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  España  Andalucía  Un joven acepta tres años de prisión por apuñalar al jubilado con el que mantenía relaciones
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Un joven acepta tres años de prisión por apuñalar al jubilado con el que mantenía relaciones

5 de mayo de 2026
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Un joven veinteañero acusado de apuñalar en el costado izquierdo y en su propia vivienda a un varón septuagenario con el que mantenía relaciones sexuales de forma consentida y con el que llegó a convivir hasta un año y medio ha reconocido este martes los hechos y ha aceptado la pena de tres años, siete meses y quince días de prisión, tras un acuerdo alcanzado entre su defensa y la Fiscalía dado que, en principio, enfrentaba una petición fiscal de 14 años de prisión por delitos de robo con violencia en casa habitada, un delito de homicidio en grado de tentativa y un delito continuado de estafa.. De esta forma, durante la jornada y en la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla, ambos han alcanzado un acuerdo de conformidad tras el reconocimiento de los hechos por parte del encausado que ha permitido rebajar la pena en más de diez años, tras apreciar la fiscal que durante la perpetración de los hechos el chico se encontraba bajo los efectos de sustancias estupefacientes y alcohol, por lo que ha aplicado una circunstancia atenuante analógica de drogadicción, además de una atenuante de reparación del daño. Este joven, además, no podrá comunicarse con la víctima durante un periodo de cuatro años.. Según el relato de hechos de la Fiscalía, el encausado, de 21 años de edad, mantenía relaciones sexuales consentidas con la víctima, de 72 años, con el que convivió durante un año y medio hasta noviembre de 2024, aunque entre ambos nunca llegó a existir compromiso o estabilidad.. Así las cosas, detalla el Ministerio Público, en la madrugada del 2 de julio de 2025, sobre las tres de la madrugada, este hombre permitió el acceso a su vivienda al investigado, a pesar de la existencia de una medida cautelar que le prohibía aproximarse y comunicarse con el procesado.. De esta forma, sobre las 8,00 horas y «con la intención de obtener un ilícito beneficio patrimonial», espetó el procesado espetó al varón «¡Dame la paga!», «¡Que me des la paga!», en referencia a su pensión de jubilación.. El afectado, posteriormente y según enmarca el Ministerio Público, contestó que no tenía dinero en casa, por lo que este chico «comenzó a rebuscar por los armarios y cogió un cuchillo de la cocina, separada por un estante del dormitorio en el que se encontraba el hombre sentado en su cama».. Finalmente «y, guiado por el ánimo de acabar con su vida o aceptando que se produjeran todas las consecuencias perjudiciales derivaras del arma empleada, incluso la muerte, le clavó el cuchillo en el costado izquierdo».. Seguidamente y «al ser recriminado por lo su acción, le dio una compresa y le arrebató el móvil», tras lo que se fue del lugar. A causa de la agresión el procesado sufrió un traumatismo abdominal por arma blanca de unos siete centímetros de profundidad.. De esta forma, ahonda el escrito, el procesado «guiado asimismo del ánimo de ilícito beneficio», y aprovechando que conocía el pin bancario y las claves de la cuenta bancaria online de anteriores ocasiones, se sirvió del teléfono de este varón, del que se había apoderado, y realizó compras, retiradas de efectivo en cajeros y transferencias y bizums a terceros por un importe de 1.718 euros, «hasta dejar la cuenta sin saldo». En particular, el 4 de julio realizó una transferencia por importe de 500 euros y otra de 600 euros. La víctima ha reclamado entonces el menoscabo físico sufrido, mientras que tanto el dinero como el teléfono han sido restituidos.. En su escrito de conclusiones provisionales, la Fiscalía expresaba que los hechos eran constitutivos de un delito de robo con violencia en casa habitada, un delito de homicidio en grado de tentativa y un delito continuado de estafa, por los que el responsable respondía en concepto de autor. En este sentido, apreciaba una circunstancia atenuante simple de reparación del daño causado, tras la devolución de pertenencias y dinero retirado.. La fiscal ha elevado sus conclusiones a definitivas, tras modificar las provisionales al apreciar que las capacidades del encausado pudieron verse «mermadas» en el momento de los hechos por encontrarse bajo los efectos de sustancias estupefacientes y alcohol. El tribunal, así y tras pronunciar la sentencia in voce, ha condenado al hombre a tres años, siete meses y quince días de prisión por sendos delitos de robo con violencia en casa habitada, un delito de homicidio en grado de tentativa y un delito continuado de estafa

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El encausado, de 21 años de edad, mantenía relaciones sexuales consentidas con la víctima, de 72 años, con el que convivió durante un año y medio

  

Un joven veinteañero acusado de apuñalar en el costado izquierdo y en su propia vivienda a un varón septuagenario con el que mantenía relaciones sexuales de forma consentida y con el que llegó a convivir hasta un año y medio ha reconocido este martes los hechos y ha aceptado la pena de tres años, siete meses y quince días de prisión, tras un acuerdo alcanzado entre su defensa y la Fiscalía dado que, en principio, enfrentaba una petición fiscal de 14 años de prisión por delitos de robo con violencia en casa habitada, un delito de homicidio en grado de tentativa y un delito continuado de estafa.. De esta forma, durante la jornada y en la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla, ambos han alcanzado un acuerdo de conformidad tras el reconocimiento de los hechos por parte del encausado que ha permitido rebajar la pena en más de diez años, tras apreciar la fiscal que durante la perpetración de los hechos el chico se encontraba bajo los efectos de sustancias estupefacientes y alcohol, por lo que ha aplicado una circunstancia atenuante analógica de drogadicción, además de una atenuante de reparación del daño. Este joven, además, no podrá comunicarse con la víctima durante un periodo de cuatro años.. Según el relato de hechos de la Fiscalía, el encausado, de 21 años de edad, mantenía relaciones sexuales consentidas con la víctima, de 72 años, con el que convivió durante un año y medio hasta noviembre de 2024, aunque entre ambos nunca llegó a existir compromiso o estabilidad.. Así las cosas, detalla el Ministerio Público, en la madrugada del 2 de julio de 2025, sobre las tres de la madrugada, este hombre permitió el acceso a su vivienda al investigado, a pesar de la existencia de una medida cautelar que le prohibía aproximarse y comunicarse con el procesado.. De esta forma, sobre las 8,00 horas y «con la intención de obtener un ilícito beneficio patrimonial», espetó el procesado espetó al varón «¡Dame la paga!», «¡Que me des la paga!», en referencia a su pensión de jubilación.. El afectado, posteriormente y según enmarca el Ministerio Público, contestó que no tenía dinero en casa, por lo que este chico «comenzó a rebuscar por los armarios y cogió un cuchillo de la cocina, separada por un estante del dormitorio en el que se encontraba el hombre sentado en su cama».. Finalmente «y, guiado por el ánimo de acabar con su vida o aceptando que se produjeran todas las consecuencias perjudiciales derivaras del arma empleada, incluso la muerte, le clavó el cuchillo en el costado izquierdo».. Seguidamente y «al ser recriminado por lo su acción, le dio una compresa y le arrebató el móvil», tras lo que se fue del lugar. A causa de la agresión el procesado sufrió un traumatismo abdominal por arma blanca de unos siete centímetros de profundidad.. De esta forma, ahonda el escrito, el procesado «guiado asimismo del ánimo de ilícito beneficio», y aprovechando que conocía el pin bancario y las claves de la cuenta bancaria online de anteriores ocasiones, se sirvió del teléfono de este varón, del que se había apoderado, y realizó compras, retiradas de efectivo en cajeros y transferencias y bizums a terceros por un importe de 1.718 euros, «hasta dejar la cuenta sin saldo». En particular, el 4 de julio realizó una transferencia por importe de 500 euros y otra de 600 euros. La víctima ha reclamado entonces el menoscabo físico sufrido, mientras que tanto el dinero como el teléfono han sido restituidos.. En su escrito de conclusiones provisionales, la Fiscalía expresaba que los hechos eran constitutivos de un delito de robo con violencia en casa habitada, un delito de homicidio en grado de tentativa y un delito continuado de estafa, por los que el responsable respondía en concepto de autor. En este sentido, apreciaba una circunstancia atenuante simple de reparación del daño causado, tras la devolución de pertenencias y dinero retirado.. La fiscal ha elevado sus conclusiones a definitivas, tras modificar las provisionales al apreciar que las capacidades del encausado pudieron verse «mermadas» en el momento de los hechos por encontrarse bajo los efectos de sustancias estupefacientes y alcohol. El tribunal, así y tras pronunciar la sentencia in voce, ha condenado al hombre a tres años, siete meses y quince días de prisión por sendos delitos de robo con violencia en casa habitada, un delito de homicidio en grado de tentativa y un delito continuado de estafa

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