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  España  Andalucía  Condenado a diez años de prisión por agredir sexualmente a la hija menor de su esposa
AndalucíaEspaña

Condenado a diez años de prisión por agredir sexualmente a la hija menor de su esposa

4 de mayo de 2026
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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a un hombre a diez años y seis meses de prisión por agredir sexualmente a la hija menor de edad de su esposa durante varios años y en numerosas ocasiones aprovechando que la madre de la niña iba a trabajar y «prevaliéndose» de ciertas «conductas abusivas» ejercidas en el núcleo familiar. Además, lo ha condenado igualmente a indemnizar a la menor de edad en la cantidad de 15.000 euros por los daños morales ocasionados, una cuantía que los magistrados consideran «adecuada» dado que «nos encontramos ante reiterados episodios abusivos durante una etapa muy importante para modelar la personalidad de la víctima». Según el relato de hechos probados recogido en la sentencia, facilitada por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia (TSJA) y consultada por Europa Press, el hombre ha convivido junto con otros familiares con la menor, hija de su esposa, mientras ejercía como padre al contar la joven con pocos años de edad cuando inició la convivencia.. Desde el año 2016, cuando la niña tenía 13 años, el varón aprovechó que su madre atendía el negocio familiar y «prevaliéndose de la ascendencia que sobre la misma tenía por esa continúa relación de convivencia y ser quien decidía lo que se hacía en la familia, cuando ambos estaban en la vivienda ha realizado a la menor continuos tocamientos en sus zonas genitales», entre otros actos sexuales. A partir del 2019, cuando ya tenía 16 años y «y aprovechando iguales circunstancias de que su madre estaba fuera de la vivienda», con una periodicidad de una o dos veces por semana o cada dos semanas, este hombre mantuvo con ella relaciones sexuales completas.. A consecuencia de los hechos la chica ha necesitado tratamiento psiquiátrico y psicológico por trastorno adaptativo reactivo a situación vivencial estresante. El tribunal ha valorado la «credibilidad del testimonio de la menor», que se ve reforzado frente a la «la inconsistencia de la explicación ofrecida por el acusado para justificar la denuncia», misma vez que ha destacado la declaración de la madre, quien subrayó «conductas abusivas» y «la posición de dominio» del acusado.. Este último, por su parte, negó durante el procedimiento «con rotundidad» los hechos y ofreció como explicación a la denuncia un «berrinche» de la menor ante su implicación en tareas cotidianas. «Corresponde por tanto imponer al acusado por el delito continuado de agresión sexual la pena de diez años y seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación absoluta, que se corresponde con la aplicación del subtipo agravado y la continuidad también apreciada, que estimamos adecuada por la gravedad de las conductas enjuiciadas», ha concluido la Sección Primera de la Audiencia.

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Tendrá que indemnizar a la menor de edad en la cantidad de 15.000 euros por los daños morales ocasionados

  

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a un hombre a diez años y seis meses de prisión por agredir sexualmente a la hija menor de edad de su esposa durante varios años y en numerosas ocasiones aprovechando que la madre de la niña iba a trabajar y «prevaliéndose» de ciertas «conductas abusivas» ejercidas en el núcleo familiar. Además, lo ha condenado igualmente a indemnizar a la menor de edad en la cantidad de 15.000 euros por los daños morales ocasionados, una cuantía que los magistrados consideran «adecuada» dado que «nos encontramos ante reiterados episodios abusivos durante una etapa muy importante para modelar la personalidad de la víctima». Según el relato de hechos probados recogido en la sentencia, facilitada por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia (TSJA) y consultada por Europa Press, el hombre ha convivido junto con otros familiares con la menor, hija de su esposa, mientras ejercía como padre al contar la joven con pocos años de edad cuando inició la convivencia.. Desde el año 2016, cuando la niña tenía 13 años, el varón aprovechó que su madre atendía el negocio familiar y «prevaliéndose de la ascendencia que sobre la misma tenía por esa continúa relación de convivencia y ser quien decidía lo que se hacía en la familia, cuando ambos estaban en la vivienda ha realizado a la menor continuos tocamientos en sus zonas genitales», entre otros actos sexuales. A partir del 2019, cuando ya tenía 16 años y «y aprovechando iguales circunstancias de que su madre estaba fuera de la vivienda», con una periodicidad de una o dos veces por semana o cada dos semanas, este hombre mantuvo con ella relaciones sexuales completas.. A consecuencia de los hechos la chica ha necesitado tratamiento psiquiátrico y psicológico por trastorno adaptativo reactivo a situación vivencial estresante. El tribunal ha valorado la «credibilidad del testimonio de la menor», que se ve reforzado frente a la «la inconsistencia de la explicación ofrecida por el acusado para justificar la denuncia», misma vez que ha destacado la declaración de la madre, quien subrayó «conductas abusivas» y «la posición de dominio» del acusado.. Este último, por su parte, negó durante el procedimiento «con rotundidad» los hechos y ofreció como explicación a la denuncia un «berrinche» de la menor ante su implicación en tareas cotidianas. «Corresponde por tanto imponer al acusado por el delito continuado de agresión sexual la pena de diez años y seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación absoluta, que se corresponde con la aplicación del subtipo agravado y la continuidad también apreciada, que estimamos adecuada por la gravedad de las conductas enjuiciadas», ha concluido la Sección Primera de la Audiencia.

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