La venta de animales en España está regulada desde hace años para impedir prácticas ilícitas y proteger a los animales frente a situaciones de riesgo o tráfico. Solo pueden comercializarse en condiciones muy concretas y por personas o empresas autorizadas, según la legislación vigente.. El artículo 55 de la Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, establece que la venta de perros, gatos y hurones solo puede realizarse directamente por la persona criadora registrada, sin intermediarios. Además, toda operación debe incluir un contrato escrito de compraventa con cláusulas mínimas que se fijarán reglamentariamente.. Prohibido vender animales no identificados. La normativa prohíbe vender animales que no estén previamente identificados a nombre del vendedor. En el caso de especies sin sistema de identificación individual, su venta solo puede realizarse en tiendas autorizadas de animales de compañía, según detalla el BOE.. El artículo 74 tipifica como infracción grave incumplir las obligaciones y prohibiciones de la ley, no identificar correctamente a los animales, criar o comerciar con especies silvestres fuera de los supuestos permitidos o enviar animales vivos en condiciones no autorizadas. El artículo 76 fija que las infracciones graves se sancionan con multas de 10.001 a 50.000 euros, una horquilla que busca frenar el comercio ilegal y reforzar la protección animal.
La normativa estatal endurece el control sobre la cría y comercialización de animales de compañía y fija sanciones graves para quienes incumplan las obligaciones
La venta de animales en España está regulada desde hace años para impedir prácticas ilícitas y proteger a los animales frente a situaciones de riesgo o tráfico. Solo pueden comercializarse en condiciones muy concretas y por personas o empresas autorizadas, según la legislación vigente.. El artículo 55 de la Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, establece que la venta de perros, gatos y hurones solo puede realizarse directamente por la persona criadora registrada, sin intermediarios. Además, toda operación debe incluir un contrato escrito de compraventa con cláusulas mínimas que se fijarán reglamentariamente.. La normativa prohíbe vender animales que no estén previamente identificados a nombre del vendedor. En el caso de especies sin sistema de identificación individual, su venta solo puede realizarse en tiendas autorizadas de animales de compañía, según detalla el BOE.. El artículo 74 tipifica como infracción grave incumplir las obligaciones y prohibiciones de la ley, no identificar correctamente a los animales, criar o comerciar con especies silvestres fuera de los supuestos permitidos o enviar animales vivos en condiciones no autorizadas. El artículo 76 fija que las infracciones graves se sancionan con multas de 10.001 a 50.000 euros, una horquilla que busca frenar el comercio ilegal y reforzar la protección animal.
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