La sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a cuatro años y diez meses de prisión a un hombre por agredir sexualmente a una mujer en el municipio coruñés de Ordes en 2022.. La sentencia, que todavía no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, también impone al acusado el pago de una indemnización de 15.000 euros a la víctima por los daños sufridos.. Según recoge la resolución judicial, los hechos tuvieron lugar durante la noche, después de que el condenado y la joven abandonasen un local de ocio nocturno. Ambos se dirigieron a una zona próxima, donde se produjeron actos de carácter sexual que, según concluye el tribunal, tuvieron lugar sin el consentimiento de la mujer.. La Audiencia considera acreditado que la víctima manifestó de forma clara y reiterada su negativa durante el episodio. Los magistrados sostienen que la prueba practicada durante el juicio resulta suficiente para concluir que existió una agresión sexual y para atribuir la autoría de los hechos al acusado.. En su sentencia, el tribunal otorga especial relevancia a la declaración de la víctima, que califica como objetiva, persistente y creíble. Los jueces destacan además que su relato se encuentra respaldado por los informes forenses incorporados a la causa y por el resto de las pruebas practicadas durante la vista oral.. La resolución rechaza así la versión exculpatoria del procesado y concluye que la carga probatoria existente permite acreditar los hechos más allá de toda duda razonable.. Además de la pena de prisión, la Audiencia Provincial fija una indemnización de 15.000 euros para compensar a la víctima por los perjuicios derivados de la agresión.
La Audiencia de A Coruña considera probado que la víctima expresó de forma reiterada su negativa y le concede una indemnización de 15.000 euros
La sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a cuatro años y diez meses de prisión a un hombre por agredir sexualmente a una mujer en el municipio coruñés de Ordes en 2022.. La sentencia, que todavía no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, también impone al acusado el pago de una indemnización de 15.000 euros a la víctima por los daños sufridos.. Según recoge la resolución judicial, los hechos tuvieron lugar durante la noche, después de que el condenado y la joven abandonasen un local de ocio nocturno. Ambos se dirigieron a una zona próxima, donde se produjeron actos de carácter sexual que, según concluye el tribunal, tuvieron lugar sin el consentimiento de la mujer.. La Audiencia considera acreditado que la víctima manifestó de forma clara y reiterada su negativa durante el episodio. Los magistrados sostienen que la prueba practicada durante el juicio resulta suficiente para concluir que existió una agresión sexual y para atribuir la autoría de los hechos al acusado.. En su sentencia, el tribunal otorga especial relevancia a la declaración de la víctima, que califica como objetiva, persistente y creíble. Los jueces destacan además que su relato se encuentra respaldado por los informes forenses incorporados a la causa y por el resto de las pruebas practicadas durante la vista oral.. La resolución rechaza así la versión exculpatoria del procesado y concluye que la carga probatoria existente permite acreditar los hechos más allá de toda duda razonable.. Además de la pena de prisión, la Audiencia Provincial fija una indemnización de 15.000 euros para compensar a la víctima por los perjuicios derivados de la agresión.
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