acusado recurrió la condena alegando que no podía asegurarse que la mujer estuviese ebria porque no se le practicó una prueba toxicológica. El TSXG rechaza de forma tajante ese argumento.. Los magistrados sostienen que las pruebas reunidas —declaraciones de testigos, trabajadores del local, grabaciones de cámaras de seguridad y otros indicios— constituyen una “pétrea acreditación” de que la víctima presentaba una aguda intoxicación etílica que anulaba su capacidad de decisión.. La resolución recuerda que el propio acusado no negó la relación sexual, confirmada además por pruebas genéticas, y concluye que la joven no podía prestar consentimiento debido a la pérdida de conciencia y a la anulación de su capacidad de autodeterminación.. Nueve años de cárcel e indemnización. Con esta decisión, el TSXG confirma íntegramente la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña, que impuso al acusado nueve años de prisión por un delito de violación.. Además, el condenado deberá cumplir nueve años de libertad vigilada tras salir de prisión, no podrá acercarse ni comunicarse con la víctima durante 15 años y tendrá prohibido ejercer profesiones que impliquen contacto habitual con menores durante ese mismo periodo.. La sentencia también establece una indemnización para la víctima de 33.317 euros por los daños sufridos. Los magistrados concluyen que las pruebas acreditan sin lugar a dudas que se trató de una relación sexual sin consentimiento, producida al aprovechar el acusado la extrema vulnerabilidad de la víctima debido a su estado de embriaguez.

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El TSXG rechaza el recurso del condenado y subraya que “cualquier hombre medio conoce los efectos del alcohol”

  

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la condena de nueve años de prisión impuesta a un hombre por violar a una mujer que se encontraba en estado de embriaguez en las inmediaciones de una discoteca de A Coruña. El alto tribunal rechaza el recurso presentado por el acusado y deja intacta la sentencia dictada previamente por la Audiencia Provincial.. En su resolución, los magistrados incluyen una frase especialmente contundente al desmontar uno de los argumentos de la defensa: “Desde Noé hasta nuestros días, cualquier hombre medio conoce los síntomas y efectos del alcohol”, por lo que consideran irrelevante que no se practicase una prueba toxicológica a la víctima.. Los hechos se remontan a la madrugada del 2 de febrero de 2024, cuando la joven había acudido con amigas a una discoteca de A Coruña. Tras consumir varias bebidas alcohólicas, comenzó a sentirse desorientada y a perder el equilibrio, hasta el punto de ser expulsada del local por su estado.. Durante más de cuarenta minutos trató sin éxito de volver a entrar en la discoteca para recuperar su abrigo, el teléfono móvil y las llaves de casa. Según recoge la sentencia, llegó a subir repetidamente las escaleras de acceso —hasta una quincena de veces— e incluso se desplomó en una ocasión debido a su estado.. Finalmente, abandonó la puerta del local y se dirigió a la explanada próxima al Palacio de Exposiciones y Congresos de A Coruña (Palexco), donde fue abordada por el acusado.. Aprovechó su estado para agredirla. El tribunal considera probado que el hombre observó el estado de la joven —desorientada, con dificultades para mantenerse en pie y con signos evidentes de intoxicación etílica— y decidió aprovechar esa situación de vulnerabilidad.. Según los hechos probados, el acusado la sujetó por la cintura cuando ella intentaba regresar hacia la discoteca y la llevó a un lateral del edificio de Palexco. Allí, cuando la mujer cayó al suelo y apenas podía reaccionar, la penetró vaginalmente aprovechando su incapacidad para oponerse o prestar consentimiento.. Dos personas que pasaban por la zona se percataron de lo que estaba ocurriendo y le llamaron la atención, momento en el que el agresor se apartó.. Pruebas “pétreas” del estado de la víctima. El acusado recurrió la condena alegando que no podía asegurarse que la mujer estuviese ebria porque no se le practicó una prueba toxicológica. El TSXG rechaza de forma tajante ese argumento.. Los magistrados sostienen que las pruebas reunidas —declaraciones de testigos, trabajadores del local, grabaciones de cámaras de seguridad y otros indicios— constituyen una “pétrea acreditación” de que la víctima presentaba una aguda intoxicación etílica que anulaba su capacidad de decisión.. La resolución recuerda que el propio acusado no negó la relación sexual, confirmada además por pruebas genéticas, y concluye que la joven no podía prestar consentimiento debido a la pérdida de conciencia y a la anulación de su capacidad de autodeterminación.. Nueve años de cárcel e indemnización. Con esta decisión, el TSXG confirma íntegramente la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña, que impuso al acusado nueve años de prisión por un delito de violación.. Además, el condenado deberá cumplir nueve años de libertad vigilada tras salir de prisión, no podrá acercarse ni comunicarse con la víctima durante 15 años y tendrá prohibido ejercer profesiones que impliquen contacto habitual con menores durante ese mismo periodo.. La sentencia también establece una indemnización para la víctima de 33.317 euros por los daños sufridos. Los magistrados concluyen que las pruebas acreditan sin lugar a dudas que se trató de una relación sexual sin consentimiento, producida al aprovechar el acusado la extrema vulnerabilidad de la víctima debido a su estado de embriaguez.

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