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  Sociedad  Se acabó adelantar a los ciclistas como hasta ahora: la nueva norma de la DGT entra en vigor en octubre
Sociedad

Se acabó adelantar a los ciclistas como hasta ahora: la nueva norma de la DGT entra en vigor en octubre

29 de junio de 2026
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Los conductores españoles tendrán que adaptarse a nuevas normas de circulación a partir del 1 de octubre de 2026. El Consejo de Ministros ha aprobado una modificación del Reglamento General de Circulación con el objetivo de reforzar la protección de los usuarios más vulnerables de la vía, especialmente los ciclistas, introduciendo nuevas obligaciones tanto para quienes conducen vehículos a motor como para quienes se desplazan en bicicleta. Uno de los cambios más importantes afecta a los adelantamientos en carretera. Desde la entrada en vigor de la reforma, cualquier conductor que quiera rebasar a un ciclista en una vía interurbana deberá reducir su velocidad en al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite máximo permitido. De este modo, en una carretera limitada a 90 km/h, la maniobra solo podrá realizarse a un máximo de 70 km/h. Esta obligación se suma a las medidas ya existentes desde la reforma de la Ley de Tráfico de 2022. Los conductores seguirán estando obligados a dejar una separación lateral mínima de 1,5 metros al adelantar a un ciclista y, en las carreteras con dos o más carriles por sentido, deberán cambiar completamente de carril para efectuar el adelantamiento. Las maniobras peligrosas continúan sancionándose con multas de hasta 200 euros y la retirada de seis puntos del permiso de conducir. Más distancia también en las ciudades La reforma no solo afecta a las carreteras. En los entornos urbanos también cambian las normas para mejorar la convivencia entre vehículos y bicicletas. Los conductores deberán mantener una distancia mínima de cinco metros cuando circulen detrás de un ciclista por el mismo carril. Con esta medida, la Dirección General de Tráfico pretende evitar situaciones de presión sobre los ciclistas, especialmente en calles estrechas o con elevada intensidad de tráfico. Además, los ciclistas pasarán a ocupar preferentemente el centro del carril cuando circulen por ciudad, una posición que, según Tráfico, mejora su visibilidad y reduce el riesgo de adelantamientos demasiado próximos. La nueva normativa también permitirá que los ayuntamientos autoricen la circulación de bicicletas en ambos sentidos en calles de un único carril y con límite de velocidad de 30 km/h o inferior, una posibilidad que ya existe en numerosas ciudades europeas. Casco obligatorio para todos los ciclistas Otra de las novedades más relevantes afecta al uso del casco. La reforma elimina las excepciones que hasta ahora permitían prescindir de él en determinadas circunstancias en vías interurbanas, como durante ascensos prolongados o por razones médicas. A partir de octubre, todos los ciclistas deberán llevar casco cuando circulen por este tipo de vías. También se endurecen las obligaciones para quienes trabajan repartiendo en bicicleta. Los profesionales deberán utilizar siempre casco y chaleco reflectante durante su jornada laboral. El incumplimiento de cualquiera de estas exigencias será c

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Uno de los cambios más importantes afecta a los adelantamientos en carretera

  

Los conductores españoles tendrán que adaptarse a nuevas normas de circulación a partir del 1 de octubre de 2026. El Consejo de Ministros ha aprobado una modificación del Reglamento General de Circulación con el objetivo de reforzar la protección de los usuarios más vulnerables de la vía, especialmente los ciclistas, introduciendo nuevas obligaciones tanto para quienes conducen vehículos a motor como para quienes se desplazan en bicicleta.Uno de los cambios más importantes afecta a los adelantamientos en carretera. Desde la entrada en vigor de la reforma, cualquier conductor que quiera rebasar a un ciclista en una vía interurbana deberá reducir su velocidad en al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite máximo permitido. De este modo, en una carretera limitada a 90 km/h, la maniobra solo podrá realizarse a un máximo de 70 km/h.Esta obligación se suma a las medidas ya existentes desde la reforma de la Ley de Tráfico de 2022. Los conductores seguirán estando obligados a dejar una separación lateral mínima de 1,5 metros al adelantar a un ciclista y, en las carreteras con dos o más carriles por sentido, deberán cambiar completamente de carril para efectuar el adelantamiento. Las maniobras peligrosas continúan sancionándose con multas de hasta 200 euros y la retirada de seis puntos del permiso de conducir.Más distancia también en las ciudadesLa reforma no solo afecta a las carreteras. En los entornos urbanos también cambian las normas para mejorar la convivencia entre vehículos y bicicletas.Los conductores deberán mantener una distancia mínima de cinco metros cuando circulen detrás de un ciclista por el mismo carril. Con esta medida, la Dirección General de Tráfico pretende evitar situaciones de presión sobre los ciclistas, especialmente en calles estrechas o con elevada intensidad de tráfico.Además, los ciclistas pasarán a ocupar preferentemente el centro del carril cuando circulen por ciudad, una posición que, según Tráfico, mejora su visibilidad y reduce el riesgo de adelantamientos demasiado próximos.La nueva normativa también permitirá que los ayuntamientos autoricen la circulación de bicicletas en ambos sentidos en calles de un único carril y con límite de velocidad de 30 km/h o inferior, una posibilidad que ya existe en numerosas ciudades europeas.Casco obligatorio para todos los ciclistasOtra de las novedades más relevantes afecta al uso del casco.La reforma elimina las excepciones que hasta ahora permitían prescindir de él en determinadas circunstancias en vías interurbanas, como durante ascensos prolongados o por razones médicas. A partir de octubre, todos los ciclistas deberán llevar casco cuando circulen por este tipo de vías.También se endurecen las obligaciones para quienes trabajan repartiendo en bicicleta. Los profesionales deberán utilizar siempre casco y chaleco reflectante durante su jornada laboral. El incumplimiento de cualquiera de estas exigencias será considerado

 

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