La Sección Tercera de la Audiencia de Almería ha condenado a tres años y tres meses de prisión a un individuo por un delito contra la salud pública, al ser hallado con casi 20 gramos de cocaína tras sufrir un accidente de tráfico.. La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, impone además al procesado el pago de una multa de 6.000 euros y la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.. Según los hechos probados, sobre las 21:00 horas del 8 de diciembre de 2023, una patrulla de la Policía Local presenció una pequeña colisión por alcance entre dos vehículos a la altura del número 2 de la calle Granada.. Al inspeccionar el turismo causante del choque, los agentes encontraron en la guantera una bolsa perteneciente al acusado, que viajaba en el asiento delantero derecho.. En su interior se incautaron de 19,58 gramos de cocaína en polvo con una pureza del 91,23 % y un valor aproximado de 5.600 euros en el mercado ilícito, así como otros 0,6 gramos de la misma sustancia en formato de cristal blanco, valorados en 150 euros.. Durante la vista oral, el acusado admitió poseer la droga pero sostuvo que estaba destinada a su «propio y exclusivo consumo», alegando que había comprado aprovisionamiento para un mes debido a que era un consumidor abusivo.. Sin embargo, la resolución judicial descarta de plano este argumento basándose en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que cifra el acopio para el autoconsumo de cinco días en 7,5 gramos.. El tribunal concluye que la cantidad requisada, una vez reducida a su pureza, superaba con mucho ese margen, permitiendo inferir sin género de duda su destino para la venta a terceros.. Asimismo, el fallo destaca que la pureza de la droga aprehendida, en su mayor parte superior al 91 %, la hacía susceptible de ser cortada para multiplicar las dosis en el mercado ilícito.. La sentencia, que también acuerda el decomiso de la sustancia intervenida, no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en un plazo de diez días.
impone además al procesado el pago de una multa de 6.000 euros y la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena
La Sección Tercera de la Audiencia de Almería ha condenado a tres años y tres meses de prisión a un individuo por un delito contra la salud pública, al ser hallado con casi 20 gramos de cocaína tras sufrir un accidente de tráfico.. La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, impone además al procesado el pago de una multa de 6.000 euros y la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.. Según los hechos probados, sobre las 21:00 horas del 8 de diciembre de 2023, una patrulla de la Policía Local presenció una pequeña colisión por alcance entre dos vehículos a la altura del número 2 de la calle Granada.. Al inspeccionar el turismo causante del choque, los agentes encontraron en la guantera una bolsa perteneciente al acusado, que viajaba en el asiento delantero derecho.. En su interior se incautaron de 19,58 gramos de cocaína en polvo con una pureza del 91,23 % y un valor aproximado de 5.600 euros en el mercado ilícito, así como otros 0,6 gramos de la misma sustancia en formato de cristal blanco, valorados en 150 euros.. Durante la vista oral, el acusado admitió poseer la droga pero sostuvo que estaba destinada a su «propio y exclusivo consumo», alegando que había comprado aprovisionamiento para un mes debido a que era un consumidor abusivo.. Sin embargo, la resolución judicial descarta de plano este argumento basándose en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que cifra el acopio para el autoconsumo de cinco días en 7,5 gramos.. El tribunal concluye que la cantidad requisada, una vez reducida a su pureza, superaba con mucho ese margen, permitiendo inferir sin género de duda su destino para la venta a terceros.. Asimismo, el fallo destaca que la pureza de la droga aprehendida, en su mayor parte superior al 91 %, la hacía susceptible de ser cortada para multiplicar las dosis en el mercado ilícito.. La sentencia, que también acuerda el decomiso de la sustancia intervenida, no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en un plazo de diez días.
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