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  España  Condenado un menor por amenazar a su profesora en Galicia: “Si me encuentras por la calle, no vas a quedar viva”
EspañaGalicia

Condenado un menor por amenazar a su profesora en Galicia: “Si me encuentras por la calle, no vas a quedar viva”

27 de agosto de 2026
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Una expulsión de clase por mal comportamiento terminó con una profesora amenazada de muerte por uno de sus alumnos y, posteriormente, varios meses de baja. Los hechos ocurrieron en enero de 2025 en un instituto de Galicia y han acabado en los tribunales, que han impuesto al menor ocho meses de libertad vigilada.. La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha confirmado la medida acordada por el Juzgado de Menores de Pontevedra al considerar que las expresiones utilizadas por el estudiante fueron “objetivamente intimidatorias”.. El incidente se produjo después de que la docente decidiese expulsar al alumno del aula por su mal comportamiento. Según los hechos que el juzgado consideró probados, el menor reaccionó increpando a la profesora y elevando progresivamente el tono de sus palabras.. “¿Me vas a expulsar por esto, tía, de qué vas?” o “qué puto asco me das, siempre igual, te odio con todas mis fuerzas” fueron algunas de las expresiones que dirigió a la docente. Sin embargo, las amenazas fueron más allá.. “Si me encuentras por la calle ya verás lo que te va a pasar, no vas a quedar viva”, llegó a decirle antes de dirigirle un “corre, corre, que si no ya verás lo que te va a pasar” y “a partir de ese momento no vas a hablar nunca más”. Además, le deseó que padeciese “un cáncer de pulmón”.. La profesora estuvo varios meses de baja. Las amenazas provocaron que la profesora quedase atemorizada y temiese por su integridad física. Para valorar la gravedad de la situación, el juzgado tuvo también en cuenta los antecedentes del estudiante en el propio centro educativo, donde ya había sido expulsado y sancionado anteriormente en varias ocasiones por otros incidentes.. Las consecuencias para la docente no se limitaron al momento vivido en el aula. El informe forense incorporado al procedimiento concluyó que sufrió un daño psíquico, con una reagudización sintomática de un trastorno adaptativo previo. La profesora tuvo que permanecer varios meses de baja.. Ante estos hechos, el Juzgado de Menores de Pontevedra impuso al alumno una medida de ocho meses de libertad vigilada. Durante ese periodo deberá, además, participar en un programa de resolución de conflictos y someterse a seguimiento psicológico o psiquiátrico. La resolución estableció asimismo una indemnización de 2.000 euros para la profesora, cantidad que deberán abonar los padres del menor.. La Audiencia rechaza el recurso. El alumno recurrió la decisión judicial ante la Audiencia Provincial de Pontevedra, pero la Sección Quinta, con sede en Vigo, ha rechazado sus argumentos y ha ratificado la medida impuesta.. El tribunal sostiene que las frases pronunciadas por el estudiante tenían suficiente entidad para generar temor en la víctima y subraya su carácter “objetivamente intimidatorio”. De este modo, se mantienen tanto los ocho meses de libertad vigilada como las obligaciones adicionales impuestas al menor y la indemnización a la docente.

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Ocho meses de libertad vigilada y 2.000 euros de indemización a la docente, que estuvo meses de baja tras deseársele entre otras cosas «un cáncer de pulmón»

  

Una expulsión de clase por mal comportamiento terminó con una profesora amenazada de muerte por uno de sus alumnos y, posteriormente, varios meses de baja. Los hechos ocurrieron en enero de 2025 en un instituto de Galicia y han acabado en los tribunales, que han impuesto al menor ocho meses de libertad vigilada.. La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha confirmado la medida acordada por el Juzgado de Menores de Pontevedra al considerar que las expresiones utilizadas por el estudiante fueron “objetivamente intimidatorias”.. El incidente se produjo después de que la docente decidiese expulsar al alumno del aula por su mal comportamiento. Según los hechos que el juzgado consideró probados, el menor reaccionó increpando a la profesora y elevando progresivamente el tono de sus palabras.. “¿Me vas a expulsar por esto, tía, de qué vas?” o “qué puto asco me das, siempre igual, te odio con todas mis fuerzas” fueron algunas de las expresiones que dirigió a la docente. Sin embargo, las amenazas fueron más allá.. “Si me encuentras por la calle ya verás lo que te va a pasar, no vas a quedar viva”, llegó a decirle antes de dirigirle un “corre, corre, que si no ya verás lo que te va a pasar” y “a partir de ese momento no vas a hablar nunca más”. Además, le deseó que padeciese “un cáncer de pulmón”.. La profesora estuvo varios meses de baja. Las amenazas provocaron que la profesora quedase atemorizada y temiese por su integridad física. Para valorar la gravedad de la situación, el juzgado tuvo también en cuenta los antecedentes del estudiante en el propio centro educativo, donde ya había sido expulsado y sancionado anteriormente en varias ocasiones por otros incidentes.. Las consecuencias para la docente no se limitaron al momento vivido en el aula. El informe forense incorporado al procedimiento concluyó que sufrió un daño psíquico, con una reagudización sintomática de un trastorno adaptativo previo. La profesora tuvo que permanecer varios meses de baja.. Ante estos hechos, el Juzgado de Menores de Pontevedra impuso al alumno una medida de ocho meses de libertad vigilada. Durante ese periodo deberá, además, participar en un programa de resolución de conflictos y someterse a seguimiento psicológico o psiquiátrico. La resolución estableció asimismo una indemnización de 2.000 euros para la profesora, cantidad que deberán abonar los padres del menor.. La Audiencia rechaza el recurso. El alumno recurrió la decisión judicial ante la Audiencia Provincial de Pontevedra, pero la Sección Quinta, con sede en Vigo, ha rechazado sus argumentos y ha ratificado la medida impuesta.. El tribunal sostiene que las frases pronunciadas por el estudiante tenían suficiente entidad para generar temor en la víctima y subraya su carácter “objetivamente intimidatorio”. De este modo, se mantienen tanto los ocho meses de libertad vigilada como las obligaciones adicionales impuestas al menor y la indemnización a la docente.

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