Desde diciembre de 2025 hasta febrero de este año, dos capitales de provincia de Andalucía han actualizado sus respectivas ordenanzas municipales de circulación, con nuevas normas que afectan a la circulación de los vehículos de movilidad personal (VMP), popularmente llamados patinetes eléctricos, y con la previsión de que dos ciudades más renueven su normativa respecto a estos vehículos durante el primer semestre de 2026. De este modo, casi todas las capitales cuentan con sanciones que ascienden a 500 euros y han impuesto una edad límite para conductores de entre quince y 16 de años, así como límites de velocidad de hasta 25 kilómetros por hora como máximo, la prohibición del uso de auriculares o la obligatoriedad del uso del casco en la mayoría de las casuísticas.. En concreto, Almería es la capital de provincia andaluza que cuenta con una normativa de uso más reciente de los VMP. Asimismo, también se espera que la capital onubense actualice su normativa a finales de febrero de este mes y Jaén hará lo propio durante el primer semestre de este año. Por su parte, Sevilla también actualizó su normativa a finales de 2025, con el endurecimiento de multas y la prohibición de estos vehículos en aceras y zonas peatonales como regulaciones más destacadas.. De esta forma, el Consistorio de Almería es la Administración local andaluza que cuenta con una legislación relativa a la movilidad de los patinetes eléctricos más reciente. El pasado 10 de febrero se aprobó en el Pleno del Ayuntamiento de Almería la nueva ordenanza de movilidad que regula, por primera vez en la capital, el uso de los VMP. Según el texto de la normativa, consultado por Europa Press, la edad mínima que deben tener los usuarios de los patinetes eléctricos para poder circular en la capital es de 16 años, excepto a los ciudadanos que posean el permiso AM de ciclomotor, cuya edad mínima será de quince años.. Esta nueva ordenanza contempla multas de hasta 500 euros y especifica que se trata de vehículos unipersonales, con sanciones de hasta cien euros para quienes lleven a otro pasajero, así como de 200 euros quienes lleven más de dos personas, animales o algún tipo de carga. Al hilo, han apuntado que la próxima entrada en vigor del certificado de circulación será obligatorio, con multas de hasta 500 euros para quien no las porte. Por otra parte, el documento refleja que los VMP deben ir correctamente equipados con frenos, timbre, luces y otros dispositivos. En cuanto a las medidas de seguridad, se contempla el uso de casco y prendas reflectantes, así como la obligatoriedad de portar un banderín con mástil para aquellos vehículos que, junto con su conductor, no superen la altura de 1,5 metros.. En relación, el texto refleja multas de hasta 200 euros para quienes usan auriculares y altavoces que proyecten música al exterior o circulen con el móvil en la mano mientras conducen. Además, también se contemplan sanciones por hacer uso de los VMP bajo los efectos del alcohol o las drogas, así como para quienes no se bajen del vehículo al atravesar pasos de peatones. Asimismo, todos los límites a la circulación establecidos solo se podrán realizar por la calzada y carriles bici.. En cambio, la ordenanza municipal de circulación gaditana que data del 21 de julio de 2020, consultada por Europa Press, contempla especificaciones para el uso de los patinetes eléctricos. En ella, también se indican que su uso es exclusivamente uniplaza, aunque su uso está prohibido para menores de quince años. La velocidad a la que se debe circular es entre seis y 25 kilómetros por hora, con un máximo de 20 por calzadas abiertas al tráfico y con un metro de distancia mínima respecto a otros vehículos. Además, está prohibido su uso por parques, aceras y jardines y también está prohibido conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas, usar el móvil mientras se conduce y portar animales.. En cuanto a la seguridad, se debe usar el alumbrado en circulación nocturna por las calles de Cádiz, así como un chaleco reflectante o elemento adherido al casco o la ropa que haga el mismo efecto. Además, por carril bici se podrá circular, tan solo, a diez kilómetros por hora, siendo 20 el límite en carril bici sobre calzada y en sendas ciclistas. De igual modo, los usuarios deberán portar su Documento Nacional de Identidad (DNI), así como la documentación acreditativa de homologación del vehículo de Movilidad Personal y un Seguro de responsabilidad en caso de ser obligatorio, según la ordenanza local o la normativa estatal.. En la capital cordobesa, el texto oficial que ajustó la normativa de los VMP se registró en febrero de 2023, pero en una campaña de concienciación durante el verano de 2025 se recordaron las principales premisas y surtieron efecto al bajar notablemente el número de incidencias. En esta campaña se precisaba la prohibición del uso de los patinetes eléctricos bajo los efectos del alcohol y las drogas, así como por las aceras o zonas peatonales. En el citado documento también se especifica que tan solo puede usarlo una persona por vehículo, que los vehículos deben estar correctamente homologados, que está prohibido el ‘tunning’ de dichos modelos y que se deben usar luces y efectos reflectantes por la noche.. Por contra, fuentes del Consultorio de Granada han indicado que siguen la normativa de patinete eléctrico de la Dirección General de Tráfico (DGT). Por su parte, la ordenanza municipal de tráfico tan solo da una recomendación de uso del casco, siendo optativo por ciudad y obligatorio en trayectos interurbanos. También la edad mínima para su uso es de quince años y las multas pueden ascender hasta 500 euros en caso de infracciones graves, como circular por sentido contrario.. En Huelva se espera que a finales de febrero de 2026 se apruebe definitivamente una ordenanza municipal de circulación que indica que será de quince años la edad mínima para conducirlo, así como de uso unipersonal y auriculares prohibidos. En este caso, se podrá portar máximo una mochila, y la velocidad máxima será de 25 kilómetros por hora, siendo diez en zonas peatonales. Sólo se podrán estacionarse en lugares habituales y las multas, en Huelva, alcanzarán un máximo de 400 euros, siendo la única capital de provincia andaluza donde las sanciones económicas no alcanzan los 500 euros.. Por otro lado, fuentes de la Administración jiennense han concretado a Europa Press que el propio Consistorio trabaja en la primera ordenanza de tráfico, que previsiblemente verá luz en el primer semestre de 2026. Este borrador, han señalado, será el primer documento de regulación de VMP. Mientras tanto, el Ayuntamiento se está rigiendo, al igual que en el caso granadino, por la normativa estatal.. En Málaga, la regulación más reciente se publicó en noviembre de 2024, con multas de hasta 500 euros, una sola persona por vehículo y la obligatoriedad del uso del casco para su conducción y de portar el certificado de circulación previsto en la normativa nacional como principales normas. En cambio, en la capital malagueña los conductores tendrán que tener al menos 16 años, siendo más laxo que en la mayoría de las capitales andaluzas.. Finalmente, en diciembre de 2025 también se endureció la normativa de patinetes en la capital hispalense. Así, entre las novedades más destacadas, el nuevo texto obliga el uso de chaleco reflectante y casco de protección homologados y permite la circulación por vías ciclistas únicamente cuando la potencia del vehículo no exceda los quince kilómetros por hora en vías ciclistas. Además, en Sevilla se contemplan hasta multas de 500 euros –el máximo anterior en sanciones era de hasta 400 euros– y se prohíbe el estacionamiento en aceras y zonas peatonales.
Se ha impuesto una edad límite para conductores de entre 15 y 16 de años, así como límites de velocidad de hasta 25 kilómetros por hora
Desde diciembre de 2025 hasta febrero de este año, dos capitales de provincia de Andalucía han actualizado sus respectivas ordenanzas municipales de circulación, con nuevas normas que afectan a la circulación de los vehículos de movilidad personal (VMP), popularmente llamados patinetes eléctricos, y con la previsión de que dos ciudades más renueven su normativa respecto a estos vehículos durante el primer semestre de 2026. De este modo, casi todas las capitales cuentan con sanciones que ascienden a 500 euros y han impuesto una edad límite para conductores de entre quince y 16 de años, así como límites de velocidad de hasta 25 kilómetros por hora como máximo, la prohibición del uso de auriculares o la obligatoriedad del uso del casco en la mayoría de las casuísticas.. En concreto, Almería es la capital de provincia andaluza que cuenta con una normativa de uso más reciente de los VMP. Asimismo, también se espera que la capital onubense actualice su normativa a finales de febrero de este mes y Jaén hará lo propio durante el primer semestre de este año. Por su parte, Sevilla también actualizó su normativa a finales de 2025, con el endurecimiento de multas y la prohibición de estos vehículos en aceras y zonas peatonales como regulaciones más destacadas.. De esta forma, el Consistorio de Almería es la Administración local andaluza que cuenta con una legislación relativa a la movilidad de los patinetes eléctricos más reciente. El pasado 10 de febrero se aprobó en el Pleno del Ayuntamiento de Almería la nueva ordenanza de movilidad que regula, por primera vez en la capital, el uso de los VMP. Según el texto de la normativa, consultado por Europa Press, la edad mínima que deben tener los usuarios de los patinetes eléctricos para poder circular en la capital es de 16 años, excepto a los ciudadanos que posean el permiso AM de ciclomotor, cuya edad mínima será de quince años.. Esta nueva ordenanza contempla multas de hasta 500 euros y especifica que se trata de vehículos unipersonales, con sanciones de hasta cien euros para quienes lleven a otro pasajero, así como de 200 euros quienes lleven más de dos personas, animales o algún tipo de carga. Al hilo, han apuntado que la próxima entrada en vigor del certificado de circulación será obligatorio, con multas de hasta 500 euros para quien no las porte. Por otra parte, el documento refleja que los VMP deben ir correctamente equipados con frenos, timbre, luces y otros dispositivos. En cuanto a las medidas de seguridad, se contempla el uso de casco y prendas reflectantes, así como la obligatoriedad de portar un banderín con mástil para aquellos vehículos que, junto con su conductor, no superen la altura de 1,5 metros.. En relación, el texto refleja multas de hasta 200 euros para quienes usan auriculares y altavoces que proyecten música al exterior o circulen con el móvil en la mano mientras conducen. Además, también se contemplan sanciones por hacer uso de los VMP bajo los efectos del alcohol o las drogas, así como para quienes no se bajen del vehículo al atravesar pasos de peatones. Asimismo, todos los límites a la circulación establecidos solo se podrán realizar por la calzada y carriles bici.. En cambio, la ordenanza municipal de circulación gaditana que data del 21 de julio de 2020, consultada por Europa Press, contempla especificaciones para el uso de los patinetes eléctricos. En ella, también se indican que su uso es exclusivamente uniplaza, aunque su uso está prohibido para menores de quince años. La velocidad a la que se debe circular es entre seis y 25 kilómetros por hora, con un máximo de 20 por calzadas abiertas al tráfico y con un metro de distancia mínima respecto a otros vehículos. Además, está prohibido su uso por parques, aceras y jardines y también está prohibido conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas, usar el móvil mientras se conduce y portar animales.. En cuanto a la seguridad, se debe usar el alumbrado en circulación nocturna por las calles de Cádiz, así como un chaleco reflectante o elemento adherido al casco o la ropa que haga el mismo efecto. Además, por carril bici se podrá circular, tan solo, a diez kilómetros por hora, siendo 20 el límite en carril bici sobre calzada y en sendas ciclistas. De igual modo, los usuarios deberán portar su Documento Nacional de Identidad (DNI), así como la documentación acreditativa de homologación del vehículo de Movilidad Personal y un Seguro de responsabilidad en caso de ser obligatorio, según la ordenanza local o la normativa estatal.. En la capital cordobesa, el texto oficial que ajustó la normativa de los VMP se registró en febrero de 2023, pero en una campaña de concienciación durante el verano de 2025 se recordaron las principales premisas y surtieron efecto al bajar notablemente el número de incidencias. En esta campaña se precisaba la prohibición del uso de los patinetes eléctricos bajo los efectos del alcohol y las drogas, así como por las aceras o zonas peatonales. En el citado documento también se especifica que tan solo puede usarlo una persona por vehículo, que los vehículos deben estar correctamente homologados, que está prohibido el ‘tunning’ de dichos modelos y que se deben usar luces y efectos reflectantes por la noche.. Por contra, fuentes del Consultorio de Granada han indicado que siguen la normativa de patinete eléctrico de la Dirección General de Tráfico (DGT). Por su parte, la ordenanza municipal de tráfico tan solo da una recomendación de uso del casco, siendo optativo por ciudad y obligatorio en trayectos interurbanos. También la edad mínima para su uso es de quince años y las multas pueden ascender hasta 500 euros en caso de infracciones graves, como circular por sentido contrario.. En Huelva se espera que a finales de febrero de 2026 se apruebe definitivamente una ordenanza municipal de circulación que indica que será de quince años la edad mínima para conducirlo, así como de uso unipersonal y auriculares prohibidos. En este caso, se podrá portar máximo una mochila, y la velocidad máxima será de 25 kilómetros por hora, siendo diez en zonas peatonales. Sólo se podrán estacionarse en lugares habituales y las multas, en Huelva, alcanzarán un máximo de 400 euros, siendo la única capital de provincia andaluza donde las sanciones económicas no alcanzan los 500 euros.. Por otro lado, fuentes de la Administración jiennense han concretado a Europa Press que el propio Consistorio trabaja en la primera ordenanza de tráfico, que previsiblemente verá luz en el primer semestre de 2026. Este borrador, han señalado, será el primer documento de regulación de VMP. Mientras tanto, el Ayuntamiento se está rigiendo, al igual que en el caso granadino, por la normativa estatal.. En Málaga, la regulación más reciente se publicó en noviembre de 2024, con multas de hasta 500 euros, una sola persona por vehículo y la obligatoriedad del uso del casco para su conducción y de portar el certificado de circulación previsto en la normativa nacional como principales normas. En cambio, en la capital malagueña los conductores tendrán que tener al menos 16 años, siendo más laxo que en la mayoría de las capitales andaluzas.. Finalmente, en diciembre de 2025 también se endureció la normativa de patinetes en la capital hispalense. Así, entre las novedades más destacadas, el nuevo texto obliga el uso de chaleco reflectante y casco de protección homologados y permite la circulación por vías ciclistas únicamente cuando la potencia del vehículo no exceda los quince kilómetros por hora en vías ciclistas. Además, en Sevilla se contemplan hasta multas de 500 euros –el máximo anterior en sanciones era de hasta 400 euros– y se prohíbe el estacionamiento en aceras y zonas peatonales.
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