Han pasado más de tres años desde que el Tribunal Supremo confirmó la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Granada en 2020, relativa al Caso Serrallo, uno de los escándalos urbanísticos que golpeó al Ayuntamiento de Granada en la anterior etapa del gobierno del PP. Sin embargo, las secuelas de aquello, que puso en el punto de mira al área de Urbanismo por autorizar la construcción de la discoteca en unos terrenos adyacentes al Centro Comercial Serrallo, previamente destinados a un parque infantil, siguen golpeando al Consistorio: ha sido condenado a pagar medio millón de euros al segundo propietario de la discoteca, Abel Pizarro, con motivo de una sentencia que fue adelantada por el diario «Granada Hoy» y que, eso sí, va a ser recurrida, según confirmó el actual concejal de Urbanismo, Enrique Catalina.. Para entender esta situación, hay que remontarse al año 2014. Fue entonces cuando en Granada empezó a saltar a los medios de comunicación la investigación sobre posibles irregularidades urbanísticas con la construcción de la discoteca, así como de una pista de patinaje con bar, que acabaron dando lugar al llamado Caso Serrallo. Tras meses de runrún, la sala de fiestas continuaba con su actividad y a finales del año 2015, el empresario Abel Pizarro la compró por 415.000 euros, a través de un procedimiento concursal, tras participar en una subasta notarial celebrada el 17 de diciembre de ese año. Sin embargo, en 2016 con el estallido de la causa judicial, se produce la anulación de licencia y el nuevo propietario (Pizarro) inicia la reclamación administrativa en el Consistorio.. El Caso Serrallo seguía su curso en los tribunales, los cuales tuvieron que remontarse incluso diez años atrás (al 2006), cuando se otorgó concesión administrativa para realizar un parque infantil junto al Serrallo Plaza, cuyo objeto fue luego «modificado sucesivamente a través de alteraciones del proyecto de urbanización (…), incorporando incluso edificaciones, sin solicitar licencia para ello», según expuso entonces la Fiscalía, ya que en 2012 se concedieron licencias de obra y apertura y funcionamiento de esta discoteca en unos terrenos previamente destinados a un parque infantil.. La investigación tuvo su sentencia en el año 2020 por parte de la Audiencia Provincial y luego fue ratificada en noviembre del año 2022 por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. En ella, se condenó a siete años de inhabilitación a la exconcejal de Urbanismo Isabel Nieto, por un delito de prevaricación administrativa por contravenir el Plan General de Ordenación Urbana de Granada; también a siete años de inhabilitación para empleo de funcionario municipal a E. M. H., el funcionario que emitió el informe para autorizar esas licencias; y a tres años y seis meses de inhabilitación al empresario Roberto García Arrabal (promotor de la sala de fiestas).. En el año 2023, Abel Pizarro –el nuevo propietario– actualizó su reclamación patrimonial. Al no obtener respuesta y entender «silencio administrativo», en febrero del 2024 la acabó llevando a la vía judicial, en una denuncia contra el Ayuntamiento, Taler Real Estate (la primera concesionaria, una UTE del condenado García Arrabal y otros empresarios), al administrador concursal de 683 Upper Club (arrendataria del edificio y titular de la licencia de actividad de la discoteca) y a la sociedad Sky Club Serrallo Plaza (la empresa con la que firmó convenio para la explotación de la discoteca). Y en ella pedía una compensación de 1,8 millones como responsabilidad patrimonial conjunta y solidaria: 985.670 euros por el valor actual del lucro cesante, 354.270 por el valor residual de la unidad generadora de efectivo, 415.000 euros por la restitución de la inversión y 90.494 euros por daño emergente.. Ante ello, el Ayuntamiento de Granada, según adelantó «Granada Hoy» al desvelar la sentencia, argumentó que para la fecha de la compra «ya había amplia difusión en los medios» sobre las irregularidades. Mientras que también defendía que no existía «daño de la nulidad de la licencia, puesto que fue declarada caduca en 2016», así como que el daño no puede pasar de 415.000 euros (lo que fue la inversión) a casi 2 millones de euros «por no poder desarrollar la actividad conforme a la licencia que se encontraba caduca», por lo que además pedía que se desestimara la demanda.. Si bien, en la citada sentencia con fecha del 7 de enero de 2026, dictada por el Tribunal de Instancia de Granada, a través de la Sección de lo Contencioso Administrativo, se estima parcialmente la demanda, declarando la responsabilidad patrimonial exclusiva del Ayuntamiento. Así, le obliga a indemnizar a Pizarro con 435.213 euros (415.000 euros de la inversión inicial, 20.000 por daño moral –aunque él solicitaba 100.000–) y 213 por indemnización por despido acreditada.
El Ayuntamiento de Granada recurre la sentencia por la que está obligado a pagar al segundo propietario de la sala de fiestas
Han pasado más de tres años desde que el Tribunal Supremo confirmó la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Granada en 2020, relativa al Caso Serrallo, uno de los escándalos urbanísticos que golpeó al Ayuntamiento de Granada en la anterior etapa del gobierno del PP. Sin embargo, las secuelas de aquello, que puso en el punto de mira al área de Urbanismo por autorizar la construcción de la discoteca en unos terrenos adyacentes al Centro Comercial Serrallo, previamente destinados a un parque infantil, siguen golpeando al Consistorio: ha sido condenado a pagar medio millón de euros al segundo propietario de la discoteca, Abel Pizarro, con motivo de una sentencia que fue adelantada por el diario «Granada Hoy» y que, eso sí, va a ser recurrida, según confirmó el actual concejal de Urbanismo, Enrique Catalina.. Para entender esta situación, hay que remontarse al año 2014. Fue entonces cuando en Granada empezó a saltar a los medios de comunicación la investigación sobre posibles irregularidades urbanísticas con la construcción de la discoteca, así como de una pista de patinaje con bar, que acabaron dando lugar al llamado Caso Serrallo. Tras meses de runrún, la sala de fiestas continuaba con su actividad y a finales del año 2015, el empresario Abel Pizarro la compró por 415.000 euros, a través de un procedimiento concursal, tras participar en una subasta notarial celebrada el 17 de diciembre de ese año. Sin embargo, en 2016 con el estallido de la causa judicial, se produce la anulación de licencia y el nuevo propietario (Pizarro) inicia la reclamación administrativa en el Consistorio.. El Caso Serrallo seguía su curso en los tribunales, los cuales tuvieron que remontarse incluso diez años atrás (al 2006), cuando se otorgó concesión administrativa para realizar un parque infantil junto al Serrallo Plaza, cuyo objeto fue luego «modificado sucesivamente a través de alteraciones del proyecto de urbanización (…), incorporando incluso edificaciones, sin solicitar licencia para ello», según expuso entonces la Fiscalía, ya que en 2012 se concedieron licencias de obra y apertura y funcionamiento de esta discoteca en unos terrenos previamente destinados a un parque infantil.. La investigación tuvo su sentencia en el año 2020 por parte de la Audiencia Provincial y luego fue ratificada en noviembre del año 2022 por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. En ella, se condenó a siete años de inhabilitación a la exconcejal de Urbanismo Isabel Nieto, por un delito de prevaricación administrativa por contravenir el Plan General de Ordenación Urbana de Granada; también a siete años de inhabilitación para empleo de funcionario municipal a E. M. H., el funcionario que emitió el informe para autorizar esas licencias; y a tres años y seis meses de inhabilitación al empresario Roberto García Arrabal (promotor de la sala de fiestas).. En el año 2023, Abel Pizarro –el nuevo propietario– actualizó su reclamación patrimonial. Al no obtener respuesta y entender «silencio administrativo», en febrero del 2024 la acabó llevando a la vía judicial, en una denuncia contra el Ayuntamiento, Taler Real Estate (la primera concesionaria, una UTE del condenado García Arrabal y otros empresarios), al administrador concursal de 683 Upper Club (arrendataria del edificio y titular de la licencia de actividad de la discoteca) y a la sociedad Sky Club Serrallo Plaza (la empresa con la que firmó convenio para la explotación de la discoteca). Y en ella pedía una compensación de 1,8 millones como responsabilidad patrimonial conjunta y solidaria: 985.670 euros por el valor actual del lucro cesante, 354.270 por el valor residual de la unidad generadora de efectivo, 415.000 euros por la restitución de la inversión y 90.494 euros por daño emergente.. Ante ello, el Ayuntamiento de Granada, según adelantó «Granada Hoy» al desvelar la sentencia, argumentó que para la fecha de la compra «ya había amplia difusión en los medios» sobre las irregularidades. Mientras que también defendía que no existía «daño de la nulidad de la licencia, puesto que fue declarada caduca en 2016», así como que el daño no puede pasar de 415.000 euros (lo que fue la inversión) a casi 2 millones de euros «por no poder desarrollar la actividad conforme a la licencia que se encontraba caduca», por lo que además pedía que se desestimara la demanda.. Si bien, en la citada sentencia con fecha del 7 de enero de 2026, dictada por el Tribunal de Instancia de Granada, a través de la Sección de lo Contencioso Administrativo, se estima parcialmente la demanda, declarando la responsabilidad patrimonial exclusiva del Ayuntamiento. Así, le obliga a indemnizar a Pizarro con 435.213 euros (415.000 euros de la inversión inicial, 20.000 por daño moral –aunque él solicitaba 100.000–) y 213 por indemnización por despido acreditada.
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