La Audiencia Provincial de Burgos ha condenado a cuatro meses de prisión por delitos contra la libertad de conciencia y los sentimientos religiosos a una mujer que, durante un brote psicótico, prendió fuego en un confesionario en una iglesia católica de la capital, pena que ha sido suspendida con la condición de que no vuelva a delinquir durante los dos próximos años.. La sentencia, de conformidad, recoge igualmente dos años de libertad vigilada, que se deberán cumplir en mediante la obligación de someterse a controles periódicos acorde a la esquizofrenia paranoide que sufre, y también la prohibición de acceder a cualquier lugar de culto católico durante un periodo de dos años.. Los hechos que se consideran probados, de acuerdo con la sentencia facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, tuvieron lugar el pasado 9 de marzo, cuando la mujer entró en la iglesia de San Lorenzo de la capital burgalesa cuando se celebraba una misa, con presencia de 350 feligreses.. En medio de un brote psicótico, la mujer prendió fuego en el interior de un confesionario con los papeles que llevaba en una mochila, y gracias a la rápida intervención del sacerdote se evitó que el fuego ocasionara graves daños; desde el día siguiente a los hechos tiene prohibido entrar en cualquier iglesia.. El pasado viernes, 10 de abril, estaba prevista la celebración del juicio en la Audiencia Provincial, si bien finalmente no se celebró tras un acuerdo entre Ministerio Fiscal y defensa, de modo que la sentencia emitida deviene firme, sin posibilidad de recurso.
El suceso tuvo lugar el pasado 9 de marzo, cuando a la condenada le dio un brote psicótico
La Audiencia Provincial de Burgos ha condenado a cuatro meses de prisión por delitos contra la libertad de conciencia y los sentimientos religiosos a una mujer que, durante un brote psicótico, prendió fuego en un confesionario en una iglesia católica de la capital, pena que ha sido suspendida con la condición de que no vuelva a delinquir durante los dos próximos años.. La sentencia, de conformidad, recoge igualmente dos años de libertad vigilada, que se deberán cumplir en mediante la obligación de someterse a controles periódicos acorde a la esquizofrenia paranoide que sufre, y también la prohibición de acceder a cualquier lugar de culto católico durante un periodo de dos años.. Los hechos que se consideran probados, de acuerdo con la sentencia facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, tuvieron lugar el pasado 9 de marzo, cuando la mujer entró en la iglesia de San Lorenzo de la capital burgalesa cuando se celebraba una misa, con presencia de 350 feligreses.. En medio de un brote psicótico, la mujer prendió fuego en el interior de un confesionario con los papeles que llevaba en una mochila, y gracias a la rápida intervención del sacerdote se evitó que el fuego ocasionara graves daños; desde el día siguiente a los hechos tiene prohibido entrar en cualquier iglesia.. El pasado viernes, 10 de abril, estaba prevista la celebración del juicio en la Audiencia Provincial, si bien finalmente no se celebró tras un acuerdo entre Ministerio Fiscal y defensa, de modo que la sentencia emitida deviene firme, sin posibilidad de recurso.
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