El Gobierno de Castilla y León ha publicado el primer documento en el que se establecen las nuevas regulaciones que se han previsto para la próxima temporada de pesca en 2025 en lo que se refiere a la captura de especies en Castilla y León.. Un borrador que los delegados territoriales de la Junta de cada provincia está dando a conocer a los implicados en el Consejo Interterritorial de Pesca de cada provincia para escuchar a todas las partes también y poder mejorar el texto final.. De momento, el documento aprobado por la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio prevé permitir la pesca en aguas trucheras a partir del tercer sábado de marzo en Ávila, Salamanca, Segovia y Valladolid, y desde el último sábado de marzo en Burgos, León, Palencia, Soria y Zamora, extendiéndose hasta el 31 de julio.. En el caso de las aguas no trucheras de acceso libre, la pesca será permitida todos los días del año, mientras que en los cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales y aguas en régimen especial, los pescadores deberán seguir las normas del plan de pesca correspondiente.. La propuesta de la nueva Orden, que a partir de ahora no tendrá carácter anual, recoge algunas novedades, como los cambios en las tallas establecidas para las especies en las aguas de acceso libre y a los cupos de captura en el caso de barbos, bogas, bordallo, cacho, madrilla, gobio, y tenca.. Entre el 1 de mayo y el 15 de julio, se establece un cupo cero para la captura de estas especies con el objetivo de asegurar su sostenibilidad. El resto del año, se aplicarán cupos y tallas acordes con su estado biológico.. Por otro lado, se mantienen las especies pescables, que son un total de 14, destacando entre ellas, la trucha común, especie declarada de interés preferente por su importancia ecológica y deportiva y cuyo aprovechamiento piscícola mantiene un gran arraigo, sobre todo en la provincia de Valladolid, mayormente en los ríos Cea y Esgueva. Otras especies pescables de gran interés son los barbos, la tenca, las bogas, el bordallo, el piscardo y el carpín.. El límite para estos peces será de dos ejemplares por pescador y día en aguas de acceso libre. Del 1 de mayo al 15 de julio, el cupo será de cero ejemplares. Además, el piscardo solo tiene restricción en la cuenca del Ebro (dos unidades), mientras que el carpín no tiene ninguna limitación.. Para la trucha común se establece un cupo de cero ejemplares, salvo en los cotos de pesca y aguas en régimen especial. En el caso del hucho o salmón del Danubio, en las aguas trucheras de Salamanca no habrá limitaciones de captura.. Respecto a las especies exóticas, como en anteriores ocasiones, no se establecen cupos ni talla mínima para facilitar su control, salvo para la trucha arcoíris en cotos de pesca. La devolución al agua de ejemplares de especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras está prohibida, exceptuando en algunos casos la carpa y el black-bass.. En cuanto a la gestión y control de especies exóticas invasoras a través de la pesca no presenta variaciones y se propone, como en años anteriores, que la pesca de la carpa y del black-bass quede permitida en todas sus modalidades en las masas de agua incluidas en la Orden FYM/339/2019, por la que se aprueba la delimitación cartográfica del área ocupada por dichas especies.. Respecto al resto de ejemplares de especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras que pudieran ser capturados durante la acción de pesca la Orden contempla que no podrán devolverse al agua. En este sentido, no se establece talla ni cupo de captura para dichas especies exóticas invasoras.. Asimismo, el periodo para la captura del cangrejo rojo y del cangrejo señal comenzará el 1 de junio y se extenderá hasta el 31 de diciembre en las masas de agua delimitadas mediante la Orden FYM/339/2019, de 27 de marzo, salvo en los refugios de pesca declarados en la orden de declaración de planes de pesca.. Licencia de pesca. Por otro lado , cabe señalar que la licencia de pesca es de carácter gratuito y de vigencia 5 años, debe obtenerse a través de internet (www.jcyl.es) o bien, si existen dificultades, pueden llamar al teléfono del Servicio de Atención al Ciudadano (012) donde le asistirán sobre los pasos a seguir. Además, siempre se deberá llevar una copia de la licencia de pesca por si es requerida por las autoridades competentes. En el caso de los permisos y pases de control bastará con el SMS correspondiente a cada autorización en el teléfono móvil. No obstante, toda la información relativa a la pesca se encuentra siempre disponible en la página web de la Junta de Castilla y León y en el portal de pesca (www.pescacastillayleon.es).
La actividad en aguas trucheras se permitirá a partir del tercer sábado de marzo y se prolongará hasta el 31 de julio
El Gobierno de Castilla y León ha publicado el primer documento en el que se establecen las nuevas regulaciones que se han previsto para la próxima temporada de pesca en 2025 en lo que se refiere a la captura de especies en Castilla y León.. Un borrador que los delegados territoriales de la Junta de cada provincia está dando a conocer a los implicados en el Consejo Interterritorial de Pesca de cada provincia para escuchar a todas las partes también y poder mejorar el texto final.. De momento, el documento aprobado por la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio prevé permitir la pesca en aguas trucheras a partir del tercer sábado de marzo en Ávila, Salamanca, Segovia y Valladolid, y desde el último sábado de marzo en Burgos, León, Palencia, Soria y Zamora, extendiéndose hasta el 31 de julio.. En el caso de las aguas no trucheras de acceso libre, la pesca será permitida todos los días del año, mientras que en los cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales y aguas en régimen especial, los pescadores deberán seguir las normas del plan de pesca correspondiente.. La propuesta de la nueva Orden, que a partir de ahora no tendrá carácter anual, recoge algunas novedades, como los cambios en las tallas establecidas para las especies en las aguas de acceso libre y a los cupos de captura en el caso de barbos, bogas, bordallo, cacho, madrilla, gobio, y tenca.. Entre el 1 de mayo y el 15 de julio, se establece un cupo cero para la captura de estas especies con el objetivo de asegurar su sostenibilidad. El resto del año, se aplicarán cupos y tallas acordes con su estado biológico.. Por otro lado, se mantienen las especies pescables, que son un total de 14, destacando entre ellas, la trucha común, especie declarada de interés preferente por su importancia ecológica y deportiva y cuyo aprovechamiento piscícola mantiene un gran arraigo, sobre todo en la provincia de Valladolid, mayormente en los ríos Cea y Esgueva. Otras especies pescables de gran interés son los barbos, la tenca, las bogas, el bordallo, el piscardo y el carpín.. El límite para estos peces será de dos ejemplares por pescador y día en aguas de acceso libre. Del 1 de mayo al 15 de julio, el cupo será de cero ejemplares. Además, el piscardo solo tiene restricción en la cuenca del Ebro (dos unidades), mientras que el carpín no tiene ninguna limitación.. Para la trucha común se establece un cupo de cero ejemplares, salvo en los cotos de pesca y aguas en régimen especial. En el caso del hucho o salmón del Danubio, en las aguas trucheras de Salamanca no habrá limitaciones de captura.. Respecto a las especies exóticas, como en anteriores ocasiones, no se establecen cupos ni talla mínima para facilitar su control, salvo para la trucha arcoíris en cotos de pesca. La devolución al agua de ejemplares de especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras está prohibida, exceptuando en algunos casos la carpa y el black-bass.. En cuanto a la gestión y control de especies exóticas invasoras a través de la pesca no presenta variaciones y se propone, como en años anteriores, que la pesca de la carpa y del black-bass quede permitida en todas sus modalidades en las masas de agua incluidas en la Orden FYM/339/2019, por la que se aprueba la delimitación cartográfica del área ocupada por dichas especies.. Respecto al resto de ejemplares de especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras que pudieran ser capturados durante la acción de pesca la Orden contempla que no podrán devolverse al agua. En este sentido, no se establece talla ni cupo de captura para dichas especies exóticas invasoras.. Asimismo, el periodo para la captura del cangrejo rojo y del cangrejo señal comenzará el 1 de junio y se extenderá hasta el 31 de diciembre en las masas de agua delimitadas mediante la Orden FYM/339/2019, de 27 de marzo, salvo en los refugios de pesca declarados en la orden de declaración de planes de pesca.. Licencia de pesca. Por otro lado , cabe señalar que la licencia de pesca es de carácter gratuito y de vigencia 5 años, debe obtenerse a través de internet (www.jcyl.es) o bien, si existen dificultades, pueden llamar al teléfono del Servicio de Atención al Ciudadano (012) donde le asistirán sobre los pasos a seguir. Además, siempre se deberá llevar una copia de la licencia de pesca por si es requerida por las autoridades competentes. En el caso de los permisos y pases de control bastará con el SMS correspondiente a cada autorización en el teléfono móvil. No obstante, toda la información relativa a la pesca se encuentra siempre disponible en la página web de la Junta de Castilla y León y en el portal de pesca (www.pescacastillayleon.es).
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