Hay quienes optan por la jubilación anticipada, ya sea por motivos personales, de salud o por aprovechar un buen momento económico. Otros prefieren esperar a la jubilación ordinaria para cobrar el 100% de la pensión y evitar recortes. Pero existe un tercer grupo, quienes se preguntan si es posible cobrar la pensión y seguir trabajando. La respuesta es sí, la Ley lo permite siempre que se cumplan determinadas condiciones.. Esta modalidad se conoce como jubilación activa, un régimen que permite continuar con una actividad laboral —por cuenta ajena o propia— mientras se percibe una parte de la pensión contributiva. El marco legal está recogido en el Real Decreto Legislativo 8/2015, que aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, concretamente en su artículo 214.. Según la norma, la compatibilidad es posible siempre que, en la fecha en la que se cumple la edad ordinaria de jubilación, la persona haya reunido el periodo mínimo de cotización exigido y haya transcurrido al menos un año entre esa fecha y el hecho causante de la pensión.. La Ley es clara, no se admitirán como válidas, a efectos de edad, las jubilaciones que se hayan beneficiado de bonificaciones o anticipaciones. Si el periodo mínimo de cotización se alcanza después de cumplir la edad ordinaria, ese año obligatorio se contará desde ese momento. Esto significa que solo pueden acogerse quienes hayan llegado a la edad legal sin reducciones y cumplan estrictamente los requisitos de cotización.. Cuánto se cobra: así se calcula la pensión compatible con el trabajo. La cuantía de la pensión durante la jubilación activa equivale a un porcentaje del importe reconocido inicialmente. Ese porcentaje se determina según lo establecido en el artículo 210 de la Ley, teniendo en cuenta los años en los que se haya demorado el acceso a la jubilación.. La pensión compatible incluye, cuando corresponda, el complemento de maternidad o de brecha de género, pero excluye siempre el complemento por mínimos, independientemente del tipo de jornada o actividad realizada. En otras palabras, cuanto más se retrasa la jubilación, mayor porcentaje de pensión puede cobrarse mientras se trabaja.. La jubilación activa se ha convertido en una herramienta clave para quienes desean seguir vinculados al mercado laboral sin renunciar por completo a su pensión. Permite mantener actividad, ingresos y cotización, a la vez que se garantiza un marco legal claro y regulado. Para muchos, es una forma de transición suave hacia la retirada definitiva; para otros, una manera de complementar ingresos sin perder derechos adquiridos.
La cuantía recibida equivale a un porcentaje del importe reconocido inicialmente
Hay quienes optan por la jubilación anticipada, ya sea por motivos personales, de salud o por aprovechar un buen momento económico. Otros prefieren esperar a la jubilación ordinaria para cobrar el 100% de la pensión y evitar recortes. Pero existe un tercer grupo, quienes se preguntan si es posible cobrar la pensión y seguir trabajando. La respuesta es sí, la Ley lo permite siempre que se cumplan determinadas condiciones.. Esta modalidad se conoce como jubilación activa, un régimen que permite continuar con una actividad laboral —por cuenta ajena o propia— mientras se percibe una parte de la pensión contributiva. El marco legal está recogido en el Real Decreto Legislativo 8/2015, que aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, concretamente en su artículo 214.. Según la norma, la compatibilidad es posible siempre que, en la fecha en la que se cumple la edad ordinaria de jubilación, la persona haya reunido el periodo mínimo de cotización exigido y haya transcurrido al menos un año entre esa fecha y el hecho causante de la pensión.. La Ley es clara, no se admitirán como válidas, a efectos de edad, las jubilaciones que se hayan beneficiado de bonificaciones o anticipaciones. Si el periodo mínimo de cotización se alcanza después de cumplir la edad ordinaria, ese año obligatorio se contará desde ese momento. Esto significa que solo pueden acogerse quienes hayan llegado a la edad legal sin reducciones y cumplan estrictamente los requisitos de cotización.. La cuantía de la pensión durante la jubilación activa equivale a un porcentaje del importe reconocido inicialmente. Ese porcentaje se determina según lo establecido en el artículo 210 de la Ley, teniendo en cuenta los años en los que se haya demorado el acceso a la jubilación.. La pensión compatible incluye, cuando corresponda, el complemento de maternidad o de brecha de género, pero excluye siempre el complemento por mínimos, independientemente del tipo de jornada o actividad realizada. En otras palabras, cuanto más se retrasa la jubilación, mayor porcentaje de pensión puede cobrarse mientras se trabaja.. La jubilación activa se ha convertido en una herramienta clave para quienes desean seguir vinculados al mercado laboral sin renunciar por completo a su pensión. Permite mantener actividad, ingresos y cotización, a la vez que se garantiza un marco legal claro y regulado. Para muchos, es una forma de transición suave hacia la retirada definitiva; para otros, una manera de complementar ingresos sin perder derechos adquiridos.
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