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  España  El TSXG avala el despido de un piloto del 061 en Ourense por vuelos con “riesgo extremo” y graves fallos de seguridad
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El TSXG avala el despido de un piloto del 061 en Ourense por vuelos con “riesgo extremo” y graves fallos de seguridad

19 de febrero de 2026
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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha desestimado el recurso presentado por un piloto de helicóptero del 061 destinado en Ourense y ha ratificado la procedencia de su despido por “comportamientos peligrosos” y “graves vulneraciones de la seguridad” en varios vuelos realizados en enero de 2025.. En una sentencia en la que confirma íntegramente el fallo de instancia, el alto tribunal gallego concluye que la decisión empresarial se ajusta a derecho y que la gravedad de los hechos imputados justifica la extinción disciplinaria del contrato. Contra esta resolución aún cabe recurso de casación.. Riesgo para la vida de los ocupantes. El procedimiento se originó tras la demanda presentada por el piloto contra la empresa para la que trabajaba desde el 16 de abril de 2019, con base en el helicóptero del 061 situado en el hospital Santo Cristo de Piñor, en el municipio ourensano de Barbadás.. El Tribunal de Instancia, Sección de lo Social número 1 de Ourense, ya había desestimado su demanda por despido improcedente, declarando la procedencia de la medida al apreciar “la suma gravedad de los hechos imputados”, entre ellos haber “puesto en riesgo la vida de los ocupantes que iban en el helicóptero” y haber “ocultado en los partes de trabajo datos relevantes” que habrían permitido a la empresa conocer lo ocurrido.. Frente a esa sentencia, la defensa del piloto interpuso recurso de suplicación ante el TSXG, que ahora ha sido rechazado. El tribunal autonómico considera que “ningún reproche puede hacerse” a la resolución recurrida, al entender que está correctamente fundamentada y que la calificación de procedencia del despido es “adecuada” con las consecuencias legales inherentes.. Vuelos en condiciones adversas. Los hechos se remontan a los días 8, 9 y 10 de enero de 2025. El 15 de enero, el sistema de seguridad de la empresa recibió una denuncia grave relativa a varios eventos “potencialmente peligrosos para la seguridad” ocurridos durante vuelos pilotados por el recurrente.. La investigación interna posterior constató conductas de “gravedad extrema”, calificadas como “graves vulneraciones de la seguridad en vuelo” y comportamientos imprudentes que ponían en riesgo a tripulantes, a la aeronave y a terceros.. Según recoge la sentencia, el piloto efectuó vuelos en condiciones meteorológicas adversas asumiendo un “excesivo nivel de riesgo”, llegando a realizar hasta tres intentos de aterrizaje en algunos casos y desoyendo las valoraciones del personal médico sobre la peligrosidad de la operación.. Esa situación generó “momentos de tensión” en cabina y un estado de “incertidumbre, ansiedad y nerviosismo” entre los pasajeros médicos, “hasta el punto de pensar que el vuelo podría terminar en un accidente”.. Riesgo de colisión y comunicaciones ininteligibles. Durante los vuelos denunciados se alertó de riesgo de colisión con obstáculos o líneas eléctricas. Además, la recepción de las comunicaciones fue “entrecortada y en ocasiones casi ininteligible”, hasta el punto de que desde la torre de control llegaron a preguntar de forma airada por la ubicación de la aeronave.. La sentencia describe un escenario de preocupación en cabina al no percibir referencias claras al terreno y desconocer las alternativas en caso de no poder aterrizar en la base prevista.. En uno de los vuelos, incluso, no se identificó la presencia de ganado en el lugar de aterrizaje. Una de las pasajeras quedó frente a una vaca que se detuvo a escasos metros, en una escena que ilustra, según los tribunales, la falta de valoración adecuada de los riesgos.. Además, varios miembros del personal médico manifestaron su voluntad de no volver a participar en operaciones de vuelo con el piloto tras los episodios vividos.. A la vista de todos estos elementos, el TSXG concluye que la resolución de instancia “no es merecedora del reproche jurídico” que se le dirigía en el recurso y que procede confirmar el carácter procedente del despido.

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Confirma que puso en peligro a tripulantes y terceros, ocultó datos en los partes y actuó en condiciones meteorológicas adversas pese a las advertencias médicas

  

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha desestimado el recurso presentado por un piloto de helicóptero del 061 destinado en Ourense y ha ratificado la procedencia de su despido por “comportamientos peligrosos” y “graves vulneraciones de la seguridad” en varios vuelos realizados en enero de 2025.. En una sentencia en la que confirma íntegramente el fallo de instancia, el alto tribunal gallego concluye que la decisión empresarial se ajusta a derecho y que la gravedad de los hechos imputados justifica la extinción disciplinaria del contrato. Contra esta resolución aún cabe recurso de casación.. Riesgo para la vida de los ocupantes. El procedimiento se originó tras la demanda presentada por el piloto contra la empresa para la que trabajaba desde el 16 de abril de 2019, con base en el helicóptero del 061 situado en el hospital Santo Cristo de Piñor, en el municipio ourensano de Barbadás.. El Tribunal de Instancia, Sección de lo Social número 1 de Ourense, ya había desestimado su demanda por despido improcedente, declarando la procedencia de la medida al apreciar “la suma gravedad de los hechos imputados”, entre ellos haber “puesto en riesgo la vida de los ocupantes que iban en el helicóptero” y haber “ocultado en los partes de trabajo datos relevantes” que habrían permitido a la empresa conocer lo ocurrido.. Frente a esa sentencia, la defensa del piloto interpuso recurso de suplicación ante el TSXG, que ahora ha sido rechazado. El tribunal autonómico considera que “ningún reproche puede hacerse” a la resolución recurrida, al entender que está correctamente fundamentada y que la calificación de procedencia del despido es “adecuada” con las consecuencias legales inherentes.. Vuelos en condiciones adversas. Los hechos se remontan a los días 8, 9 y 10 de enero de 2025. El 15 de enero, el sistema de seguridad de la empresa recibió una denuncia grave relativa a varios eventos “potencialmente peligrosos para la seguridad” ocurridos durante vuelos pilotados por el recurrente.. La investigación interna posterior constató conductas de “gravedad extrema”, calificadas como “graves vulneraciones de la seguridad en vuelo” y comportamientos imprudentes que ponían en riesgo a tripulantes, a la aeronave y a terceros.. Según recoge la sentencia, el piloto efectuó vuelos en condiciones meteorológicas adversas asumiendo un “excesivo nivel de riesgo”, llegando a realizar hasta tres intentos de aterrizaje en algunos casos y desoyendo las valoraciones del personal médico sobre la peligrosidad de la operación.. Esa situación generó “momentos de tensión” en cabina y un estado de “incertidumbre, ansiedad y nerviosismo” entre los pasajeros médicos, “hasta el punto de pensar que el vuelo podría terminar en un accidente”.. Riesgo de colisión y comunicaciones ininteligibles. Durante los vuelos denunciados se alertó de riesgo de colisión con obstáculos o líneas eléctricas. Además, la recepción de las comunicaciones fue “entrecortada y en ocasiones casi ininteligible”, hasta el punto de que desde la torre de control llegaron a preguntar de forma airada por la ubicación de la aeronave.. La sentencia describe un escenario de preocupación en cabina al no percibir referencias claras al terreno y desconocer las alternativas en caso de no poder aterrizar en la base prevista.. En uno de los vuelos, incluso, no se identificó la presencia de ganado en el lugar de aterrizaje. Una de las pasajeras quedó frente a una vaca que se detuvo a escasos metros, en una escena que ilustra, según los tribunales, la falta de valoración adecuada de los riesgos.. Además, varios miembros del personal médico manifestaron su voluntad de no volver a participar en operaciones de vuelo con el piloto tras los episodios vividos.. A la vista de todos estos elementos, el TSXG concluye que la resolución de instancia “no es merecedora del reproche jurídico” que se le dirigía en el recurso y que procede confirmar el carácter procedente del despido.

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