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  Deportes  ¡Ya hay sanción para Lunin!
DeportesFútbol

¡Ya hay sanción para Lunin!

29 de octubre de 2025
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César Soto Grado, colegiado del clásico, expulsó al portero madridista Andriy Lunin y mostró seis tarjetas amarillas, a Rodrygo, Militao y Vinícius por el Real Madrid y a Ferran Torres, Fermín López y Alejandro Balde por el Barcelona, en la tangana con la que se cerró el partido en el estadio Santiago Bernabéu.. Según refleja el acta del partido, a la expulsión por doble amonestación de Pedri le siguió en la zona de banquillos la del portero suplente del Real Madrid, Lunin, por «salir de su banquillo hacia el banquillo rival, en actitud agresiva, teniendo que ser sujetado por sus propios compañeros».. Una roja que fue recurrida por el club blanco y que el Comité de Disciplina ha desestimado tras comprobar que las pruebas aportadas no desvirtúan el contenido del acta.. El Comité de Disciplina de la RFEF ha sancionado con un encuentro al jugador del Real Madrid. por considerar su actitud contraria al buen orden deportivo de carácter leve.. Actitud contraria al buen orden deportivo. «1 partido de suspensión por conducta contraria al buen orden deportivo, con multa/s accesoria/as en aplicación del artículo 52 CD.. (Artículo: 129)», recoge la resolución del Comité de disciplina.. El artículo 129 de la normativa de la RFEF recoge las conductas contrarias al buen orden deportivo. Este artículo se aplica a comportamientos que no son directamente faltas de juego, pero que atentan contra la deportividad, como gestos ofensivos o actitudes que perjudican la integridad de la competición. Es el fundamento legal que permite a los órganos disciplinarios sancionar este tipo de conductas, y las sanciones pueden variar dependiendo de la gravedad del incidente.. El comité de Disciplina también explica que el recurso del Real Madrid ha sido desestimado. «Vistas las alegaciones y la prueba videográfica aportadas por el Real Madrid CF respecto a la expulsión impuesta en el minuto 90 más 9 del. encuentro al jugador D. Andrii Lunin este Comité de Disciplina considera lo siguiente:. Primero.- El Club alegante señala en su escrito que concurre un error material manifiesto en el acta arbitral, en cuanto de la prueba videográfica aportada resultaría que la infracción imputada al jugador expulsado no existe, en cuanto la conducta descrita en el acta no se corresponde con la realidad de lo ocurrido, pues el jugador expulsado “sale de su banquillo únicamente para interponerse entre Ferran Torres y Vinicius Jr en un intento evidente de evitar un enfrentamiento y restablecer la calma”. Asimismo, se alega que tal intervención, conciliadora, es coherente con su perfil personal y profesional, de hombre calmado y no agresivo.. Por todo ello, solicita que se deje sin efecto disciplinario la citada expulsión.. Segundo.- Constituye un criterio reiterado de este Comité de Disciplina, como bien recoge el escrito de alegaciones del Real Madrid CF, el que la apreciación de un error material manifiesto en el acta arbitral exige la aportación de elementos de prueba que de forma inequívoca, más allá de toda duda razonable, acredite bien la inexistencia del hecho reflejado en el acta o bien su patente arbitrariedad».. «No desacreditan el acta arbitral». «El atento examen por este Comité de las imágenes aportadas no permite apreciar de forma inequívoca que no exista la conducta descrita en el Acta, no pudiendo este Comité sustituir el criterio del colegiado en la apreciación de si concurre o no la infracción sancionada, por el criterio valorativo sin duda muy respetable del club alegante ni por el que pudiera tener el propio Comité. Por ello procede desestimar las alegaciones formuladas», concluye el escrito.. Aún así, el club blanco aún puede recurrir ante el Comité de Aplicación y en última instancia solicitar la cautelar ante el TAD.

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El Comité de Disciplina de la RFEF ha hecho pública la sanción disciplinaria al portero del Real Madrid por la tangana entre banquillos al final del clásico.

  

César Soto Grado, colegiado del clásico, expulsó al portero madridista Andriy Lunin y mostró seis tarjetas amarillas, a Rodrygo, Militao y Vinícius por el Real Madrid y a Ferran Torres, Fermín López y Alejandro Balde por el Barcelona, en la tangana con la que se cerró el partido en el estadio Santiago Bernabéu.. Según refleja el acta del partido, a la expulsión por doble amonestación de Pedri le siguió en la zona de banquillos la del portero suplente del Real Madrid, Lunin, por «salir de su banquillo hacia el banquillo rival, en actitud agresiva, teniendo que ser sujetado por sus propios compañeros».. Una roja que fue recurrida por el club blanco y que el Comité de Disciplina ha desestimado tras comprobar que las pruebas aportadas no desvirtúan el contenido del acta.. El Comité de Disciplina de la RFEF ha sancionado con un encuentro al jugador del Real Madrid. por considerar su actitud contraria al buen orden deportivo de carácter leve.. Actitud contraria al buen orden deportivo. «1 partido de suspensión por conducta contraria al buen orden deportivo, con multa/s accesoria/as en aplicación del artículo 52 CD.. (Artículo: 129)», recoge la resolución del Comité de disciplina.. El artículo 129 de la normativa de la RFEF recoge las conductas contrarias al buen orden deportivo. Este artículo se aplica a comportamientos que no son directamente faltas de juego, pero que atentan contra la deportividad, como gestos ofensivos o actitudes que perjudican la integridad de la competición. Es el fundamento legal que permite a los órganos disciplinarios sancionar este tipo de conductas, y las sanciones pueden variar dependiendo de la gravedad del incidente.. El comité de Disciplina también explica que el recurso del Real Madrid ha sido desestimado. «Vistas las alegaciones y la prueba videográfica aportadas por el Real Madrid CF respecto a la expulsión impuesta en el minuto 90 más 9 del. encuentro al jugador D. Andrii Lunin este Comité de Disciplina considera lo siguiente:. Primero.- El Club alegante señala en su escrito que concurre un error material manifiesto en el acta arbitral, en cuanto de la prueba videográfica aportada resultaría que la infracción imputada al jugador expulsado no existe, en cuanto la conducta descrita en el acta no se corresponde con la realidad de lo ocurrido, pues el jugador expulsado “sale de su banquillo únicamente para interponerse entre Ferran Torres y Vinicius Jr en un intento evidente de evitar un enfrentamiento y restablecer la calma”. Asimismo, se alega que tal intervención, conciliadora, es coherente con su perfil personal y profesional, de hombre calmado y no agresivo.. Por todo ello, solicita que se deje sin efecto disciplinario la citada expulsión.. Segundo.- Constituye un criterio reiterado de este Comité de Disciplina, como bien recoge el escrito de alegaciones del Real Madrid CF, el que la apreciación de un error material manifiesto en el acta arbitral exige la aportación de elementos de prueba que de forma inequívoca, más allá de toda duda razonable, acredite bien la inexistencia del hecho reflejado en el acta o bien su patente arbitrariedad».. «No desacreditan el acta arbitral». «El atento examen por este Comité de las imágenes aportadas no permite apreciar de forma inequívoca que no exista la conducta descrita en el Acta, no pudiendo este Comité sustituir el criterio del colegiado en la apreciación de si concurre o no la infracción sancionada, por el criterio valorativo sin duda muy respetable del club alegante ni por el que pudiera tener el propio Comité. Por ello procede desestimar las alegaciones formuladas», concluye el escrito.. Aún así, el club blanco aún puede recurrir ante el Comité de Aplicación y en última instancia solicitar la cautelar ante el TAD.

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