La madrugada se convirtió en una pesadilla dentro de una vivienda de Ordes. Gritos, forcejeos y disparos a escasos metros rompieron el silencio mientras una familia intentaba sobrevivir a un asalto que estuvo a punto de acabar en tragedia. La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a José Manuel Martínez, conocido como ‘Pandolo’, a 24 años y 4 meses de prisión por intentar matar a dos personas durante un violento asalto armado ocurrido el 31 de mayo de 2023.. El tribunal considera acreditado que el acusado, un atracador reincidente con antecedentes por tentativa de homicidio, accedió a la vivienda de madrugada con la intención de robar y portando una pistola sin licencia y con el número de serie borrado. Durante el intento de sustraer un vehículo del interior de la propiedad, disparó en varias ocasiones, dos de ellas con clara intención homicida, según recoge el fallo hecho público por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).. Uno de los disparos alcanzó a uno de los habitantes en el abdomen, causándole heridas graves y un riesgo vital potencial. Poco después, el acusado apuntó a la cabeza de otro miembro de la familia y llegó a apretar el gatillo, pero el arma se encasquilló, evitando un desenlace fatal. “Si no falla la pistola, estamos todos muertos”, relataron las víctimas durante el juicio, insistiendo en que los disparos fueron directos y a menos de dos metros de distancia.. La sentencia considera a Pandolo autor de dos delitos de homicidio en grado de tentativa, concurriendo la agravante de reincidencia, además de un delito de robo con violencia en casa habitada en grado de tentativa, tenencia ilícita de arma de fuego, coacciones y un delito leve de hurto. La sala lo absuelve, sin embargo, de un tercer intento de homicidio al no quedar plenamente acreditada la intención de matar en ese disparo concreto, aplicando el principio in dubio pro reo.. Los magistrados subrayan que el acusado actuó con dolo directo, una voluntad clara de matar, evidenciada por el uso del arma de fuego y la violencia desplegada dentro del domicilio familiar. La resolución destaca también que llegó a obligar a una mujer, a punta de pistola, a subir a un vehículo y maniobrar con él para facilitar su huida, lo que fundamenta la condena adicional por coacciones.. Durante el juicio, Pandolo negó haber querido matar a nadie. “Hice cuatro o cinco disparos al aire para que no se me acercaran”, sostuvo, asegurando que entró en la casa “por comida” y que el intento de llevarse el coche “surgió después”. Su defensa pidió la libre absolución alegando que padece esquizofrenia y que no existía ánimo homicida, calificando el disparo que hirió a una de las víctimas como “fruto de un forcejeo” y, en todo caso, constitutivo de un delito de lesiones.. La Audiencia rechaza de forma tajante esa tesis. Los informes forenses concluyen que el acusado conservaba en el momento de los hechos la capacidad de comprender la ilicitud de sus actos y de actuar conforme a esa comprensión, por lo que no aprecia ni eximente completa ni atenuante cualificada por alteración psíquica.. Además de la pena de prisión, la sentencia impone órdenes de alejamiento y prohibición de comunicación durante 12 años, así como una medida de libertad vigilada que se ejecutará tras el cumplimiento de las condenas. Pandolo deberá indemnizar a las víctimas por las lesiones físicas y psicológicas sufridas, así como al Sergas por los gastos de la atención médica.. El fallo no es firme y puede ser recurrido ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
La Audiencia considera probado que disparó con dolo homicida durante un violento asalto nocturno y rechaza la eximente por esquizofrenia
La madrugada se convirtió en una pesadilla dentro de una vivienda de Ordes. Gritos, forcejeos y disparos a escasos metros rompieron el silencio mientras una familia intentaba sobrevivir a un asalto que estuvo a punto de acabar en tragedia. La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a José Manuel Martínez, conocido como ‘Pandolo’, a 24 años y 4 meses de prisiónpor intentar matar a dos personas durante un violento asalto armado ocurrido el 31 de mayo de 2023.. El tribunal considera acreditado que el acusado, un atracador reincidente con antecedentes por tentativa de homicidio, accedió a la vivienda de madrugada con la intención de robar y portando una pistola sin licencia y con el número de serie borrado. Durante el intento de sustraer un vehículo del interior de la propiedad, disparó en varias ocasiones, dos de ellas con clara intención homicida, según recoge el fallo hecho público por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).. Uno de los disparos alcanzó a uno de los habitantes en el abdomen, causándole heridas graves y un riesgo vital potencial. Poco después, el acusado apuntó a la cabeza de otro miembro de la familia y llegó a apretar el gatillo, pero el arma se encasquilló, evitando un desenlace fatal. “Si no falla la pistola, estamos todos muertos”, relataron las víctimas durante el juicio, insistiendo en que los disparos fueron directos y a menos de dos metros de distancia.. La sentencia considera a Pandolo autor de dos delitos de homicidio en grado de tentativa, concurriendo la agravante de reincidencia, además de un delito de robo con violencia en casa habitada en grado de tentativa, tenencia ilícita de arma de fuego, coacciones y un delito leve de hurto. La sala lo absuelve, sin embargo, de un tercer intento de homicidio al no quedar plenamente acreditada la intención de matar en ese disparo concreto, aplicando el principio in dubio pro reo.. Los magistrados subrayan que el acusado actuó con dolo directo, una voluntad clara de matar, evidenciada por el uso del arma de fuego y la violencia desplegada dentro del domicilio familiar. La resolución destaca también que llegó a obligar a una mujer, a punta de pistola, a subir a un vehículo y maniobrar con él para facilitar su huida, lo que fundamenta la condena adicional por coacciones.. Durante el juicio, Pandolo negó haber querido matar a nadie. “Hice cuatro o cinco disparos al aire para que no se me acercaran”, sostuvo, asegurando que entró en la casa “por comida” y que el intento de llevarse el coche “surgió después”. Su defensa pidió la libre absolución alegando que padece esquizofrenia y que no existía ánimo homicida, calificando el disparo que hirió a una de las víctimas como “fruto de un forcejeo” y, en todo caso, constitutivo de un delito de lesiones.. La Audiencia rechaza de forma tajante esa tesis. Los informes forenses concluyen que el acusado conservaba en el momento de los hechos la capacidad de comprender la ilicitud de sus actos y de actuar conforme a esa comprensión, por lo que no aprecia ni eximente completa ni atenuante cualificada por alteración psíquica.. Además de la pena de prisión, la sentencia impone órdenes de alejamiento y prohibición de comunicación durante 12 años, así como una medida de libertad vigilada que se ejecutará tras el cumplimiento de las condenas. Pandolo deberá indemnizar a las víctimas por las lesiones físicas y psicológicas sufridas, así como al Sergas por los gastos de la atención médica.. El fallo no es firme y puede ser recurrido ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
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