Dos parcelas colindantes de la calle Arnela, en el barrio vigués de Teis, acabaron enfrentando a sus propietarios ante los tribunales. Una mujer trató de impedir que su vecino construyera una vivienda junto a la suya, pese a que él contaba con autorización municipal. La casa de quien presentó el recurso se había levantado sin licencia, según recogen las resoluciones judiciales.. El conflicto comenzó cuando el Ayuntamiento de Vigo concedió al vecino el permiso para una vivienda unifamiliar en octubre de 2024. La propietaria colindante cuestionó la forma en que el edificio se acercaría a su finca. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 rechazó sus argumentos y avaló la licencia.. La controversia no terminó ahí. La mujer llevó el asunto al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que también respaldó la autorización. Para los magistrados, una construcción previa fuera de ordenación no puede reducir lo que permite edificar el planeamiento en la parcela vecina.. Una discusión sobre las medianeras. Según explicó La Voz de Galicia al dar cuenta de la primera resolución, la demandante sostenía que el proyecto dejaba paredes medianeras al descubierto. En esa zona, la ordenanza busca que las viviendas formen una hilera continua. La ubicación prevista para la nueva casa era, por tanto, el centro de la discusión urbanística.. La mujer también alegó que faltaba un acuerdo de arrimo inscrito en el Registro de la Propiedad. El juzgado distinguió entre apoyar una construcción en una pared ajena y levantarla dentro de la propia parcela, adosada al lindero. El proyecto planteaba esta segunda opción, por lo que rechazó que hiciera falta el consentimiento de la vecina.. El Ayuntamiento y el promotor defendieron que la licencia de obra respetaba la ordenanza. El juzgado les dio la razón al examinar las alineaciones y los retranqueos exigidos para la zona. Obligar al proyecto a adaptarse a la casa existente habría supuesto, según el fallo, apartarlo de esas reglas.. El recurso llegó al tribunal gallego. La vivienda y varios anexos de la recurrente se habían levantado sin licencia y están fuera de ordenación, de acuerdo con la información publicada después por Informativos Telecinco. Esa situación fue relevante para el TSXG: las irregularidades de una finca no limitan automáticamente los derechos urbanísticos de la propiedad de al lado.. El tribunal volvió a rechazar que la ausencia de un acuerdo con esta vecina invalidase el permiso. También descartó que la nueva edificación debiera seguir las líneas de una casa que no se ajusta al planeamiento. El proyecto autorizado ocupa la parcela del promotor y fue examinado conforme a sus propias condiciones urbanísticas.. El promotor presentó su solicitud en noviembre de 2023 y reformó el proyecto en febrero del año siguiente, antes de obtener el permiso municipal. Según la información publicada en octubre, la nueva vivienda tiene una superficie proyectada de 361,45 metros cuadrados y contempla un garaje auxiliar.. Cuando se difundió la resolución del TSXG, la nueva vivienda ya estaba en obras. El tribunal impuso además 1.000 euros en costas a la recurrente. El vecino pudo continuar la construcción autorizada mientras la casa que motivó la impugnación permanecía junto a su parcela.
La propietaria cuestionó el permiso municipal para edificar en la parcela contigua por la posición de las medianeras. El juzgado y después el TSXG avalaron el proyecto de su vecino
Dos parcelas colindantes de la calle Arnela, en el barrio vigués de Teis, acabaron enfrentando a sus propietarios ante los tribunales. Una mujer trató de impedir que su vecino construyera una vivienda junto a la suya, pese a que él contaba con autorización municipal. La casa de quien presentó el recurso se había levantado sin licencia, según recogen las resoluciones judiciales.. El conflicto comenzó cuando el Ayuntamiento de Vigo concedió al vecino el permiso para una vivienda unifamiliar en octubre de 2024. La propietaria colindante cuestionó la forma en que el edificio se acercaría a su finca. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 rechazó sus argumentos y avaló la licencia.. La controversia no terminó ahí. La mujer llevó el asunto al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que también respaldó la autorización. Para los magistrados, una construcción previa fuera de ordenación no puede reducir lo que permite edificar el planeamiento en la parcela vecina.. Una discusión sobre las medianeras. Según explicó La Voz de Galicia al dar cuenta de la primera resolución, la demandante sostenía que el proyecto dejaba paredes medianeras al descubierto. En esa zona, la ordenanza busca que las viviendas formen una hilera continua. La ubicación prevista para la nueva casa era, por tanto, el centro de la discusión urbanística.. La mujer también alegó que faltaba un acuerdo de arrimo inscrito en el Registro de la Propiedad. El juzgado distinguió entre apoyar una construcción en una pared ajena y levantarla dentro de la propia parcela, adosada al lindero. El proyecto planteaba esta segunda opción, por lo que rechazó que hiciera falta el consentimiento de la vecina.. El Ayuntamiento y el promotor defendieron que la licencia de obra respetaba la ordenanza. El juzgado les dio la razón al examinar las alineaciones y los retranqueos exigidos para la zona. Obligar al proyecto a adaptarse a la casa existente habría supuesto, según el fallo, apartarlo de esas reglas.. El recurso llegó al tribunal gallego. La vivienda y varios anexos de la recurrente se habían levantado sin licencia y están fuera de ordenación, de acuerdo con la información publicada después por Informativos Telecinco. Esa situación fue relevante para el TSXG: las irregularidades de una finca no limitan automáticamente los derechos urbanísticos de la propiedad de al lado.. El tribunal volvió a rechazar que la ausencia de un acuerdo con esta vecina invalidase el permiso. También descartó que la nueva edificación debiera seguir las líneas de una casa que no se ajusta al planeamiento. El proyecto autorizado ocupa la parcela del promotor y fue examinado conforme a sus propias condiciones urbanísticas.. El promotor presentó su solicitud en noviembre de 2023 y reformó el proyecto en febrero del año siguiente, antes de obtener el permiso municipal. Según la información publicada en octubre, la nueva vivienda tiene una superficie proyectada de 361,45 metros cuadrados y contempla un garaje auxiliar.. Cuando se difundió la resolución del TSXG, la nueva vivienda ya estaba en obras. El tribunal impuso además 1.000 euros en costas a la recurrente. El vecino pudo continuar la construcción autorizada mientras la casa que motivó la impugnación permanecía junto a su parcela.
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