La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha declarado parcialmente nula la moratoria que suspendía la tramitación y otorgamiento de licencias para hoteles en el ámbito territorial del plan especial del Cabanyal-Canyamelar, en Valencia.. Tras conocerse esta resolución, el Ayuntamiento de Valencia ha solicitado al TSJCV una rectificación «por error de hecho» en el contenido de la sentencia.. Según afirman, en la sentencia consta que el Servicio de Licencias Urbanísticas ha recibido durante 2024 una solicitud y «a juicio de la Juzgadora, un solo hotel no supone un incremento notable que justifique la suspensión de licencias para los hoteles». De esta forma, aseguran, «omite las licencias que tramita el Servicio de Actividades».. «Las licencias para la implantación de hoteles que tramita el Servicio de Actividades conllevan igualmente obras de edificación y obras para la instalación de la actividad de hotel propiamente dicha. No son simples licencias de actividad en edificio preexistente, sin realización de obras estructurales. Y por eso dichas licencias también deben computar», explican.. La inclusión del Cabanyal-Canyamelar dentro de la moratoria se fundamentó en el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Valencia el 28 de enero de 2025 debido al «notable incremento de las solicitudes de licencia de obra» de alojamiento turístico, que aumentó un 300 % en licencia de actividad, un 227 % en licencias urbanísticas y un 256 % en informes de compatibilidad urbanística, según datos de 2024 aportados por el Ayuntamiento.. Sin embargo, la sentencia -hecha pública este lunes por el grupo municipal de Compromís- ha expuesto que ese año únicamente se presentó una solicitud de licencia urbanística para hotel con 78 plazas y que ese «notable incremento» de las solicitudes que alegaba el consistorio «no puede venir referido a los hoteles sino, en su caso, a las plazas de viviendas de uso turístico».. En este sentido, «esa única solicitud para la implantación de un hotel carece de entidad bastante para provocar una presión turística que pudiera afectar, como factor concurrente, al deterioro del entorno urbano del barrio y perjudicar el adecuado disfrute del derecho a la vivienda de la población del ámbito territorial», ha considerado la sentencia.. Asimismo, el TSJCV ha razonado que el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Valencia de 28 de enero de 2025 «es nulo de pleno derecho por vulnerar el art. 5 de la Ley 20/2013, de Garantía de Unidad de Mercado», aunque se trata de una sentencia que no es firme y contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo o ante la propia Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV.. Para el Ayuntamiento, «obviar las solicitudes presentadas en el Servicio de Actividades para 9 establecimientos hoteleros incurre en un error de hecho, porque lo solicitado son licencias de obras de edificación para la construcción de nuevos hoteles que se tramitan conjuntamente con la implantación de la actividad de hotel, porque se trata de obras para un uso determinado y la tramitación conjunta es preceptiva».. “Dichas solicitudes también deben computar, de manera que añadir 10 establecimientos hoteleros más a los 15 hoteles que ya existen en el ámbito del Cabanyal sí suponen un incremento notable en la intensificación de uso terciario hotelero en detrimento del uso residencial en un ámbito territorial reducido», añaden.. «Riesgo patrimonial». En un comunicado remitido este lunes, Compromís per València ha alertado del «riesgo patrimonial» que supone para el Ayuntamiento la sentencia del TSJCV, que reconoce explícitamente que los promotores afectados por la restricción podrán ahora exigir la tramitación de los expedientes paralizados o reclamar indemnizaciones, una puerta abierta a que la factura de una decisión política acabe pagándose con fondos públicos.. «No es un riesgo menor ni aislado. Es la segunda vez en dos años que los tribunales tumban una moratoria turística aprobada por el gobierno de María José Catalá: en abril ya cayó parcialmente la de mayo de 2024, y ahora la del Cabanyal, ambas por considerarlas desproporcionadas o mal fundamentadas técnicamente», ha explicado la portavoz municipal de Compromís, Papi Robles.. La coalición valencianista también ha advertido que ese patrón no es casualidad, «sino consecuencia de una manera de legislar que no resiste el control judicial y que traslada el coste del error a las cuentas municipales».. Asimismo, Compromís per València ha reclamado al gobierno local que haga público, con carácter inmediato, cuántos expedientes hoteleros quedaron bloqueados por la moratoria anulada, cuántos promotores han manifestado ya intención de reclamar y qué estimación manejan los servicios jurídicos municipales sobre el impacto económico potencial.
El Consistorio cree que existe un error en el contenido de la sentencia porque «omite las 9 licencias que tramita el Servicio de Actividades»
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha declarado parcialmente nula la moratoria que suspendía la tramitación y otorgamiento de licencias para hoteles en el ámbito territorial del plan especial del Cabanyal-Canyamelar, en Valencia.. Tras conocerse esta resolución, el Ayuntamiento de Valencia ha solicitado al TSJCV una rectificación «por error de hecho» en el contenido de la sentencia.. Según afirman, en la sentencia consta que el Servicio de Licencias Urbanísticas ha recibido durante 2024 una solicitud y «a juicio de la Juzgadora, un solo hotel no supone un incremento notable que justifique la suspensión de licencias para los hoteles». De esta forma, aseguran, «omite las licencias que tramita el Servicio de Actividades».. «Las licencias para la implantación de hoteles que tramita el Servicio de Actividades conllevan igualmente obras de edificación y obras para la instalación de la actividad de hotel propiamente dicha. No son simples licencias de actividad en edificio preexistente, sin realización de obras estructurales. Y por eso dichas licencias también deben computar», explican.. La inclusión del Cabanyal-Canyamelar dentro de la moratoria se fundamentó en el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Valencia el 28 de enero de 2025 debido al «notable incremento de las solicitudes de licencia de obra» de alojamiento turístico, que aumentó un 300 % en licencia de actividad, un 227 % en licencias urbanísticas y un 256 % en informes de compatibilidad urbanística, según datos de 2024 aportados por el Ayuntamiento.. Sin embargo, la sentencia -hecha pública este lunes por el grupo municipal de Compromís- ha expuesto que ese año únicamente se presentó una solicitud de licencia urbanística para hotel con 78 plazas y que ese «notable incremento» de las solicitudes que alegaba el consistorio «no puede venir referido a los hoteles sino, en su caso, a las plazas de viviendas de uso turístico».. En este sentido, «esa única solicitud para la implantación de un hotel carece de entidad bastante para provocar una presión turística que pudiera afectar, como factor concurrente, al deterioro del entorno urbano del barrio y perjudicar el adecuado disfrute del derecho a la vivienda de la población del ámbito territorial», ha considerado la sentencia.. Asimismo, el TSJCV ha razonado que el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Valencia de 28 de enero de 2025 «es nulo de pleno derecho por vulnerar el art. 5 de la Ley 20/2013, de Garantía de Unidad de Mercado», aunque se trata de una sentencia que no es firme y contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo o ante la propia Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV.. Para el Ayuntamiento, «obviar las solicitudes presentadas en el Servicio de Actividades para 9 establecimientos hoteleros incurre en un error de hecho, porque lo solicitado son licencias de obras de edificación para la construcción de nuevos hoteles que se tramitan conjuntamente con la implantación de la actividad de hotel, porque se trata de obras para un uso determinado y la tramitación conjunta es preceptiva».. “Dichas solicitudes también deben computar, de manera que añadir 10 establecimientos hoteleros más a los 15 hoteles que ya existen en el ámbito del Cabanyal sí suponen un incremento notable en la intensificación de uso terciario hotelero en detrimento del uso residencial en un ámbito territorial reducido», añaden.. «Riesgo patrimonial». En un comunicado remitido este lunes, Compromís per València ha alertado del «riesgo patrimonial» que supone para el Ayuntamiento la sentencia del TSJCV, que reconoce explícitamente que los promotores afectados por la restricción podrán ahora exigir la tramitación de los expedientes paralizados o reclamar indemnizaciones, una puerta abierta a que la factura de una decisión política acabe pagándose con fondos públicos.. «No es un riesgo menor ni aislado. Es la segunda vez en dos años que los tribunales tumban una moratoria turística aprobada por el gobierno de María José Catalá: en abril ya cayó parcialmente la de mayo de 2024, y ahora la del Cabanyal, ambas por considerarlas desproporcionadas o mal fundamentadas técnicamente», ha explicado la portavoz municipal de Compromís, Papi Robles.. La coalición valencianista también ha advertido que ese patrón no es casualidad, «sino consecuencia de una manera de legislar que no resiste el control judicial y que traslada el coste del error a las cuentas municipales».. Asimismo, Compromís per València ha reclamado al gobierno local que haga público, con carácter inmediato, cuántos expedientes hoteleros quedaron bloqueados por la moratoria anulada, cuántos promotores han manifestado ya intención de reclamar y qué estimación manejan los servicios jurídicos municipales sobre el impacto económico potencial.
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