La Audiencia Provincial de Lugo ha condenado a cinco años de prisión a un profesor de música de un colegio de la ciudad por un delito continuado de agresión sexual cometido sobre una alumna de 9 años. La sentencia concluye que el docente realizó diversos tocamientos de carácter sexual aprovechando su condición de profesor y la relación de confianza que mantenía con la menor, alumna suya desde la etapa de Educación Infantil.. Además de la pena de prisión, el tribunal le impone diez años de inhabilitación para ejercer cualquier profesión, oficio o actividad que implique contacto habitual con menores, seis años de inhabilitación absoluta, la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima durante una década y el pago de una indemnización de 3.000 euros por daños morales. También deberá cumplir una medida de libertad vigilada durante cinco años una vez extinga la pena de cárcel.. Acreditados varios episodios dentro del aula. Los hechos considerados probados se remontan al curso escolar 2023-2024. Según recoge la sentencia, el acusado impartía clases de música una vez por semana a la menor y aprovechó distintas situaciones producidas durante las actividades docentes para realizar tocamientos de naturaleza sexual.. En uno de los episodios, el profesor se situó detrás de la alumna simulando realizarle un masaje y deslizó las manos desde la parte delantera del cuello hasta la zona superior del pecho. En otra ocasión, durante una actividad de baile desarrollada en clase, le tocó las nalgas.. El tribunal también considera acreditado un tercer episodio ocurrido el 22 de mayo de 2024, último día en que el docente impartió clase al grupo. Según la resolución, cuando la niña pidió permiso para ir al baño, el profesor se lo negó y la sentó sobre su regazo. La menor intentó levantarse, pero él la sujetó y la recolocó contra su cuerpo, llegando a presionar con las manos la zona del pubis.. Los magistrados sostienen que estas conductas provocaron en la menor una creciente incomodidad, rechazo a asistir a las clases de música y un importante malestar emocional.. La sala explica en el fallo que no resulta debidamente acreditado que otras cuatro menores sufriesen en el curso escolar 2023/24 “tocamientos por parte del acusado ni que este desplegase sobre las mismas acciones con significación sexual”.. Los magistrados indican que con ello no quieren decir que las menores “falten a la verdad, sino que la prueba resulta insuficiente para el dictado de un pronunciamiento de condena, lo que lleva a aplicar el principio in dubio pro reo”.. La sentencia no es firme, pues es susceptible de recurso de apelación ante el TSXG.
La Audiencia Provincial considera probados varios tocamientos durante las clases de música y lo absuelve de las acusaciones relativas a otras cuatro menores
La Audiencia Provincial de Lugo ha condenado a cinco años de prisión a un profesor de música de un colegio de la ciudad por un delito continuado de agresión sexual cometido sobre una alumna de 9 años. La sentencia concluye que el docente realizó diversos tocamientos de carácter sexual aprovechando su condición de profesor y la relación de confianza que mantenía con la menor, alumna suya desde la etapa de Educación Infantil.. Además de la pena de prisión, el tribunal le impone diez años de inhabilitación para ejercer cualquier profesión, oficio o actividad que implique contacto habitual con menores, seis años de inhabilitación absoluta, la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima durante una década y el pago de una indemnización de 3.000 euros por daños morales. También deberá cumplir una medida de libertad vigilada durante cinco años una vez extinga la pena de cárcel.. Los hechos considerados probados se remontan al curso escolar 2023-2024. Según recoge la sentencia, el acusado impartía clases de música una vez por semana a la menor y aprovechó distintas situaciones producidas durante las actividades docentes para realizar tocamientos de naturaleza sexual.. En uno de los episodios, el profesor se situó detrás de la alumna simulando realizarle un masaje y deslizó las manos desde la parte delantera del cuello hasta la zona superior del pecho. En otra ocasión, durante una actividad de baile desarrollada en clase, le tocó las nalgas.. El tribunal también considera acreditado un tercer episodio ocurrido el 22 de mayo de 2024, último día en que el docente impartió clase al grupo. Según la resolución, cuando la niña pidió permiso para ir al baño, el profesor se lo negó y la sentó sobre su regazo. La menor intentó levantarse, pero él la sujetó y la recolocó contra su cuerpo, llegando a presionar con las manos la zona del pubis.. Los magistrados sostienen que estas conductas provocaron en la menor una creciente incomodidad, rechazo a asistir a las clases de música y un importante malestar emocional.. La sala explica en el fallo que no resulta debidamente acreditado que otras cuatro menores sufriesen en el curso escolar 2023/24 “tocamientos por parte del acusado ni que este desplegase sobre las mismas acciones con significación sexual”.. Los magistrados indican que con ello no quieren decir que las menores “falten a la verdad, sino que la prueba resulta insuficiente para el dictado de un pronunciamiento de condena, lo que lleva a aplicar el principio in dubio pro reo”.. La sentencia no es firme, pues es susceptible de recurso de apelación ante el TSXG.
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