Guerra total entre Atlético de Madrid y Barcelona. El bombazo de Julián Álvarez tras confirmar que se quiere marchar de su actual equipo ha activado de nuevo todo el culebrón del verano en el mercado de traspasos. Y su club actual no se va a quedar de brazos cruzados. Al menos así lo ha confirmado Miguel Ángel Gil Marín en declaraciones recogidas por Efe: «Nuestra responsabilidad es defender los intereses del Atlético de Madrid y por eso vamos a presentar una denuncia ante FIFA contra el Barcelona por negociar con un jugador con contrato en vigor durante el periodo protegido», explicó.. El club presentará finalmente una denuncia a FIFA por «mantener contacto con un jugador que tiene un contrato protegido». Un caso parecido al de Antoine Griezmann en 2019 en el que los blaugranas acabaron pagando 15 millones de euros más por el traspaso del francés por esta misma amenaza del conjunto madrileño al asegurar que tenían correos que demostraban los contactos con contrato en vigor.. El Atlético no lo venderá a un rival de LaLiga. El club rojiblanco toma esta decisión después de las declaraciones efectuadas por el delantero al término del encuentro del Mundial 2026 entre Argentina y Austria. En ellas, el atacante señaló que “lo mejor para todos es una transferencia” y quiere “cumplir” su “sueño”.. La cláusula de rescisión de Julián Álvarez es de 500 millones de euros. El ex del Manchester City tiene vinculación hasta 2030. Y la postura del Atlético de Madrid es que si tiene que salir no sea a un rival directo en LaLiga, caso de Barcelona o Real Madrid. El club blanco ya ha confirmado que no pujará por el argentino pero ¿Qué pasa con el FC Barcelona?.. Esta es la sanción que podría caerle según lo estipulado en las normas de la FIFA. El artículo 17 del RETJ establece, como principio general, que tanto el jugador como el club tendrán derecho a la reparación integral del daño en caso de incumplimiento contractual por extinción unilateral del contrato. El importe será siempre, como mínimo, el valor residual del contrato, salvo circunstancias extraordinarias.. A estos efectos, las partes podrán establecer en el contrato la indemnización aplicable en caso de extinción unilateral del mismo. Asimismo, en caso de que se acredite conducta abusiva a la hora de extinguir el contrato, se impondrá al infractor una penalización adicional de hasta seis mensualidades del salario del jugador.. Según el reglamento de la FIFA, cuando un jugador de entre 23 y 28 años firma un contrato, ese período de protección es de tres temporadas completas o tres años, lo que ocurra primero. Julián Álvarez tiene 26 años y llegó al Atlético en el verano de 2024 con contrato hasta el 30 de junio de 2030. Está, por lo tanto, dentro del período protegido establecido por el organismo que rige el fútbol.. El Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores del organismo contempla sanciones concretas para este tipo de situaciones. Si se establece que el nuevo club indujo al jugador a romper su contrato durante el período protegido, la norma es taxativa: «Se impondrá al nuevo club la prohibición de inscribir nuevos jugadores, ya sea a nivel nacional o internacional, por dos períodos de inscripción completos y consecutivos.». La normativa también incluye una presunción automática que complica al Barcelona: si el jugador firma un nuevo contrato dentro de los 45 días posteriores a una ruptura de contrato, se presumirá que el nuevo club lo indujo a romper el vínculo. Esa presunción solo puede ser revertida si el club demuestra ante el Tribunal del Fútbol que no influyó en la decisión del jugador.. Julián Álvarez tampoco quedaría sin consecuencias si decidiera romper el contrato unilateralmente. El reglamento establece una sanción deportiva de cuatro meses sin jugar en partidos oficiales, extensible a seis meses en circunstancias agravantes. Además, el contrato no puede rescindirse unilateralmente durante un período de competición. Si así ocurriera, el club recibiría una indemnización íntegra por los daños causados, calculada en base al valor de los servicios del jugador, el valor de transferencia perdido y los costos de sustitución.
El club rojiblanco ha confirmado que denunciará a los blaugrana para defender los intereses del club
Guerra total entre Atlético de Madrid y Barcelona. El bombazo de Julián Álvarez tras confirmar que se quiere marchar de su actual equipo ha activado de nuevo todo el culebrón del verano en el mercado de traspasos. Y su club actual no se va a quedar de brazos cruzados. Al menos así lo ha confirmado Miguel Ángel Gil Marín en declaraciones recogidas por Efe: «Nuestra responsabilidad es defender los intereses del Atlético de Madrid y por eso vamos a presentar una denuncia ante FIFA contra el Barcelona por negociar con un jugador con contrato en vigor durante el periodo protegido», explicó.. El club presentará finalmente una denuncia a FIFA por «mantener contacto con un jugador que tiene un contrato protegido». Un caso parecido al de Antoine Griezmann en 2019 en el que los blaugranas acabaron pagando 15 millones de euros más por el traspaso del francés por esta misma amenaza del conjunto madrileño al asegurar que tenían correos que demostraban los contactos con contrato en vigor.. El Atlético no lo venderá a un rival de LaLiga. El club rojiblanco toma esta decisión después de las declaraciones efectuadas por el delantero al término del encuentro del Mundial 2026 entre Argentina y Austria. En ellas, el atacante señaló que “lo mejor para todos es una transferencia” y quiere “cumplir” su “sueño”.. La cláusula de rescisión de Julián Álvarez es de 500 millones de euros. El ex del Manchester City tiene vinculación hasta 2030. Y la postura del Atlético de Madrid es que si tiene que salir no sea a un rival directo en LaLiga, caso de Barcelona o Real Madrid. El club blanco ya ha confirmado que no pujará por el argentino pero ¿Qué pasa con el FC Barcelona?.. Esta es la sanción que podría caerle según lo estipulado en las normas de la FIFA. El artículo 17 del RETJ establece, como principio general, que tanto el jugador como el club tendrán derecho a la reparación integral del daño en caso de incumplimiento contractual por extinción unilateral del contrato. El importe será siempre, como mínimo, el valor residual del contrato, salvo circunstancias extraordinarias.. A estos efectos, las partes podrán establecer en el contrato la indemnización aplicable en caso de extinción unilateral del mismo. Asimismo, en caso de que se acredite conducta abusiva a la hora de extinguir el contrato, se impondrá al infractor una penalización adicional de hasta seis mensualidades del salario del jugador.. Según el reglamento de la FIFA, cuando un jugador de entre 23 y 28 años firma un contrato, ese período de protección es de tres temporadas completas o tres años, lo que ocurra primero. Julián Álvarez tiene 26 años y llegó al Atlético en el verano de 2024 con contrato hasta el 30 de junio de 2030. Está, por lo tanto, dentro del período protegido establecido por el organismo que rige el fútbol.. El Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores del organismo contempla sanciones concretas para este tipo de situaciones. Si se establece que el nuevo club indujo al jugador a romper su contrato durante el período protegido, la norma es taxativa: «Se impondrá al nuevo club la prohibición de inscribir nuevos jugadores, ya sea a nivel nacional o internacional, por dos períodos de inscripción completos y consecutivos.». La normativa también incluye una presunción automática que complica al Barcelona: si el jugador firma un nuevo contrato dentro de los 45 días posteriores a una ruptura de contrato, se presumirá que el nuevo club lo indujo a romper el vínculo. Esa presunción solo puede ser revertida si el club demuestra ante el Tribunal del Fútbol que no influyó en la decisión del jugador.. Julián Álvarez tampoco quedaría sin consecuencias si decidiera romper el contrato unilateralmente. El reglamento establece una sanción deportiva de cuatro meses sin jugar en partidos oficiales, extensible a seis meses en circunstancias agravantes. Además, el contrato no puede rescindirse unilateralmente durante un período de competición. Si así ocurriera, el club recibiría una indemnización íntegra por los daños causados, calculada en base al valor de los servicios del jugador, el valor de transferencia perdido y los costos de sustitución.
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