La Justicia ha impuesto una multa de 7.501 euros a una empresa de la provincia de León por simular un despido disciplinario de una trabajadora de 62 años con el único objetivo de que esta pudiera cobrar la prestación por desempleo hasta alcanzar la edad legal de jubilación. El Juzgado de lo Social número 2 de Ponferrada, que analizó el caso tras la actuación de la Inspección de Trabajo, consideró probado que la separación laboral fue un fraude pactado entre las partes, lo que conlleva además la obligación de devolver todas las prestaciones indebidamente percibidas.. Los hechos se remontan a hace dos años, cuando la empleada, con una larga trayectoria en la compañía, regresó a su puesto después de una baja médica, apenas un mes después de su reincorporación, la empresa la despidió mediante una fórmula disciplinaria. Este hecho, unido a la circunstancia de que la trabajadora no recurriera en ningún momento la decisión de la empresa, activó las alarmas de la Inspección de Trabajo. La proximidad de la mujer a la edad de jubilación (situada en los 65 o 66 años y ocho meses, dependiendo de los años cotizados) fue otro elemento clave que despertó las sospechas de las autoridades laborales.. Una estrategia fraudulenta detectada por las anomalías. La investigación puso de manifiesto las notorias irregularidades del proceso, los inspectores destacaron la falta de lógica en un despido disciplinario tan próximo a una baja por enfermedad y, sobre todo, la pasividad total de la trabajadora, quien aceptó la medida sin presentar reclamación alguna, esta actitud resulta atípica en cualquier caso, pero especialmente en un trabajador con antigüedad que es despedido por presuntas faltas graves. El tribunal concluyó que estos indicios demostraban la existencia de un acuerdo entre la empresa y la empleada para obtener un beneficio económico del sistema público de protección por desempleo.. La sentencia judicial ratificó la sanción económica de 7.501 euros impuesta inicialmente por la Inspección de Trabajo a la empresa por esta conducta fraudulenta. Además, la resolución judicial conlleva la obligación de reintegrar a la Seguridad Social el importe total de las prestaciones por desempleo que la trabajadora hubiera cobrado de manera indebida desde la fecha del despido simulado hasta que el fraude fue descubierto.
Una empresa de León ha sido sancionada por fingir el despido disciplinario de una trabajadora de 62 años, en un pacto para que esta accediera a la prestación por desempleo hasta su jubilación, según la sentencia de un juzgado social de Ponferrada
La Justicia ha impuesto una multa de 7.501 euros a una empresa de la provincia de León por simular un despido disciplinario de una trabajadora de 62 años con el único objetivo de que esta pudiera cobrar la prestación por desempleo hasta alcanzar la edad legal de jubilación. El Juzgado de lo Social número 2 de Ponferrada, que analizó el caso tras la actuación de la Inspección de Trabajo, consideró probado que la separación laboral fue un fraude pactado entre las partes, lo que conlleva además la obligación de devolver todas las prestaciones indebidamente percibidas.. Los hechos se remontan a hace dos años, cuando la empleada, con una larga trayectoria en la compañía, regresó a su puesto después de una baja médica, apenas un mes después de su reincorporación, la empresa la despidió mediante una fórmula disciplinaria. Este hecho, unido a la circunstancia de que la trabajadora no recurriera en ningún momento la decisión de la empresa, activó las alarmas de la Inspección de Trabajo. La proximidad de la mujer a la edad de jubilación (situada en los 65 o 66 años y ocho meses, dependiendo de los años cotizados) fue otro elemento clave que despertó las sospechas de las autoridades laborales.. La investigación puso de manifiesto las notorias irregularidades del proceso, los inspectores destacaron la falta de lógica en un despido disciplinario tan próximo a una baja por enfermedad y, sobre todo, la pasividad total de la trabajadora, quien aceptó la medida sin presentar reclamación alguna, esta actitud resulta atípica en cualquier caso, pero especialmente en un trabajador con antigüedad que es despedido por presuntas faltas graves. El tribunal concluyó que estos indicios demostraban la existencia de un acuerdo entre la empresa y la empleada para obtener un beneficio económico del sistema público de protección por desempleo.. La sentencia judicial ratificó la sanción económica de 7.501 euros impuesta inicialmente por la Inspección de Trabajo a la empresa por esta conducta fraudulenta. Además, la resolución judicial conlleva la obligación de reintegrar a la Seguridad Social el importe total de las prestaciones por desempleo que la trabajadora hubiera cobrado de manera indebida desde la fecha del despido simulado hasta que el fraude fue descubierto.
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