Una juez de Almería ha absuelto a un joven que se enfrentaba a una petición del fiscal de un año y medio de cárcel por abusar sexualmente en un hotel de Mojácar (Almería) de una chica a la que había conocido poco antes en una fiesta.. La sentencia señala que cuando tuvo lugar este episodio el acusado, un joven malagueño, tenía 21 años, mientras que la víctima contaba 19 en ese momento, y explica que ambos se encontraban alojados en el mismo hotel de Mojácar.. Explica que los dos participaron en una fiesta en la zona de hamacas de dicho hotel y que posteriormente estuvieron en una de las habitaciones junto a otras personas, tras lo que aproximadamente sobre las dos de la mañana del 23 de julio de 2019 mantuvieron una relación sexual, «consistente en tocamientos mutuos», en otra habitación.. Para la juez no se ha podido probar que el procesado actuase sin el consentimiento de la chica.. Recuerda que fue ella la que denunció al acusado unas cuatro horas y media después de la citada relación sexual, tras lo que realiza un profuso análisis de las declaraciones de acusado y denunciante, así como de los testigos.. Algo que le sirve para concluir que ambos se conocieron el mismo día de los hechos en la fiesta en las zonas de las hamacas, dónde consumieron bebidas alcohólicas.. Determina asimismo que en cierto momento la denunciante y una amiga fueron invitadas por el grupo de amigos del investigado a fumar cachimba, para lo que todos ellos subieron a una de las habitaciones de los chicos, dónde permanecieron de charla en la terraza.. Añade que cuando el denunciado quiso tabaco, la denunciante se lo ofreció y ambos acudieron a la habitación de ésta, tras lo que salieron a la calle a fumar un cigarro.. Precisa que es en este momento cuando la chica mantiene que el procesado comenzó a hablar sobre sus pechos con la intención de tocarlos, mientras que éste sostiene, por su parte, que estuvieron los dos de «salseo» mientras él se insinuaba.. Concreta que al regresar al hotel los dos accedieron a una habitación en la que estuvieron solos durante una media hora, manteniendo una relación sexual en la cama, y que es a partir de entonces cuando «se bifurca» el relato de ambos.. «Difícil se hace entender que, en el contexto previo al suceso que se enjuicia, la denunciante aceptara voluntariamente quedarse a solas con el acusado en la habitación, si cuando salieron del hotel a fumar éste se había estado insinuando, haciéndole comentarios sobre sus pechos e incluso intentaba tocarlos, lo que no hizo ante su negativa porque, según ella misma manifiesta, no le apetecía y no le dio importancia porque él esta un poco borracho», dice la juez.. Para la magistrada «tampoco se entiende» la permanencia de la chica en la habitación, cuando «sabía que los otros chicos estaban» en la de al lado y de la proximidad de la recepción, por lo que le hubiera sido «fácil» pedir ayuda; toda vez que la propia denunciante «admite» que el procesado no fue violento, sin que conste que la amenazase o intimidase, o que la retuviese.. Por todo ello absuelve al joven del delito de abuso sexual por el que el fiscal había solicitado año y medio de cárcel, un año y ocho meses en el caso de la acusación particular.
Para la juez no se ha podido probar que el procesado actuase sin el consentimiento de la denunciante
Una juez de Almería ha absuelto a un joven que se enfrentaba a una petición del fiscal de un año y medio de cárcel por abusar sexualmente en un hotel de Mojácar (Almería) de una chica a la que había conocido poco antes en una fiesta.. La sentencia señala que cuando tuvo lugar este episodio el acusado, un joven malagueño, tenía 21 años, mientras que la víctima contaba 19 en ese momento, y explica que ambos se encontraban alojados en el mismo hotel de Mojácar.. Explica que los dos participaron en una fiesta en la zona de hamacas de dicho hotel y que posteriormente estuvieron en una de las habitaciones junto a otras personas, tras lo que aproximadamente sobre las dos de la mañana del 23 de julio de 2019 mantuvieron una relación sexual, «consistente en tocamientos mutuos», en otra habitación.. Para la juez no se ha podido probar que el procesado actuase sin el consentimiento de la chica.. Recuerda que fue ella la que denunció al acusado unas cuatro horas y media después de la citada relación sexual, tras lo que realiza un profuso análisis de las declaraciones de acusado y denunciante, así como de los testigos.. Algo que le sirve para concluir que ambos se conocieron el mismo día de los hechos en la fiesta en las zonas de las hamacas, dónde consumieron bebidas alcohólicas.. Determina asimismo que en cierto momento la denunciante y una amiga fueron invitadas por el grupo de amigos del investigado a fumar cachimba, para lo que todos ellos subieron a una de las habitaciones de los chicos, dónde permanecieron de charla en la terraza.. Añade que cuando el denunciado quiso tabaco, la denunciante se lo ofreció y ambos acudieron a la habitación de ésta, tras lo que salieron a la calle a fumar un cigarro.. Precisa que es en este momento cuando la chica mantiene que el procesado comenzó a hablar sobre sus pechos con la intención de tocarlos, mientras que éste sostiene, por su parte, que estuvieron los dos de «salseo» mientras él se insinuaba.. Concreta que al regresar al hotel los dos accedieron a una habitación en la que estuvieron solos durante una media hora, manteniendo una relación sexual en la cama, y que es a partir de entonces cuando «se bifurca» el relato de ambos.. «Difícil se hace entender que, en el contexto previo al suceso que se enjuicia, la denunciante aceptara voluntariamente quedarse a solas con el acusado en la habitación, si cuando salieron del hotel a fumar éste se había estado insinuando, haciéndole comentarios sobre sus pechos e incluso intentaba tocarlos, lo que no hizo ante su negativa porque, según ella misma manifiesta, no le apetecía y no le dio importancia porque él esta un poco borracho», dice la juez.. Para la magistrada «tampoco se entiende» la permanencia de la chica en la habitación, cuando «sabía que los otros chicos estaban» en la de al lado y de la proximidad de la recepción, por lo que le hubiera sido «fácil» pedir ayuda; toda vez que la propia denunciante «admite» que el procesado no fue violento, sin que conste que la amenazase o intimidase, o que la retuviese.. Por todo ello absuelve al joven del delito de abuso sexual por el que el fiscal había solicitado año y medio de cárcel, un año y ocho meses en el caso de la acusación particular.
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