La Junta de Andalucía recibe «anualmente numerosas notificaciones catastrales, registrales, liquidaciones de IBI y de tasas municipales sobre bienes inmuebles en los que la Junta de Andalucía figura como titular catastral». El problema es muchas de ellas se corresponden con bienes que no están en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía: se encuentran en una especie de «limbo» jurídico. De hecho, un informe de la Administración andaluza señala que «actualmente constan en Catastro alrededor de 47.000 referencias catastrales cuya titularidad corresponde a la Junta de las cuales solo en torno a 21.000» están en el citado Inventario.. La Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social señala que «en algunos casos estas referencias no constan en el Inventario mencionado, lo que no permite identificar el inmueble como alguno de los dados de alta en este, pero tampoco puede descartarse que sean titularidad de la Junta de Andalucía, ya que la titularidad puede ser consecuencia de traspasos realizados por la Administración General del Estado o de negocios jurídicos antiguos en los que no se identificaba al inmueble por su referencia».. Por ese motivo, «ante esta situación los recibos acaban remitiéndose a las distintas Consejerías o centros gestores, en función de sus competencias y de las características de los inmuebles, para su investigación».. «Esta investigación –prosigue el informe– suele concluir con la indicación de que dicho bien no se encuentra en el Inventario sin que se aclare la titularidad real ni se adopte resolución sobre la procedencia de su baja catastral. Lo que provoca que el bien permanezca a nombre de la Junta de Andalucía en el Catastro, generando nuevos recibos, deudas y recargos que deben ser gestionados por la Dirección General de Patrimonio sin base jurídica cierta y sin regularización de Inventario».. A corto plazo, la solución de la Consejería ha sido recurrir a la empresa, Tecnologías y Servicios Agrarios, S.A., S.M.E., M.P. TRAGSATEC, «como medio propio instrumental y servicio técnico, con el fin de que preste apoyo y asistencia técnica a la Dirección General de Patrimonio, en labores de actualización del Inventario General de Bienes y Derechos de la Junta de Andalucía para llevar a cabo la gestión de los recibos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y las tasas municipales que se giran a nombre de la Junta de Andalucía en relación con los bienes inmuebles de su titularidad».. Para ello no ha esperado a la entrada en vigor de la Ley de Patrimonio de Andalucía, aprobada ayer en el Parlamento andaluz con los votos del PP, la abstención de Vox y los votos en contra del PSOE-A, Por Andalucía y el Grupo Mixto-Adelante Andalucía. El departamento de la consejera Carolina España explica que «se hace imprescindible la tramitación anticipada en este ejercicio sin más demora de este encargo a medio propio, de forma que las actuaciones puedan comenzar a ejecutarse nada más comenzado el año 2026». Para ello, se estima un presupuesto de 450.000 euros.. El encargo a Tragsatec y la nueva regulación aprobada en el Parlamento permitirá acabar con esta anomalía, esperan desde la Administración autonómica. La nueva ley establece una definición más amplia del patrimonio de la comunidad autónoma, en la que se incluyen el conjunto de bienes y derechos de titularidad de la administración de la Junta de Andalucía y de sus agencias.. Además, incluye mecanismos efectivos que «garantizan la conservación y puesta en valor del patrimonio de Andalucía», así como «potencia la eficacia y eficiencia en la gestión especialmente en el ámbito de los edificios administrativos de la Junta, eliminando gasto superfluo e innecesario, y en el del parque móvil de la comunidad, además de establecer un régimen jurídico específico para prolongar la vida útil de bienes muebles obsoletos, priorizando su reutilización y reciclaje».. El texto, aseguran desde la Consejería, «se alinea con los principios de eficacia, eficiencia, economía y racionalidad organizativa, publicidad, transparencia, colaboración, coordinación y control que deben inspirar la regulación en orden a la correcta administración, defensa y conservación del patrimonio».. Hay que reseñar que la anterior Ley del Patrimonio de Andalucía era del año 1986. Desde esa fecha se han aprobado diversas normas que han afectado al régimen patrimonial de la comunidad autónoma, según argumentaba la Junta para justificar la elaboración. Entre las novedades, el texto obliga a publicar un inventario completo de los inmuebles propiedad de la Junta de Andalucía y de sus organismos dependientes y acabar así con el «limbo» actual.
Constan en Catastro alrededor de 47.000 referencias cuya titularidad corresponde a la Administración autonómica, de las cuales solo 21.000 están en el Inventario General de Bienes
La Junta de Andalucía recibe «anualmente numerosas notificaciones catastrales, registrales, liquidaciones de IBI y de tasas municipales sobre bienes inmuebles en los que la Junta de Andalucía figura como titular catastral». El problema es muchas de ellas se corresponden con bienes que no están en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía: se encuentran en una especie de «limbo» jurídico. De hecho, un informe de la Administración andaluza señala que «actualmente constan en Catastro alrededor de 47.000 referencias catastrales cuya titularidad corresponde a la Junta de las cuales solo en torno a 21.000» están en el citado Inventario.. La Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social señala que «en algunos casos estas referencias no constan en el Inventario mencionado, lo que no permite identificar el inmueble como alguno de los dados de alta en este, pero tampoco puede descartarse que sean titularidad de la Junta de Andalucía, ya que la titularidad puede ser consecuencia de traspasos realizados por la Administración General del Estado o de negocios jurídicos antiguos en los que no se identificaba al inmueble por su referencia».. Por ese motivo, «ante esta situación los recibos acaban remitiéndose a las distintas Consejerías o centros gestores, en función de sus competencias y de las características de los inmuebles, para su investigación».. «Esta investigación –prosigue el informe– suele concluir con la indicación de que dicho bien no se encuentra en el Inventario sin que se aclare la titularidad real ni se adopte resolución sobre la procedencia de su baja catastral. Lo que provoca que el bien permanezca a nombre de la Junta de Andalucía en el Catastro, generando nuevos recibos, deudas y recargos que deben ser gestionados por la Dirección General de Patrimonio sin base jurídica cierta y sin regularización de Inventario».. A corto plazo, la solución de la Consejería ha sido recurrir a la empresa, Tecnologías y Servicios Agrarios, S.A., S.M.E., M.P. TRAGSATEC, «como medio propio instrumental y servicio técnico, con el fin de que preste apoyo y asistencia técnica a la Dirección General de Patrimonio, en labores de actualización del Inventario General de Bienes y Derechos de la Junta de Andalucía para llevar a cabo la gestión de los recibos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y las tasas municipales que se giran a nombre de la Junta de Andalucía en relación con los bienes inmuebles de su titularidad».. Para ello no ha esperado a la entrada en vigor de la Ley de Patrimonio de Andalucía, aprobada ayer en el Parlamento andaluz con los votos del PP, la abstención de Vox y los votos en contra del PSOE-A, Por Andalucía y el Grupo Mixto-Adelante Andalucía. El departamento de la consejera Carolina España explica que «se hace imprescindible la tramitación anticipada en este ejercicio sin más demora de este encargo a medio propio, de forma que las actuaciones puedan comenzar a ejecutarse nada más comenzado el año 2026». Para ello, se estima un presupuesto de 450.000 euros.. El encargo a Tragsatec y la nueva regulación aprobada en el Parlamento permitirá acabar con esta anomalía, esperan desde la Administración autonómica. La nueva ley establece una definición más amplia del patrimonio de la comunidad autónoma, en la que se incluyen el conjunto de bienes y derechos de titularidad de la administración de la Junta de Andalucía y de sus agencias.. Además, incluye mecanismos efectivos que «garantizan la conservación y puesta en valor del patrimonio de Andalucía», así como «potencia la eficacia y eficiencia en la gestión especialmente en el ámbito de los edificios administrativos de la Junta, eliminando gasto superfluo e innecesario, y en el del parque móvil de la comunidad, además de establecer un régimen jurídico específico para prolongar la vida útil de bienes muebles obsoletos, priorizando su reutilización y reciclaje».. El texto, aseguran desde la Consejería, «se alinea con los principios de eficacia, eficiencia, economía y racionalidad organizativa, publicidad, transparencia, colaboración, coordinación y control que deben inspirar la regulación en orden a la correcta administración, defensa y conservación del patrimonio».. Hay que reseñar que la anterior Ley del Patrimonio de Andalucía era del año 1986. Desde esa fecha se han aprobado diversas normas que han afectado al régimen patrimonial de la comunidad autónoma, según argumentaba la Junta para justificar la elaboración. Entre las novedades, el texto obliga a publicar un inventario completo de los inmuebles propiedad de la Junta de Andalucía y de sus organismos dependientes y acabar así con el «limbo» actual.
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