El Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía (CPITIA), que ejerce la acusación popular, ha solicitado el pase a procedimiento abreviado y la consiguiente apertura de juicio oral contra Manuel Huerta, perito que analizó el móvil de Miguel Carcaño en el caso Marta del Castillo, por un presunto delito de intrusismo profesional en su modalidad agravada.. En su escrito, remitido a la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Sevilla, plaza número 7, la acusación considera la instrucción concluida al constatar una «amplia base indiciaria» de que el investigado actuó como perito informático forense careciendo de la titulación académica oficial requerida en el territorio español.. La petición se formaliza tras incorporarse a la causa recientes resoluciones que ratifican el marco judicial de actuación del encausado.. En concreto, una providencia y una diligencia de ordenación dictadas en agosto por el propio juzgado instructor confirmaron, mediante información requerida a la Audiencia Provincial, que Huerta y la mercantil Lazarus Technology intervinieron en la pieza separada 74.65/09 del la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Sevilla, plaza número 4, la cual mantiene la búsqueda del cuerpo de la joven sevillana.. Como elemento probatorio central, el CPITIA, que tiene su sede en Almería, esgrime una demanda civil por intromisión ilegítima al honor que el propio Huerta y su empresa interpusieron en Alcobendas contra la entidad colegial y su decano, Pedro de la Torre.. En dicha demanda, el encausado adjuntó, a fin de defender su labor, el informe tecnológico elaborado para el caso, donde obra el denominado «Anexo 2» firmado digitalmente por él mismo el 5 de diciembre de 2023. Según la acusación, esta documentación certifica irrefutablemente que intervino técnica y legalmente como perito, invalidando su defensa preliminar en la que sostenía haber obrado de manera exclusiva como director ejecutivo de la compañía.. De manera adicional, el escrito procesal incorpora una certificación del Registro Mercantil de Madrid con los estatutos sociales vigentes de Lazarus Technology. El colegio subraya que el artículo dos de esta normativa interna estipula expresamente que, frente a actividades que exijan título oficial o colegiación profesional, la mercantil solo podrá prestarlas a través de personal que ostente «la titulación u ostente la colegiación legalmente requerida».. Para cimentar la acusación, se anexa igualmente un comunicado de prensa de Lazarus que admite de forma abierta que su directivo «no cuenta con una licenciatura universitaria concreta». El texto empresarial justificaba su capacitación apelando a un máster en ciberriesgos, a su participación en casos mediáticos como los de Diana Quer o Wikileaks, y argumentaba que la legislación española no exige una titulación oficial para estas periciales.. El documento detalla también que el magistrado instructor ha desestimado la solicitud de la acusación de citar como investigados a los otros seis técnicos de Lazarus que, según confesó Huerta, elaboraron el dictamen. El juez rechazó ampliar la investigación al considerar la medida como una diligencia «prospectiva».. Ante este escenario procesal, el CPITIA argumenta que procede la apertura de juicio oral por el artículo 403.2 del Código Penal, insistiendo en la «continuidad delictiva» de un acusado que, según reitera el escrito, ejerce ante los tribunales sin poseer ninguno de los títulos de grado o ingeniería técnica que habilitan por ley para la informática forense.
El Colegio de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía sostiene que Manuel Huerta actuó como perito forense sin contar con la titulación oficial exigida
El Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía (CPITIA), que ejerce la acusación popular, ha solicitado el pase a procedimiento abreviado y la consiguiente apertura de juicio oral contra Manuel Huerta, perito que analizó el móvil de Miguel Carcaño en el caso Marta del Castillo, por un presunto delito de intrusismo profesional en su modalidad agravada.. En su escrito, remitido a la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Sevilla, plaza número 7, la acusación considera la instrucción concluida al constatar una «amplia base indiciaria» de que el investigado actuó como perito informático forense careciendo de la titulación académica oficial requerida en el territorio español.. La petición se formaliza tras incorporarse a la causa recientes resoluciones que ratifican el marco judicial de actuación del encausado.. En concreto, una providencia y una diligencia de ordenación dictadas en agosto por el propio juzgado instructor confirmaron, mediante información requerida a la Audiencia Provincial, que Huerta y la mercantil Lazarus Technology intervinieron en la pieza separada 74.65/09 del la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Sevilla, plaza número 4, la cual mantiene la búsqueda del cuerpo de la joven sevillana.. Como elemento probatorio central, el CPITIA, que tiene su sede en Almería, esgrime una demanda civil por intromisión ilegítima al honor que el propio Huerta y su empresa interpusieron en Alcobendas contra la entidad colegial y su decano, Pedro de la Torre.. En dicha demanda, el encausado adjuntó, a fin de defender su labor, el informe tecnológico elaborado para el caso, donde obra el denominado «Anexo 2» firmado digitalmente por él mismo el 5 de diciembre de 2023. Según la acusación, esta documentación certifica irrefutablemente que intervino técnica y legalmente como perito, invalidando su defensa preliminar en la que sostenía haber obrado de manera exclusiva como director ejecutivo de la compañía.. De manera adicional, el escrito procesal incorpora una certificación del Registro Mercantil de Madrid con los estatutos sociales vigentes de Lazarus Technology. El colegio subraya que el artículo dos de esta normativa interna estipula expresamente que, frente a actividades que exijan título oficial o colegiación profesional, la mercantil solo podrá prestarlas a través de personal que ostente «la titulación u ostente la colegiación legalmente requerida».. Para cimentar la acusación, se anexa igualmente un comunicado de prensa de Lazarus que admite de forma abierta que su directivo «no cuenta con una licenciatura universitaria concreta». El texto empresarial justificaba su capacitación apelando a un máster en ciberriesgos, a su participación en casos mediáticos como los de Diana Quer o Wikileaks, y argumentaba que la legislación española no exige una titulación oficial para estas periciales.. El documento detalla también que el magistrado instructor ha desestimado la solicitud de la acusación de citar como investigados a los otros seis técnicos de Lazarus que, según confesó Huerta, elaboraron el dictamen. El juez rechazó ampliar la investigación al considerar la medida como una diligencia «prospectiva».. Ante este escenario procesal, el CPITIA argumenta que procede la apertura de juicio oral por el artículo 403.2 del Código Penal, insistiendo en la «continuidad delictiva» de un acusado que, según reitera el escrito, ejerce ante los tribunales sin poseer ninguno de los títulos de grado o ingeniería técnica que habilitan por ley para la informática forense.
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