El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Sevilla ha admitido a trámite una demanda contra el Servicio Andaluz de Salud (SAS) por un presunto caso de responsabilidad patrimonial, derivada del retraso en un diagnóstico que habría provocado el fallecimiento de un paciente de 76 años.. En un comunicado, el bufete Sires Abogados, en representación del hijo del fallecido, ha informado de que, durante más de seis años no se realizaron pruebas diagnósticas esenciales —especialmente colonoscopias de seguimiento protocolizadas— pese a los antecedentes médicos del paciente y a la persistencia de sintomatología abdominal.. Según se detalla en la demanda judicial, el paciente presentaba antecedentes digestivos desde 2010, incluyendo pólipos colónicos que requerían control periódico conforme a protocolo clínico, pero la revisión que debía haberse practicado en 2018 no se realizó.. Entre 2018 y 2024 el paciente acudió en al menos 42 ocasiones a distintos centros sanitarios dependientes del SAS, refiriendo dolor abdominal persistente y otras molestias digestivas, aunque el letrado indica que no se practicaron las pruebas complementarias necesarias para descartar patología oncológica.. No fue hasta mayo de 2024 cuando, tras acudir nuevamente a Urgencias del Hospital Universitario Virgen de la Macarena, se realizó una colonoscopia urgente que confirmó la existencia de un adenocarcinoma de colon en estadio IV, con metástasis hepáticas, pulmonares y peritoneales.. El diagnóstico definitivo reveló un cáncer colorrectal avanzado, en fase metastásica, lo que impidió cualquier tratamiento curativo, de modo que fue derivado a Oncología con indicación de quimioterapia paliativa y posteriormente ingresó en cuidados paliativos, hasta fallecer en agosto de 2024.. La demanda sostiene que el retraso diagnóstico supuso una pérdida de oportunidad terapéutica determinante y un agravamiento progresivo de la enfermedad, que podría haber tenido un pronóstico diferente de haberse detectado en fases iniciales.. Se fundamenta en el artículo 106.2 de la Constitución Española y en los artículos 32 y siguientes de la Ley 40/2015, que regulan la responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas «cuando el funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos causa un daño efectivo, evaluable económicamente e individualizado».. El procedimiento se encuentra actualmente en fase procesal, pendiente de práctica de prueba pericial médica, documental y testifical, y, para el abogado de la familia, José Antonio Sires, va más allá de «un retraso administrativo», ya que se trata de «una pérdida real de oportunidad terapéutica».
La demanda sostiene que el retraso diagnóstico supuso una pérdida de oportunidad terapéutica determinante
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Sevilla ha admitido a trámite una demanda contra el Servicio Andaluz de Salud (SAS) por un presunto caso de responsabilidad patrimonial, derivada del retraso en un diagnóstico que habría provocado el fallecimiento de un paciente de 76 años.. En un comunicado, el bufete Sires Abogados, en representación del hijo del fallecido, ha informado de que, durante más de seis años no se realizaron pruebas diagnósticas esenciales —especialmente colonoscopias de seguimiento protocolizadas— pese a los antecedentes médicos del paciente y a la persistencia de sintomatología abdominal.. Según se detalla en la demanda judicial, el paciente presentaba antecedentes digestivos desde 2010, incluyendo pólipos colónicos que requerían control periódico conforme a protocolo clínico, pero la revisión que debía haberse practicado en 2018 no se realizó.. Entre 2018 y 2024 el paciente acudió en al menos 42 ocasiones a distintos centros sanitarios dependientes del SAS, refiriendo dolor abdominal persistente y otras molestias digestivas, aunque el letrado indica que no se practicaron las pruebas complementarias necesarias para descartar patología oncológica.. No fue hasta mayo de 2024 cuando, tras acudir nuevamente a Urgencias del Hospital Universitario Virgen de la Macarena, se realizó una colonoscopia urgente que confirmó la existencia de un adenocarcinoma de colon en estadio IV, con metástasis hepáticas, pulmonares y peritoneales.. El diagnóstico definitivo reveló un cáncer colorrectal avanzado, en fase metastásica, lo que impidió cualquier tratamiento curativo, de modo que fue derivado a Oncología con indicación de quimioterapia paliativa y posteriormente ingresó en cuidados paliativos, hasta fallecer en agosto de 2024.. La demanda sostiene que el retraso diagnóstico supuso una pérdida de oportunidad terapéutica determinante y un agravamiento progresivo de la enfermedad, que podría haber tenido un pronóstico diferente de haberse detectado en fases iniciales.. Se fundamenta en el artículo 106.2 de la Constitución Española y en los artículos 32 y siguientes de la Ley 40/2015, que regulan la responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas «cuando el funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos causa un daño efectivo, evaluable económicamente e individualizado».. El procedimiento se encuentra actualmente en fase procesal, pendiente de práctica de prueba pericial médica, documental y testifical, y, para el abogado de la familia, José Antonio Sires, va más allá de «un retraso administrativo», ya que se trata de «una pérdida real de oportunidad terapéutica».
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