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  España  Cataluña  Revés judicial a los taxis en Barcelona: anulan la obligación de contratar VTC con una hora de antelación
CataluñaEspaña

Revés judicial a los taxis en Barcelona: anulan la obligación de contratar VTC con una hora de antelación

13 de enero de 2026
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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha anulado varios puntos del reglamento de 2019 que limitaba la actividad de los vehículos de transporte con conductor (VTC) en el área metropolitana de Barcelona, entre ellos la obligación de contratarlos con una hora de antelación, según la resolución consultada por Europa Press.. La resolución, avanzada este lunes por ‘La Vanguardia’, estima parcialmente el recurso de la Autoritat Catalana de la Competència (ACCO) contra varios preceptos de la normativa metropolitana, principalmente el artículo 11, que obligaba a los usuarios a contratar los servicios de VTC con una antelación mínima de 60 minutos antes y que considera «excesivo».. El tribunal fundamenta su decisión en que este periodo de precontratación es contrario al derecho a la libertad de empresa (artículo 38 de la Constitución), considerándolo un «impedimento práctico» para el ejercicio de la actividad y un factor capaz de desanimar al usuario para que utilice este servicio.. Asimismo, ha enumerado otras sentencias previas por casos similares del Tribunal Supremo y del Constitucional que ya tumbaron plazos similares de 30 minutos en otras comunidades autónomas, como las Islas Baleares y el País Vasco.. Por el contrario, la sentencia desestima las pretensiones de la ACCO respecto al artículo 9, avalando que los VTC no puedan circular por las vías públicas en busca de clientes ni captar viajeros que no hayan contratado previamente el servicio al considerarlo una «traslación directa» de la normativa estatal y autonómica.

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El TSCJ ha derogado varias disposiciones del reglamento de 2019 que restringía las operaciones de VTC en Barcelona.

  

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha anulado varios puntos del reglamento de 2019 que limitaba la actividad de los vehículos de transporte con conductor (VTC) en el área metropolitana de Barcelona, entre ellos la obligación de contratarlos con una hora de antelación, según la resolución consultada por Europa Press.. La resolución, avanzada este lunes por ‘La Vanguardia’, estima parcialmente el recurso de la Autoritat Catalana de la Competència (ACCO) contra varios preceptos de la normativa metropolitana, principalmente el artículo 11, que obligaba a los usuarios a contratar los servicios de VTC con una antelación mínima de 60 minutos antes y que considera «excesivo».. El tribunal fundamenta su decisión en que este periodo de precontratación es contrario al derecho a la libertad de empresa (artículo 38 de la Constitución), considerándolo un «impedimento práctico» para el ejercicio de la actividad y un factor capaz de desanimar al usuario para que utilice este servicio.. Asimismo, ha enumerado otras sentencias previas por casos similares del Tribunal Supremo y del Constitucional que ya tumbaron plazos similares de 30 minutos en otras comunidades autónomas, como las Islas Baleares y el País Vasco.. Por el contrario, la sentencia desestima las pretensiones de la ACCO respecto al artículo 9, avalando que los VTC no puedan circular por las vías públicas en busca de clientes ni captar viajeros que no hayan contratado previamente el servicio al considerarlo una «traslación directa» de la normativa estatal y autonómica.

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