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  España  Condenado por intentar engañar a un juzgado con documentos falsos para reclamar dinero a su expareja
EspañaGalicia

Condenado por intentar engañar a un juzgado con documentos falsos para reclamar dinero a su expareja

30 de junio de 2026
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La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a nueve meses y un día de prisión a un hombre que intentó reclamar dinero a su expareja en un procedimiento civil aportando documentos falsos al juzgado. El tribunal considera probado que el acusado presentó una demanda con la intención de obtener un beneficio económico mediante el uso de la Administración de Justicia, al incluir como prueba unos documentos de compra y pago que, según la sentencia, nunca respondieron a una operación real. Los hechos se remontan a la ruptura de una relación de pareja, tras la cual surgieron discrepancias sobre una vivienda de la que ambos habían sido copropietarios en la provincia de Lugo. El inmueble había sido objeto de reformas y, después de otro procedimiento judicial, acabó siendo adjudicado al ahora condenado. Posteriormente, el acusado interpuso una demanda de reclamación de cantidad contra su expareja. Entre otros conceptos, reclamaba el pago de un portón de entrada a la vivienda. Para sostener esa petición, presentó una factura proforma fechada en marzo de 2017 y un recibo de pago de septiembre de ese mismo año por valor de 2.449,04 euros. Sin embargo, la Audiencia concluye que esos documentos fueron creados posteriormente, entre 2018 y 2019, y que reflejaban una compra y un pago que no llegaron a producirse. La Sala entiende que el condenado actuó con ánimo de obtener un enriquecimiento ilícito e intentó inducir a error al juzgado que tramitaba la reclamación civil. Por ese motivo, lo condena como autor de un delito de estafa procesal en grado de tentativa. El tribunal subraya que la conducta no llegó a consumarse, por lo que no se produjo el resultado defraudatorio pretendido. Aun así, considera que el acusado desplegó una maniobra suficiente para intentar obtener una resolución favorable en perjuicio de la otra parte, utilizando para ello documentos falsos dentro de un procedimiento judicial. La sentencia impone al condenado, además de la pena de prisión, una multa de cuatro meses y un día con una cuota diaria de diez euros, así como la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. También deberá abonar las costas causadas en el procedimiento civil en el que presentó la reclamación. Absuelto el segundo acusado La Audiencia absuelve al segundo acusado, que había sido investigado por falsedad documental. Según la resolución, este confeccionó y firmó los documentos a petición del condenado, pero no ha quedado acreditado que supiera que iban a ser utilizados en una reclamación judicial. El tribunal también descarta que los documentos tengan la condición penal de documentos mercantiles y considera que no concurren los elementos necesarios para condenarlo por falsedad documental. En concreto, la Sala señala que falta el elemento subjetivo del delito, al entender que el absuelto creyó que los documentos se solicitaban para valorar el portón y no para ser aportados a

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22 de junio de 2026

 

El tribunal concluye que trató de obtener un beneficio económico aportando documentos antedatados que simulaban la compra y el pago de un portón para una vivienda

  

La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a nueve meses y un día de prisión a un hombre que intentó reclamar dinero a su expareja en un procedimiento civil aportando documentos falsos al juzgado.El tribunal considera probado que el acusado presentó una demanda con la intención de obtener un beneficio económico mediante el uso de la Administración de Justicia, al incluir como prueba unos documentos de compra y pago que, según la sentencia, nunca respondieron a una operación real.Los hechos se remontan a la ruptura de una relación de pareja, tras la cual surgieron discrepancias sobre una vivienda de la que ambos habían sido copropietarios en la provincia de Lugo. El inmueble había sido objeto de reformas y, después de otro procedimiento judicial, acabó siendo adjudicado al ahora condenado.Posteriormente, el acusado interpuso una demanda de reclamación de cantidad contra su expareja. Entre otros conceptos, reclamaba el pago de un portón de entrada a la vivienda. Para sostener esa petición, presentó una factura proforma fechada en marzo de 2017 y un recibo de pago de septiembre de ese mismo año por valor de 2.449,04 euros.Sin embargo, la Audiencia concluye que esos documentos fueron creados posteriormente, entre 2018 y 2019, y que reflejaban una compra y un pago que no llegaron a producirse.La Sala entiende que el condenado actuó con ánimo de obtener un enriquecimiento ilícito e intentó inducir a error al juzgado que tramitaba la reclamación civil. Por ese motivo, lo condena como autor de un delito de estafa procesal en grado de tentativa.El tribunal subraya que la conducta no llegó a consumarse, por lo que no se produjo el resultado defraudatorio pretendido. Aun así, considera que el acusado desplegó una maniobra suficiente para intentar obtener una resolución favorable en perjuicio de la otra parte, utilizando para ello documentos falsos dentro de un procedimiento judicial.La sentencia impone al condenado, además de la pena de prisión, una multa de cuatro meses y un día con una cuota diaria de diez euros, así como la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. También deberá abonar las costas causadas en el procedimiento civil en el que presentó la reclamación.La Audiencia absuelve al segundo acusado, que había sido investigado por falsedad documental. Según la resolución, este confeccionó y firmó los documentos a petición del condenado, pero no ha quedado acreditado que supiera que iban a ser utilizados en una reclamación judicial.El tribunal también descarta que los documentos tengan la condición penal de documentos mercantiles y considera que no concurren los elementos necesarios para condenarlo por falsedad documental.En concreto, la Sala señala que falta el elemento subjetivo del delito, al entender que el absuelto creyó que los documentos se solicitaban para valorar el portón y no para ser aportados a un pleito.La sentencia no es firme y p

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