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  España  Comunidad de Valencia  El juez rechaza ampliar la investigación por la falsificación del título del excomisionado de la Dana
Comunidad de ValenciaEspaña

El juez rechaza ampliar la investigación por la falsificación del título del excomisionado de la Dana

31 de julio de 2026
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El titular de la Plaza 4 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Valencia, que investiga la posible comisión de un delito de falsedad documental por la presunta falsificación en el año 1983 de un título de diplomado por parte del excomisionado de la Dana, José María Ángel Batalla, ha desestimado ampliar la investigación respecto de los delitos de prevaricación y nombramiento ilegal, como le solicitaba el Ministerio Fiscal. En un auto notificado este viernes a las partes, el magistrado explica que la ampliación que pide la acusación pública por los delitos de prevaricación respecto de las personas firmantes de los decretos de nombramiento o reconocimiento de complementos “habría de sustentarse en un eventual conocimiento de la falsedad o de la ausencia de titulación del investigado por los firmantes de los decretos, de lo cual no existe indicio alguno”. “Precisamente”- añade el auto- “el hecho de que se atribuya el uso de un documento falso al investigado, al objeto de obtener el acceso a la función pública, a las renovaciones o complementos salariales indica precisamente lo contrario: un desconocimiento de los firmantes de los decretos de la ausencia de la titulación universitaria del investigado”, por lo que no aprecia base para ampliar la investigación. Asimismo, el magistrado rechaza la práctica de diligencias con destino al Gobierno y a la Generalitat Valenciana debido a que los puestos que ocupó el investigado en sendas administraciones eran cargos de libre designación “no sujetos la posesión de titulación universitaria”. A este respecto, el instructor añade que “ni en la denuncia inicial, ni en los escritos posteriores, ni en la resolución de la Audiencia Provincial de 30 de marzo de 2026 se hacía referencia alguna al nombramiento como Comisionado de la Dana como objeto de investigación. Se centraba única y exclusivamente en los nombramientos de la Diputación Provincial”. De este modo, el titular de la Plaza 4 sí acuerda pedir al Secretario General de la Diputación de Valencia que informe sobre si el investigado podía desempeñar los cargos y puestos de trabajo que realizó en esta administración sin posesión del correspondiente título universitario. También le pide que aporte el decreto que reconocía al investigado un complemento como personal consolidado, además del expediente de éste. Por último, el auto estima la petición de una de las acusaciones y acuerda solicitar al Ayuntamiento de l’Eliana una copia del «Saluda del Alcalde/Coneix al teu alcalde», publicado en la web municipal, donde el investigado, supuestamente, declaró haber obtenido los diferentes títulos universitarios.

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El titular de la Plaza 4 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Valencia, que investiga la posible comisión de un delito de falsedad documental por la presunta falsificación en el año 1983 de un título de diplomado por parte del excomisionado de la Dana, José María Ángel Batalla, ha desestimado ampliar la investigación respecto de los delitos de prevaricación y nombramiento ilegal, como le solicitaba el Ministerio Fiscal.En un auto notificado este viernes a las partes, el magistrado explica que la ampliación que pide la acusación pública por los delitos de prevaricación respecto de las personas firmantes de los decretos de nombramiento o reconocimiento de complementos “habría de sustentarse en un eventual conocimiento de la falsedad o de la ausencia de titulación del investigado por los firmantes de los decretos, de lo cual no existe indicio alguno”.“Precisamente”- añade el auto- “el hecho de que se atribuya el uso de un documento falso al investigado, al objeto de obtener el acceso a la función pública, a las renovaciones o complementos salariales indica precisamente lo contrario: un desconocimiento de los firmantes de los decretos de la ausencia de la titulación universitaria del investigado”, por lo que no aprecia base para ampliar la investigación.Asimismo, el magistrado rechaza la práctica de diligencias con destino al Gobierno y a la Generalitat Valenciana debido a que los puestos que ocupó el investigado en sendas administraciones eran cargos de libre designación “no sujetos la posesión de titulación universitaria”.A este respecto, el instructor añade que “ni en la denuncia inicial, ni en los escritos posteriores, ni en la resolución de la Audiencia Provincial de 30 de marzo de 2026 se hacía referencia alguna al nombramiento como Comisionado de la Dana como objeto de investigación. Se centraba única y exclusivamente en los nombramientos de la Diputación Provincial”.De este modo, el titular de la Plaza 4 sí acuerda pedir al Secretario General de la Diputación de Valencia que informe sobre si el investigado podía desempeñar los cargos y puestos de trabajo que realizó en esta administración sin posesión del correspondiente título universitario. También le pide que aporte el decreto que reconocía al investigado un complemento como personal consolidado, además del expediente de éste.Por último, el auto estima la petición de una de las acusaciones y acuerda solicitar al Ayuntamiento de l’Eliana una copia del «Saluda del Alcalde/Coneix al teu alcalde», publicado en la web municipal, donde el investigado, supuestamente, declaró haber obtenido los diferentes títulos universitarios.

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