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  España  Andalucía  Condenado por publicar en redes sociales mensajes racistas para generar odio
AndalucíaEspaña

Condenado por publicar en redes sociales mensajes racistas para generar odio

28 de marzo de 2026
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La Audiencia de Málaga ha condenado a 15 meses de prisión a un hombre por publicar en sus redes sociales abiertas al público en general mensajes xenófobos y racistas contra personas extranjeras, con los que pretendía «estigmatizar y denigrar» a determinados colectivos; así como «despertar entre la población sentimientos de odio, rechazo y hostilidad».. Según se declara probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado, desde fecha no precisada, pero en todo caso hasta mayo de 2025, «guiado por sentimientos de rechazo y animadversión hacia las personas de origen extranjero, judías, de religión islámica o inmigrantes en general», utilizaba sus redes sociales para difundir mensajes de odio.. Así, a través de estas redes, administradas por él mismo y abiertas al público en general, «sin ningún tipo de restricción», el procesado publicaba, «con vocación de perpetuidad, mensajes y contenidos dirigidos, deliberadamente y de forma unidireccional, a estigmatizar y denigrar a tales colectivos», señala la resolución de la Audiencia.. De esta manera pretendía, dice la Sala, «despertar entre la población sentimientos de odio, rechazo y hostilidad», llegando en algunos de estos mensajes «a negar la existencia del Holocausto». Para la difusión de tales mensajes utilizaba fundamentalmente la cuenta de la red social X; unos posts «de contenido claramente xenófobo y racista».. En todos los casos, el acusado «era consciente de que sus mensajes se incorporaban a redes telemáticas con vocación de perpetuidad, careciendo desde ese momento del control sobre su zigzagueante difusión», de forma que dichas manifestaciones «podían multiplicar su impacto» mediante las sucesivas transmisiones, «con la consiguiente humillación de los colectivos de víctimas objeto de sus ataques».. Por estos hechos se le condena por un delito cometido con ocasión del ejercicio de los Derechos Fundamentales y Libertades Públicas en su modalidad de lesión a la dignidad a la pena de 15 meses de prisión y a la inhabilitación especial para profesión u oficio educativos durante cinco años más de la pena de cárcel; así como al pago de una multa de 2.700 euros.. Se le concede el beneficio de la suspensión de la ejecución de la pena de prisión durante tres años condicionada a no vuelva a delinquir en el plazo de tres años y al cumplimiento de la retirada de las publicaciones; así como a la participación en un programa formativo de igualdad de trato.. Esta sentencia se dicta con la conformidad del acusado y de su defensa con la acusación del fiscal y el Tribunal le concede la suspensión, al considerar que concurren los requisitos legales, tratándose de persona con arraigo familiar, social y laboral, y teniendo en cuenta la pena.

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Algunos de los post llegaron «a negar la existencia del Holocausto»

  

La Audiencia de Málaga ha condenado a 15 meses de prisión a un hombre por publicar en sus redes sociales abiertas al público en general mensajes xenófobos y racistas contra personas extranjeras, con los que pretendía «estigmatizar y denigrar» a determinados colectivos; así como «despertar entre la población sentimientos de odio, rechazo y hostilidad».. Según se declara probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado, desde fecha no precisada, pero en todo caso hasta mayo de 2025, «guiado por sentimientos de rechazo y animadversión hacia las personas de origen extranjero, judías, de religión islámica o inmigrantes en general», utilizaba sus redes sociales para difundir mensajes de odio.. Así, a través de estas redes, administradas por él mismo y abiertas al público en general, «sin ningún tipo de restricción», el procesado publicaba, «con vocación de perpetuidad, mensajes y contenidos dirigidos, deliberadamente y de forma unidireccional, a estigmatizar y denigrar a tales colectivos», señala la resolución de la Audiencia.. De esta manera pretendía, dice la Sala, «despertar entre la población sentimientos de odio, rechazo y hostilidad», llegando en algunos de estos mensajes «a negar la existencia del Holocausto». Para la difusión de tales mensajes utilizaba fundamentalmente la cuenta de la red social X; unos posts «de contenido claramente xenófobo y racista».. En todos los casos, el acusado «era consciente de que sus mensajes se incorporaban a redes telemáticas con vocación de perpetuidad, careciendo desde ese momento del control sobre su zigzagueante difusión», de forma que dichas manifestaciones «podían multiplicar su impacto» mediante las sucesivas transmisiones, «con la consiguiente humillación de los colectivos de víctimas objeto de sus ataques».. Por estos hechos se le condena por un delito cometido con ocasión del ejercicio de los Derechos Fundamentales y Libertades Públicas en su modalidad de lesión a la dignidad a la pena de 15 meses de prisión y a la inhabilitación especial para profesión u oficio educativos durante cinco años más de la pena de cárcel; así como al pago de una multa de 2.700 euros.. Se le concede el beneficio de la suspensión de la ejecución de la pena de prisión durante tres años condicionada a no vuelva a delinquir en el plazo de tres años y al cumplimiento de la retirada de las publicaciones; así como a la participación en un programa formativo de igualdad de trato.. Esta sentencia se dicta con la conformidad del acusado y de su defensa con la acusación del fiscal y el Tribunal le concede la suspensión, al considerar que concurren los requisitos legales, tratándose de persona con arraigo familiar, social y laboral, y teniendo en cuenta la pena.

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