En el programa de La 2 Zero Dramas, donde Loles León y sus invitados tratan todo tipo de temas con humor y espontaneidad, muchos relacionados con las relaciones o el sexo, la exalcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, dejó a todos sin palabras al revelar dos artículos del Código Civil español que hablan de rupturas sentimentales.. El tema que se trataba es la recién instaurara «tarifa de ruptura» en China, una norma por la que una persona puede tener que pagar una compensación económica a su pareja si decide romper una relación.. A todos los contertulios les pareció una cosa muy novedosa y bromearon sobre el asunto, hasta que Manuela Carmena, que es abogada, reveló que eso ya existe en España y desde hace tiempo, aunque con matices.. «En el Código Civil actual existe la indemnización por la ruptura de la promesa de matrimonio», decía la exalcaldesa, ante el asombro de todos los demás.. «Aunque os parezca mentira, eso funciona y hay sentencias recientes. Son cosas muy antiguas que se venden como nuevas, pero creo que es el artículo 43 y 44 y se llama la indemnización de la frustración de los esponsales», añadía Carmena.. Y es que el artículo 43 establece que, si una persona rompe la promesa de matrimonio sin una causa justificada, no se le puede obligar a celebrar la boda, pero sí puede tener que indemnizar a la otra parte por los gastos ocasionados, como la reserva del restaurante, vestido de novia, señales y anticipos o compras previas. No se indemniza en ningún caso por el posible sufrimiento emocional, la tristeza o el daño moral.
Manuela Carmena revela unos desconocidos artículos del Código Civil que pueden hacer que tu ex de indemnice por haber roto
20MINUTOS.ES – Televisión
En el programa de La 2 Zero Dramas, donde Loles León y sus invitados tratan todo tipo de temas con humor y espontaneidad, muchos relacionados con las relaciones o el sexo, la exalcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, dejó a todos sin palabras al revelar dos artículos del Código Civil español que hablan de rupturas sentimentales.. El tema que se trataba es la recién instaurara «tarifa de ruptura» en China, una norma por la que una persona puede tener que pagar una compensación económica a su pareja si decide romper una relación.. A todos los contertulios les pareció una cosa muy novedosa y bromearon sobre el asunto, hasta que Manuela Carmena, que es abogada, reveló que eso ya existe en España y desde hace tiempo, aunque con matices.. «En el Código Civil actual existe la indemnización por la ruptura de la promesa de matrimonio», decía la exalcaldesa, ante el asombro de todos los demás.. «Aunque os parezca mentira, eso funciona y hay sentencias recientes. Son cosas muy antiguas que se venden como nuevas, pero creo que es el artículo 43 y 44 y se llama la indemnización de la frustración de los esponsales», añadía Carmena.. Y es que el artículo 43 establece que, si una persona rompe la promesa de matrimonio sin una causa justificada, no se le puede obligar a celebrar la boda, pero sí puede tener que indemnizar a la otra parte por los gastos ocasionados, como la reserva del restaurante, vestido de novia, señales y anticipos o compras previas. No se indemniza en ningún caso por el posible sufrimiento emocional, la tristeza o el daño moral.
