Con la llegada del verano, millones de españoles se alojarán en hoteles, apartamentos turísticos y otros establecimientos durante sus vacaciones. En la mayoría de los casos, uno de los primeros pasos al llegar es presentar el Documento Nacional de Identidad (DNI) para completar el registro de viajeros. Sin embargo, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) recuerda que existen límites a la información que los alojamientos pueden solicitar. El organismo ha aclarado que los establecimientos están obligados a recoger determinados datos para cumplir con el Registro de Viajeros, pero eso no les autoriza a pedir una copia o una fotografía del DNI, una práctica que puede vulnerar la normativa de protección de datos. La AEPD explica qué pueden pedir los hoteles y qué no Según la Agencia Española de Protección de Datos, el Real Decreto 933/2021 obliga a los alojamientos a recoger una serie de datos de sus huéspedes, pero esa obligación no justifica escanear o fotocopiar el documento de identidad. La AEPD recuerda que el DNI contiene información que no resulta necesaria para este trámite, como la fotografía, la fecha de caducidad, el código CAN o incluso el nombre de los progenitores. Tratar esos datos supone un incumplimiento del principio de minimización recogido en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Además, el organismo señala que una simple copia del DNI tampoco garantiza la autenticidad de la identidad del cliente. Por ello, recomienda que los establecimientos recojan los datos mediante formularios y, en caso de que el registro sea presencial, comprueben la identidad realizando únicamente una verificación visual del documento. Si el proceso se hace por internet, aconseja utilizar sistemas como certificados digitales, códigos enviados al teléfono o correo electrónico o la comprobación mediante el método de pago. Un hotel fue sancionado por exigir una fotocopia del DNI La Agencia Española de Protección de Datos ya ha sancionado a un establecimiento por esta práctica. El caso ocurrió en un hotel de Cantabria, donde un cliente se negó a entregar su DNI para que fuera escaneado y fotocopiado durante el check-in. Aunque se ofreció a facilitar todos los datos necesarios para completar el registro, el hotel insistió en quedarse con una copia del documento y terminó cancelando la reserva. El viajero presentó una reclamación ante la AEPD, que concluyó que el establecimiento había realizado un tratamiento excesivo de los datos personales, vulnerando el artículo 5.1.c) del Reglamento General de Protección de Datos, que obliga a tratar únicamente los datos adecuados, pertinentes y necesarios para cada finalidad. La resolución terminó con una multa de 1.500 euros, que quedó reducida a 1.200 euros tras el pago voluntario del establecimiento. La Agencia recuerda, además, que las infracciones más graves relacionadas con la protección de datos pueden acarrear sanciones de hasta 100.000 eur
El organismo ha aclarado que los establecimientos están obligados a recoger determinados datos para cumplir con el Registro de Viajeros, pero no todo vale
Con la llegada del verano, millones de españoles se alojarán en hoteles, apartamentos turísticos y otros establecimientos durante sus vacaciones. En la mayoría de los casos, uno de los primeros pasos al llegar es presentar el Documento Nacional de Identidad (DNI) para completar el registro de viajeros. Sin embargo, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) recuerda que existen límites a la información que los alojamientos pueden solicitar.El organismo ha aclarado que los establecimientos están obligados a recoger determinados datos para cumplir con el Registro de Viajeros, pero eso no les autoriza a pedir una copia o una fotografía del DNI, una práctica que puede vulnerar la normativa de protección de datos.La AEPD explica qué pueden pedir los hoteles y qué noSegún la Agencia Española de Protección de Datos, el Real Decreto 933/2021 obliga a los alojamientos a recoger una serie de datos de sus huéspedes, pero esa obligación no justifica escanear o fotocopiar el documento de identidad.La AEPD recuerda que el DNI contiene información que no resulta necesaria para este trámite, como la fotografía, la fecha de caducidad, el código CAN o incluso el nombre de los progenitores. Tratar esos datos supone un incumplimiento del principio de minimización recogido en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).Además, el organismo señala que una simple copia del DNI tampoco garantiza la autenticidad de la identidad del cliente. Por ello, recomienda que los establecimientos recojan los datos mediante formularios y, en caso de que el registro sea presencial, comprueben la identidad realizando únicamente una verificación visual del documento. Si el proceso se hace por internet, aconseja utilizar sistemas como certificados digitales, códigos enviados al teléfono o correo electrónico o la comprobación mediante el método de pago.Un hotel fue sancionado por exigir una fotocopia del DNILa Agencia Española de Protección de Datos ya ha sancionado a un establecimiento por esta práctica. El caso ocurrió en un hotel de Cantabria, donde un cliente se negó a entregar su DNI para que fuera escaneado y fotocopiado durante el check-in. Aunque se ofreció a facilitar todos los datos necesarios para completar el registro, el hotel insistió en quedarse con una copia del documento y terminó cancelando la reserva.El viajero presentó una reclamación ante la AEPD, que concluyó que el establecimiento había realizado un tratamiento excesivo de los datos personales, vulnerando el artículo 5.1.c) del Reglamento General de Protección de Datos, que obliga a tratar únicamente los datos adecuados, pertinentes y necesarios para cada finalidad.La resolución terminó con una multa de 1.500 euros, que quedó reducida a 1.200 euros tras el pago voluntario del establecimiento. La Agencia recuerda, además, que las infracciones más graves relacionadas con la protección de datos pueden acarrear sanciones de hasta 100.000 euros, depen
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