Skip to content
Crónica Actual
  miércoles 7 octubre 2026
  • Titulares
  • Ciencia
    • Tecnología
  • Cultura
    • Libros
    • Música
    • Teatro
    • Arte
  • Televisión y Cine
  • Deportes
    • Fútbol
    • Motor
    • Baloncesto
  • Internacional
  • España
    • Madrid
    • Andalucía
    • Galicia
    • Comunidad de Valencia
    • Castilla La-Mancha
    • Castilla y León
    • Región de Murcia
    • Cataluña
  • Economía
  • Más
    • Gente
    • Sociedad
    • Opinión
Tendencias
5 de octubre de 2026Aznar: «Son las elecciones más importantes desde la Transición» 5 de octubre de 2026Pino reivindica la patata de Castilla y León y llama competir en «igualdad de condiciones» con los productos de fuera de la UE 5 de octubre de 2026Vodafone Group plantea una oferta final sobre el ERE de VOIS para hasta 166 empleados 5 de octubre de 2026La Diputación de Zamora contribuye a la mejora del edificio municipal de San Esteban del Molar con una inversión total de 30.000 euros 5 de octubre de 2026Una investigación vinculada al Consejo Real de Castilla se alza con el prestigioso Sinodal de Aguilafuente 5 de octubre de 2026Un joven de 27 años juega 10 euros en un sorteo y le toca una casa en Málaga: «No entendía nada, pensé que era mentira» 5 de octubre de 2026García Carbayo nombra huéspedes distinguidos a los autores Rafael Courtoisie y José Pulido, participantes en el XXIX Encuentro de Poetas Iberoamericanos 5 de octubre de 2026El programa EsCultura de Ponferrada estrena formato digital interactivo y presenta una programación completa para el próximo trimestre 5 de octubre de 2026No solo los Presupuestos: la agenda económica que se cae con el adelanto electoral 5 de octubre de 2026Los Mossos buscan a un menor de 12 años desaparecido en Granollers
Crónica Actual
Crónica Actual
  • Titulares
  • Ciencia
    • Tecnología
  • Cultura
    • Libros
    • Música
    • Teatro
    • Arte
  • Televisión y Cine
  • Deportes
    • Fútbol
    • Motor
    • Baloncesto
  • Internacional
  • España
    • Madrid
    • Andalucía
    • Galicia
    • Comunidad de Valencia
    • Castilla La-Mancha
    • Castilla y León
    • Región de Murcia
    • Cataluña
  • Economía
  • Más
    • Gente
    • Sociedad
    • Opinión
Crónica Actual
  España  El TSJMU confirma ocho años de cárcel por agredir a un hombre tras insultarlo por su orientación sexual
EspañaRegión de Murcia

El TSJMU confirma ocho años de cárcel por agredir a un hombre tras insultarlo por su orientación sexual

5 de octubre de 2026
FacebookX TwitterPinterestLinkedInTumblrRedditVKWhatsAppEmail

El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) ha confirmado la condena a ocho años de prisión impuesta a un hombre por un delito de lesiones tras agredir a otro en un bar después de dirigirle insultos relativos a su orientación sexual y propinarle un puñetazo en el ojo y varias patadas.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJMU ha desestimado íntegramente el recurso presentado por el acusado contra la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia, que además de la pena de prisión le condenó a indemnizar a la víctima con 60.707,95 euros por las lesiones y secuelas y al Servicio Murciano de Salud con 7.106,38 euros por los gastos sanitarios ocasionados.

Los hechos se produjeron en junio de 2020. Según el relato declarado probado, el acusado comenzó a dirigirse a la víctima con expresiones como «maricón» y «maricón de mierda» y, posteriormente, le propinó un puñetazo en el ojo derecho, en el que llevaba implantada una lente intraocular tras una operación de cataratas. El impacto provocó que la lente se clavara contra el propio ojo, según ha informado el TSJMU.

Tras caer al suelo, el acusado continuó propinándole patadas en las costillas y el cuello hasta que otras personas presentes intervinieron. Como consecuencia de la agresión, la víctima sufrió graves lesiones oculares que precisaron tratamiento médico y quirúrgico y tardaron 179 días en curar. Como secuela, la sentencia recoge una visión «prácticamente nula» en el ojo afectado.

El TSJMU rechaza los distintos motivos planteados por la defensa, entre ellos la vulneración del derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes, de la presunción de inocencia y del principio acusatorio, además de los relativos a la valoración de la prueba, la relación de causalidad de las lesiones, su calificación jurídica y la aplicación de atenuantes.

Sobre la prueba de cargo, la Sala ratifica la valoración realizada por la Audiencia y recuerda que la declaración de la víctima puede constituir prueba suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia. En este caso, destaca también la existencia de elementos de corroboración, entre ellos la presencia reconocida por el propio acusado en el establecimiento, la declaración del agente de Policía que intervino y la documentación médica, que acredita lesiones «consistentes con el tipo de agresión descrita por el lesionado».

Más noticias

Empiezan las primeras oposiciones a maestro en septiembre con la sombra de la manifestación de profesores esta tarde en la Comunitat Valenciana

12 de septiembre de 2026

Tres muertos, entre ellos un menor, en un grave accidente en la A-8 en Ribadeo

28 de septiembre de 2026

El PP andaluz activa este mes el proceso para la celebración de los congresos provinciales de noviembre

20 de septiembre de 2026

Ávila se refugia en el medievo

5 de septiembre de 2026

La Sala confirma igualmente que las lesiones deben calificarse conforme al artículo 149.1 del Código Penal y recuerda «la unánime consideración en la jurisprudencia de cada uno de los ojos como miembro principal». Así, considera adecuada la aplicación del tipo agravado por «la inutilidad funcional derivada del resultado lesivo constatado», concretada en una «visión prácticamente nula en el ojo derecho».

Uno de los motivos del recurso cuestionaba que la Audiencia hubiera tenido en cuenta el móvil homófobo al fijar la pena en ocho años, pese a que no se había aplicado formalmente una agravante por discriminación. El TSJMU descarta que ello vulnere el principio acusatorio y explica que la incorporación al relato probado de las expresiones dirigidas a la víctima constituye «una legítima adición de elementos episódicos» que concretan los insultos ya incluidos en la acusación, sin alterar la calificación jurídica ni introducir una agravante no solicitada.

La resolución concluye que la Audiencia podía tener en cuenta esas circunstancias para individualizar la pena dentro de los límites legalmente previstos. En concreto, confirma la valoración de la mayor gravedad de los hechos porque «no estamos ante una discusión o pelea por un conflicto puntual, sino un ataque unilateral y caprichoso contra la identidad misma de la persona, de su sexualidad, lo que lo convierte en un acto más injusto, cruel y degradante».

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

 Noticias de Murcia: última hora de hoy en La Razón

​

El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) ha confirmado la condena a ocho años de prisión impuesta a un hombre por un delito de lesiones tras agredir a otro en un bar después de dirigirle insultos relativos a su orientación sexual y propinarle un puñetazo en el ojo y varias patadas.. La Sala de lo Civil y Penal del TSJMU ha desestimado íntegramente el recurso presentado por el acusado contra la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia, que además de la pena de prisión le condenó a indemnizar a la víctima con 60.707,95 euros por las lesiones y secuelas y al Servicio Murciano de Salud con 7.106,38 euros por los gastos sanitarios ocasionados.. Los hechos se produjeron en junio de 2020. Según el relato declarado probado, el acusado comenzó a dirigirse a la víctima con expresiones como «maricón» y «maricón de mierda» y, posteriormente, le propinó un puñetazo en el ojo derecho, en el que llevaba implantada una lente intraocular tras una operación de cataratas. El impacto provocó que la lente se clavara contra el propio ojo, según ha informado el TSJMU.. Tras caer al suelo, el acusado continuó propinándole patadas en las costillas y el cuello hasta que otras personas presentes intervinieron. Como consecuencia de la agresión, la víctima sufrió graves lesiones oculares que precisaron tratamiento médico y quirúrgico y tardaron 179 días en curar. Como secuela, la sentencia recoge una visión «prácticamente nula» en el ojo afectado.. El TSJMU rechaza los distintos motivos planteados por la defensa, entre ellos la vulneración del derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes, de la presunción de inocencia y del principio acusatorio, además de los relativos a la valoración de la prueba, la relación de causalidad de las lesiones, su calificación jurídica y la aplicación de atenuantes.. Sobre la prueba de cargo, la Sala ratifica la valoración realizada por la Audiencia y recuerda que la declaración de la víctima puede constituir prueba suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia. En este caso, destaca también la existencia de elementos de corroboración, entre ellos la presencia reconocida por el propio acusado en el establecimiento, la declaración del agente de Policía que intervino y la documentación médica, que acredita lesiones «consistentes con el tipo de agresión descrita por el lesionado».. La Sala confirma igualmente que las lesiones deben calificarse conforme al artículo 149.1 del Código Penal y recuerda «la unánime consideración en la jurisprudencia de cada uno de los ojos como miembro principal». Así, considera adecuada la aplicación del tipo agravado por «la inutilidad funcional derivada del resultado lesivo constatado», concretada en una «visión prácticamente nula en el ojo derecho».. Uno de los motivos del recurso cuestionaba que la Audiencia hubiera tenido en cuenta el móvil homófobo al fijar la pena en ocho años, pese a que no se había aplicado formalmente una agravante por discriminación. El TSJMU descarta que ello vulnere el principio acusatorio y explica que la incorporación al relato probado de las expresiones dirigidas a la víctima constituye «una legítima adición de elementos episódicos» que concretan los insultos ya incluidos en la acusación, sin alterar la calificación jurídica ni introducir una agravante no solicitada.. La resolución concluye que la Audiencia podía tener en cuenta esas circunstancias para individualizar la pena dentro de los límites legalmente previstos. En concreto, confirma la valoración de la mayor gravedad de los hechos porque «no estamos ante una discusión o pelea por un conflicto puntual, sino un ataque unilateral y caprichoso contra la identidad misma de la persona, de su sexualidad, lo que lo convierte en un acto más injusto, cruel y degradante».. La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

 

La víctima sufrió una lesión ocular que le dejó una visión «prácticamente nula» en el ojo derecho

  

Una iglesia, una guardería, un polideportivo y un taller: 12 años de cárcel por sus robos en Ferrol
Gavira asegura que los españoles mandarán «al paro» a Sánchez en las elecciones
Leer también
Andalucía

Aznar: «Son las elecciones más importantes desde la Transición»

5 de octubre de 2026 14170
Castilla y León

Pino reivindica la patata de Castilla y León y llama competir en «igualdad de condiciones» con los productos de fuera de la UE

5 de octubre de 2026 9742
Economía

Vodafone Group plantea una oferta final sobre el ERE de VOIS para hasta 166 empleados

5 de octubre de 2026 2086
Castilla y León

La Diputación de Zamora contribuye a la mejora del edificio municipal de San Esteban del Molar con una inversión total de 30.000 euros

5 de octubre de 2026 5468
Castilla y León

Una investigación vinculada al Consejo Real de Castilla se alza con el prestigioso Sinodal de Aguilafuente

5 de octubre de 2026 1673
Andalucía

Un joven de 27 años juega 10 euros en un sorteo y le toca una casa en Málaga: «No entendía nada, pensé que era mentira»

5 de octubre de 2026 1366
Cargar más
Entradas Recientes

Aznar: «Son las elecciones más importantes desde la Transición»

5 de octubre de 2026

Pino reivindica la patata de Castilla y León y llama competir en «igualdad de condiciones» con los productos de fuera de la UE

5 de octubre de 2026

Vodafone Group plantea una oferta final sobre el ERE de VOIS para hasta 166 empleados

5 de octubre de 2026

La Diputación de Zamora contribuye a la mejora del edificio municipal de San Esteban del Molar con una inversión total de 30.000 euros

5 de octubre de 2026

Una investigación vinculada al Consejo Real de Castilla se alza con el prestigioso Sinodal de Aguilafuente

5 de octubre de 2026

Un joven de 27 años juega 10 euros en un sorteo y le toca una casa en Málaga: «No entendía nada, pensé que era mentira»

5 de octubre de 2026
    Crónica Actual
    En ‘Crónica Actual’, nos dedicamos a la búsqueda incansable de la verdad y la precisión en el periodismo. Con un equipo de reporteros experimentados y una red de corresponsales en todo el mundo, ofrecemos cobertura en tiempo real de los eventos más importantes. Nuestra misión es informar a nuestros lectores con reportajes detallados, análisis profundos y una narrativa que conecta los puntos en el complejo tapiz de la sociedad. Desde conflictos internacionales hasta avances científicos, pasando por las últimas tendencias culturales, ‘Crónica Actual’ es su fuente confiable de noticias que importan.
    CRONICAACTUAL.COM © 2025 | Todos los derechos reservados.
    • Contacto
    • Sobre Nosotros
    • Aviso Legal
    • Política de Cookies
    • Política de Privacidad