La Audiencia de Almería ha condenado a dos años de prisión al dueño de un locutorio que incitó a una empleada de 17 años a prostituirse y mantener encuentros sexuales con personas de su entorno a cambio de dinero.. La sentencia, dictada por la Sección Tercera y a la que ha tenido acceso EFE, es firme y condena al acusado por un delito de incitación a la prostitución de menores. La resolución se ha adoptado por conformidad, después de que el procesado aceptara la acusación modificada por la Fiscalía, con el acuerdo de su defensa y de la acusación particular.. La sentencia recoge que la víctima sufrió síntomas de ansiedad y una afectación de su estado emocional y de su vida cotidiana.. Además de la prisión, el tribunal impone una multa de quince meses con una cuota diaria de cinco euros, cinco años de prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de la víctima y de comunicarse con ella, y cinco años de libertad vigilada.. El condenado queda asimismo inhabilitado durante ocho años para ejercer profesiones o actividades que impliquen contacto regular y directo con menores y deberá indemnizar a la víctima con 6.000 euros, además de pagar las costas procesales.. El tribunal ha suspendido el ingreso en prisión durante tres años, condicionado a que no vuelva a delinquir y pague la indemnización a la víctima.
La víctima sufrió síntomas de ansiedad y una afectación de su estado emocional y de su vida cotidiana
La Audiencia de Almería ha condenado a dos años de prisión al dueño de un locutorio que incitó a una empleada de 17 años a prostituirse y mantener encuentros sexuales con personas de su entorno a cambio de dinero.. La sentencia, dictada por la Sección Tercera y a la que ha tenido acceso EFE, es firme y condena al acusado por un delito de incitación a la prostitución de menores. La resolución se ha adoptado por conformidad, después de que el procesado aceptara la acusación modificada por la Fiscalía, con el acuerdo de su defensa y de la acusación particular.. La sentencia recoge que la víctima sufrió síntomas de ansiedad y una afectación de su estado emocional y de su vida cotidiana.. Además de la prisión, el tribunal impone una multa de quince meses con una cuota diaria de cinco euros, cinco años de prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de la víctima y de comunicarse con ella, y cinco años de libertad vigilada.. El condenado queda asimismo inhabilitado durante ocho años para ejercer profesiones o actividades que impliquen contacto regular y directo con menores y deberá indemnizar a la víctima con 6.000 euros, además de pagar las costas procesales.. El tribunal ha suspendido el ingreso en prisión durante tres años, condicionado a que no vuelva a delinquir y pague la indemnización a la víctima.
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