El Juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña ha condenado al pago de una multa de 2.100 euros y a tres años de inhabilitación para mariscar a un hombre que fue sorprendido con 227 kilos de erizos recién extraídos en la playa de O Pedrido, en el municipio coruñés de Bergondo, sin disponer de autorización para su explotación. La sentencia, fechada el 10 de noviembre y recurrible ante la Audiencia Provincial, considera probada su participación en un delito de marisqueo ilegal contra los recursos naturales y el medio ambiente.. Según el fallo, el acusado colaboró con una persona no identificada en la extracción del marisco “contraviniendo las más elementales normas reguladoras de la actividad”. Los hechos ocurrieron a las 19.45 horas del 26 de abril de 2023, cuando una planeadora se aproximó a la costa y el condenado condujo su vehículo tipo pick-up hasta la rampa de acceso al mar para cargar en la parte trasera seis salabardos y cinco capachos de plástico llenos de erizos de mar aún vivos.. Pocos minutos después, el vehículo fue interceptado por agentes de la Guardia Civil en la carretera de acceso a la playa, que incautaron los 227 kilos de erizos y ordenaron su siembra inmediata en la zona de Carboeira, en el municipio de Miño, para evitar su muerte. El valor de la mercancía habría alcanzado en el mercado los 2.560 euros.. El juez subraya en su resolución que el condenado carecía de permiso alguno para la explotación de erizos. Aunque era armador de una embarcación, esta no contaba con autorización para la extracción de esta especie, limitada a solo cinco barcos en la zona. El plan conjunto de las cofradías de A Coruña y Barallobre establece, además, un tope máximo de 80 kilos diarios por buceador enrolado en una embarcación con licencia, cifra que casi se triplica en este caso.. En el fallo, el magistrado destaca el grave daño causado a los recursos marisqueros y recuerda que el erizo de mar es una especie sometida a control por su carácter restrictivo. Su captura sin trazabilidad, añade, “pone en riesgo la estabilidad, el mantenimiento y la correcta gestión del recurso”.. El tribunal impone la sanción en el tramo superior de la pena prevista en el Código Penal por la elevada cantidad de producto aprehendido y la coordinación entre el acusado y sus colaboradores para realizar la descarga y transporte del marisco. La resolución también contempla la prohibición de tenencia y porte de armas durante tres años y el pago de las costas procesales.. La sentencia advierte de que este tipo de prácticas “esquilman los recursos marisqueros y repercuten directamente en la sostenibilidad de las especies y en el equilibrio ambiental de las rías gallegas”.
El juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña lo condena además a tres años de inhabilitación para mariscar por esquilmar los recursos naturales
El Juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña ha condenado al pago de una multa de 2.100 euros y a tres años de inhabilitación para mariscar a un hombre que fue sorprendido con 227 kilos de erizos recién extraídos en la playa de O Pedrido, en el municipio coruñés de Bergondo, sin disponer de autorización para su explotación. La sentencia, fechada el 10 de noviembre y recurrible ante la Audiencia Provincial, considera probada su participación en un delito de marisqueo ilegal contra los recursos naturales y el medio ambiente.. Según el fallo, el acusado colaboró con una persona no identificada en la extracción del marisco “contraviniendo las más elementales normas reguladoras de la actividad”. Los hechos ocurrieron a las 19.45 horas del 26 de abril de 2023, cuando una planeadora se aproximó a la costa y el condenado condujo su vehículo tipo pick-up hasta la rampa de acceso al mar para cargar en la parte trasera seis salabardos y cinco capachos de plástico llenos de erizos de mar aún vivos.. Pocos minutos después, el vehículo fue interceptado por agentes de la Guardia Civil en la carretera de acceso a la playa, que incautaron los 227 kilos de erizos y ordenaron su siembra inmediata en la zona de Carboeira, en el municipio de Miño, para evitar su muerte. El valor de la mercancía habría alcanzado en el mercado los 2.560 euros.. El juez subraya en su resolución que el condenado carecía de permiso alguno para la explotación de erizos. Aunque era armador de una embarcación, esta no contaba con autorización para la extracción de esta especie, limitada a solo cinco barcos en la zona. El plan conjunto de las cofradías de A Coruña y Barallobre establece, además, un tope máximo de 80 kilos diarios por buceador enrolado en una embarcación con licencia, cifra que casi se triplica en este caso.. En el fallo, el magistrado destaca el grave daño causado a los recursos marisqueros y recuerda que el erizo de mar es una especie sometida a control por su carácter restrictivo. Su captura sin trazabilidad, añade, “pone en riesgo la estabilidad, el mantenimiento y la correcta gestión del recurso”.. El tribunal impone la sanción en el tramo superior de la pena prevista en el Código Penal por la elevada cantidad de producto aprehendido y la coordinación entre el acusado y sus colaboradores para realizar la descarga y transporte del marisco. La resolución también contempla la prohibición de tenencia y porte de armas durante tres años y el pago de las costas procesales.. La sentencia advierte de que este tipo de prácticas “esquilman los recursos marisqueros y repercuten directamente en la sostenibilidad de las especies y en el equilibrio ambiental de las rías gallegas”.
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