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  Gente  Archivado el caso contra el actor Juan Codina al no ver la jueza indicios de agresión sexual
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Archivado el caso contra el actor Juan Codina al no ver la jueza indicios de agresión sexual

20 de mayo de 2026
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Una jueza de Madrid ha archivado la investigación abierta al actor Juan Codina a raíz de varias denuncias por agresión sexual presentadas por alumnas de su centro de interpretación, al no ver «unos mínimos y necesarios indicios racionales de criminalidad» contra él.. La magistrada de la plaza 20 de instrucción del tribunal de instancia de Madrid ve «sorprendente» que las conductas atribuidas al actor «no se hayan denunciado durante años, sin que se haya aportado ni un solo razonamiento que pueda ser compartido para justificar esta dilación en el tiempo».. Este caso saltó a la luz en noviembre de 2025, cuando una exalumna del centro ‘Estudio Juan Codina’ denunció en redes sociales que el conocido actor, fundador de la escuela y profesor en la misma, la había violado durante el curso 2019-2020, cuando tenía 19 años.. La dirección de la escuela despidió a Codina inmediatamente, según informó en un comunicado. En su auto, la magistrada analiza el relato de la denunciante, a cuya versión no le da la «necesaria credibilidad», al considerar que «no parece verosímil que quien ha sido víctima de una agresión sexual despliegue, a continuación, y durante meses, una relación consentida con el agresor».. La jueza explica que la denunciante comenzó un nuevo curso en la escuela de Codina después de la presunta agresión sexual, e inició con él, desde octubre de 2019 hasta marzo de 2020, una relación.. El tiempo transcurrido hasta que denunció los hechos -25 de noviembre de 2025-, para la jueza, «en nada refuerza la versión de la denunciante, máxime cuando no se ofrece por esta una explicación clara, precisa, justificada y razonable a tal retardo en la formulación de la denuncia», sin olvidar «que dicho retraso ha hecho imposible la toma de restos y vestigios biológicos a efectos de su análisis y cotejo».. En definitiva, tras la investigación desarrollada, la magistrada afirma que solo ha podido encontrar «dos versiones contradictorias entre agresor y agredida, sin que se haya encontrado ni un solo indicio que permita otorgar una mínima credibilidad a las manifestaciones de la denunciante», pues «ha resultado imposible hallar elementos mínimamente objetivos» que confirmen su versión.. Tras esa denuncia se interpusieron otras dos, una por una presunta agresión de Codina a una alumna, que afirmó que la pegó en una clase, entre finales de marzo y principios de abril de 2019, unos hechos que integrarían «un delito leve de maltrato de obra, al no existir parte de lesiones», y que estarían prescritos.. Una tercera alumna denunció que Codina la habría abrazado a ella y a su entonces pareja, y les habría intentado besar en la boca. Son, para la jueza, «unos hechos genéricos, en los que, precisamente, por su vaguedad no es posible apreciar la concurrencia de un ánimo libidinoso por parte del denunciado que haya provocado afectación psicológica en la víctima ni perjuicio a su libertad sexual».. Sería, por tanto, «un delito leve que igualmente se encontraría prescrito por el transcurso de un año desde que el mismo se cometió y en el que, de nuevo, el tiempo transcurrido dificulta otorgar credibilidad a tales aseveraciones».

 

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Una jueza de Madrid ha archivado la investigación abierta al actor Juan Codina a raíz de varias denuncias por agresión sexual presentadas por alumnas de su centro de interpretación, al no ver «unos mínimos y necesarios indicios racionales de criminalidad» contra él.. La magistrada de la plaza 20 de instrucción del tribunal de instancia de Madrid ve «sorprendente» que las conductas atribuidas al actor «no se hayan denunciado durante años, sin que se haya aportado ni un solo razonamiento que pueda ser compartido para justificar esta dilación en el tiempo».. Este caso saltó a la luz en noviembre de 2025, cuando una exalumna del centro ‘Estudio Juan Codina’ denunció en redes sociales que el conocido actor, fundador de la escuela y profesor en la misma, la había violado durante el curso 2019-2020, cuando tenía 19 años.. La dirección de la escuela despidió a Codina inmediatamente, según informó en un comunicado. En su auto, la magistrada analiza el relato de la denunciante, a cuya versión no le da la «necesaria credibilidad», al considerar que «no parece verosímil que quien ha sido víctima de una agresión sexual despliegue, a continuación, y durante meses, una relación consentida con el agresor».. La jueza explica que la denunciante comenzó un nuevo curso en la escuela de Codina después de la presunta agresión sexual, e inició con él, desde octubre de 2019 hasta marzo de 2020, una relación.. El tiempo transcurrido hasta que denunció los hechos -25 de noviembre de 2025-, para la jueza, «en nada refuerza la versión de la denunciante, máxime cuando no se ofrece por esta una explicación clara, precisa, justificada y razonable a tal retardo en la formulación de la denuncia», sin olvidar «que dicho retraso ha hecho imposible la toma de restos y vestigios biológicos a efectos de su análisis y cotejo».. En definitiva, tras la investigación desarrollada, la magistrada afirma que solo ha podido encontrar «dos versiones contradictorias entre agresor y agredida, sin que se haya encontrado ni un solo indicio que permita otorgar una mínima credibilidad a las manifestaciones de la denunciante», pues «ha resultado imposible hallar elementos mínimamente objetivos» que confirmen su versión.. Otras dos denuncias. Tras esa denuncia se interpusieron otras dos, una por una presunta agresión de Codina a una alumna, que afirmó que la pegó en una clase, entre finales de marzo y principios de abril de 2019, unos hechos que integrarían «un delito leve de maltrato de obra, al no existir parte de lesiones», y que estarían prescritos.. Una tercera alumna denunció que Codina la habría abrazado a ella y a su entonces pareja, y les habría intentado besar en la boca. Son, para la jueza, «unos hechos genéricos, en los que, precisamente, por su vaguedad no es posible apreciar la concurrencia de un ánimo libidinoso por parte del denunciado que haya provocado afectación psicológica en la víctima ni perjuicio a su libertad sexual».. Sería, por tanto, «un delito leve que igualmente se encontraría prescrito por el transcurso de un año desde que el mismo se cometió y en el que, de nuevo, el tiempo transcurrido dificulta otorgar credibilidad a tales aseveraciones».

 

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