El magistrado del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra ha dictado una sentencia pionera en Galicia, ordenando a la Xunta de Galicia a compensar con 44.713 euros a un docente interino por su cese tras tres décadas de servicio.. El fallo considera probado que el docente prestó servicios para la Consellería de Educación de manera ininterrumpida, a través de nombramientos temporales consecutivos, hasta su destitución el 31 de agosto de 2023, cuando no logró obtener una plaza en un procedimiento de estabilización convocado por la administración autonómica.. El juez basa su decisión en el artículo 2.6 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, que establece medidas para reducir la temporalidad en el empleo público y permite al demandante recibir una indemnización equivalente a 20 días de salario por cada año de servicio, con un límite de 12 meses.. Esta normativa, señala el magistrado, garantiza a los trabajadores interinos una compensación en caso de cese, incluso si su relación laboral fue técnicamente legítima.. El magistrado subraya en el fallo que, aunque el cese del docente fue legal y el trabajador fue nuevamente contratado como interino para el curso 2024-2025, la compensación es un derecho claro establecido por la ley, de aplicación obligatoria tanto para las administraciones públicas como para los órganos judiciales. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante un tribunal superior.. Este fallo abre un precedente en Galicia y podría influir en futuras demandas de compensación por ceses de trabajadores interinos en la administración pública gallega y nacional, en el contexto de una creciente atención a la estabilidad laboral de los empleados temporales.
Aunque el cese fue legal y el profesor, que no superó el procedimiento de estabilización de la plaza, fue contratado de nuevo, el tribunal fija una compensación de 44.713 euros
El magistrado del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra ha dictado una sentencia pionera en Galicia, ordenando a la Xunta de Galicia a compensar con 44.713 euros a un docente interino por su cese tras tres décadas de servicio.. El fallo considera probado que el docente prestó servicios para la Consellería de Educación de manera ininterrumpida, a través de nombramientos temporales consecutivos, hasta su destitución el 31 de agosto de 2023, cuando no logró obtener una plaza en un procedimiento de estabilización convocado por la administración autonómica.. El juez basa su decisión en el artículo 2.6 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, que establece medidas para reducir la temporalidad en el empleo público y permite al demandante recibir una indemnización equivalente a 20 días de salario por cada año de servicio, con un límite de 12 meses.. Esta normativa, señala el magistrado, garantiza a los trabajadores interinos una compensación en caso de cese, incluso si su relación laboral fue técnicamente legítima.. El magistrado subraya en el fallo que, aunque el cese del docente fue legal y el trabajador fue nuevamente contratado como interino para el curso 2024-2025, la compensación es un derecho claro establecido por la ley, de aplicación obligatoria tanto para las administraciones públicas como para los órganos judiciales. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante un tribunal superior.. Este fallo abre un precedente en Galicia y podría influir en futuras demandas de compensación por ceses de trabajadores interinos en la administración pública gallega y nacional, en el contexto de una creciente atención a la estabilidad laboral de los empleados temporales.
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