El Tribunal de Instancia de Cambados ha condenado a un taxista a una multa de 900 euros por apropiarse de 35,20 euros que un cliente le envió por error a través de Bizum.. La magistrada aprecia la comisión de un delito leve de apropiación indebida, al entender que el acusado, lejos de devolver el importe tras ser advertido del fallo, optó por quedarse con el dinero de forma consciente y definitiva, según recoge la sentencia dictada el pasado mes de diciembre.. El caso se remonta a agosto de 2025, cuando un hombre de 69 años contrató un taxi para desplazarse desde un hotel hasta la estación de tren de Pontevedra. La carrera ascendió a 53 euros y, al no disponer el conductor de cambio, el cliente abonó 50 euros en efectivo y los 3 euros restantes mediante Bizum, operación que quedó registrada correctamente.. Días después, el mismo cliente realizó un nuevo Bizum por importe de 35,20 euros, pero en esta ocasión el destinatario no era el taxista, sino un amigo con el mismo nombre.. El error se detectó casi de inmediato y ese mismo día el afectado contactó por WhatsApp con el conductor para explicarle la situación y solicitarle la devolución del dinero enviado por equivocación.. Mensajes, advertencias y silencio. La sentencia detalla una cadena de mensajes enviados durante varias semanas en los que el cliente reclama el reintegro del importe, siempre en tono correcto y explicando con claridad el origen del error.. El taxista, sin embargo, no respondió en la mayoría de las ocasiones y únicamente llegó a contestar una vez con un escueto mensaje en el que afirmaba que lo revisaría “cuando tuviera tiempo”, sin que llegara a producirse devolución alguna.. Ante la falta de respuesta, el perjudicado acabó presentando denuncia ante la Guardia Civil en su lugar de residencia, lo que dio lugar a la apertura del procedimiento judicial que ahora concluye con condena.. Delito leve de apropiación indebida. En su resolución, la jueza subraya que la prueba practicada —la declaración del denunciante y los mensajes intercambiados— es suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia.. Considera acreditado que el taxista recibió el dinero por error, fue informado de ello y, pese a todo, decidió incorporarlo a su patrimonio, cumpliéndose así los requisitos del artículo 254.2 del Código Penal.. Además de la multa de dos meses a razón de 15 euros diarios, el condenado deberá indemnizar al cliente con los 35,20 euros correspondientes, más los intereses legales. La sentencia no es firme y puede ser recurrida en apelación.
La jueza considera probado que el conductor incorporó el dinero a su patrimonio pese a las reiteradas peticiones de devolución del cliente
El Tribunal de Instancia de Cambados ha condenado a un taxista a una multa de 900 euros por apropiarse de 35,20 euros que un cliente le envió por error a través de Bizum.. La magistrada aprecia la comisión de un delito leve de apropiación indebida, al entender que el acusado, lejos de devolver el importe tras ser advertido del fallo, optó por quedarse con el dinero de forma consciente y definitiva, según recoge la sentencia dictada el pasado mes de diciembre.. El caso se remonta a agosto de 2025, cuando un hombre de 69 años contrató un taxi para desplazarse desde un hotel hasta la estación de tren de Pontevedra. La carrera ascendió a 53 euros y, al no disponer el conductor de cambio, el cliente abonó 50 euros en efectivo y los 3 euros restantes mediante Bizum, operación que quedó registrada correctamente.. Días después, el mismo cliente realizó un nuevo Bizum por importe de 35,20 euros, pero en esta ocasión el destinatario no era el taxista, sino un amigo con el mismo nombre.. El error se detectó casi de inmediato y ese mismo día el afectado contactó por WhatsApp con el conductor para explicarle la situación y solicitarle la devolución del dinero enviado por equivocación.. Mensajes, advertencias y silencio. La sentencia detalla una cadena de mensajes enviados durante varias semanas en los que el cliente reclama el reintegro del importe, siempre en tono correcto y explicando con claridad el origen del error.. El taxista, sin embargo, no respondió en la mayoría de las ocasiones y únicamente llegó a contestar una vez con un escueto mensaje en el que afirmaba que lo revisaría “cuando tuviera tiempo”, sin que llegara a producirse devolución alguna.. Ante la falta de respuesta, el perjudicado acabó presentando denuncia ante la Guardia Civil en su lugar de residencia, lo que dio lugar a la apertura del procedimiento judicial que ahora concluye con condena.. Delito leve de apropiación indebida. En su resolución, la jueza subraya que la prueba practicada —la declaración del denunciante y los mensajes intercambiados— es suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia.. Considera acreditado que el taxista recibió el dinero por error, fue informado de ello y, pese a todo, decidió incorporarlo a su patrimonio, cumpliéndose así los requisitos del artículo 254.2 del Código Penal.. Además de la multa de dos meses a razón de 15 euros diarios, el condenado deberá indemnizar al cliente con los 35,20 euros correspondientes, más los intereses legales. La sentencia no es firme y puede ser recurrida en apelación.
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