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  España  Cataluña  Luz verde jurídica a la regulación del alquiler de temporada en Cataluña
CataluñaEspaña

Luz verde jurídica a la regulación del alquiler de temporada en Cataluña

4 de diciembre de 2025
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El Consell de Garanties Estatutàries (CGE) ha avalado el proyecto de ley del Govern para regular el alquiler de temporada, pero ha cuestionado la prórroga automática de las viviendas de protección oficial (VPO) en zonas tensionadas.. Se trata de un dictamen, consultado por Europa Press, que el CGE ha publicado este miércoles después de que Junts y PP lo solicitaran el 4 de noviembre, lo que paralizó la tramitación parlamentaria de esta iniciativa. En materia competencial, el CGE concluye que esta nueva regulación «no altera el régimen básico estatal de las obligaciones contractuales», como había alegado el PP, y tampoco contradice la normativa básica estatal ni altera el régimen obligacional.. El CGE considera que la Generalitat «ha ejercido correctamente sus competencias en derecho civil sin alterar la naturaleza ni los elementos nucleares del contrato de arrendamiento».. A través de una ley sectorial. Por su parte, Junts cuestionaba que la regulación se incorporase a través de una ley sectorial y no en el código civil catalán y también argumentaban que no preveían un régimen transitorio para definir la situación de los contratos vigentes.. El Consell ha concluido que «corresponde a la libertad de configuración del legislador» la elección del instrumento normativo, por lo que puede optar por una regulación sectorial. Además, entiende que la norma se aplicará a los contratos que concluyan tras su entrada en vigor, ya que no prevé la aplicación en anteriores, por lo que no ve vulneración de la seguridad jurídica, aunque recomienda incluir una disposición transitoria que lo aclare.. Prórroga automática. En cuanto a la prórroga automática de los VPO en zonas tensionadas, Junts también alegó vulneración de principio de seguridad jurídica porque la norma prevé modificar un precepto de un decreto, que incorpora la prórroga obligatoria de VPO «mientras dure la declaración de una zona de mercado residencial tensionado».. En este punto, el CGE ha dado la razón a Junts, ya que considera que el texto «no permite identificar con suficiente claridad el ámbito de aplicación temporal de los diversos regímenes de sus tres apartados», lo que considera que genera a sus destinatarios una incertidumbre razonablemente insuperable, textualmente.. Por ello, sostiene que en caso de querer mantener el contenido de la regulación «haría falta que una norma con rango legal prevea expresamente el régimen temporal de las calificaciones de vivienda de protección oficial, sin prejuicio de una posible remisión al desarrollo reglamentario». El CGE también considera que la Generalitat es competente para la creación y regulación de un registro administrativo de grandes tenedores, con obligación de inscripción y suministración de información.. En cuanto a la posibilidad de limitar usos de las viviendas mediante el planeamiento urbanístico, el Consell «entiende que la regulación responde a una finalidad legítima de interés general: garantizar la disponibilidad de viviendas destinadas a residencia habitual y permanente», y considera que la norma se inscribe en la configuración constitucional del derecho de propiedad.. Además, el dictamen afirma que la admisión y tramitación de enmiendas al proyecto de ley no ha vulnerado el derecho de participación de los diputados y que «cumplen el requisito de congruencia», después de que Junts alegase que las enmiendas posteriores alteraban sustancialmente el contenido original del proyecto de ley.

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El Consell de Garanties Estatutàries (CGE) ha avalado el proyecto de ley del Govern para regular el alquiler de temporada, pero ha cuestionado la prórroga automática de las viviendas de protección oficial (VPO) en zonas tensionadas.. Se trata de un dictamen, consultado por Europa Press, que el CGE ha publicado este miércoles después de que Junts y PP lo solicitaran el 4 de noviembre, lo que paralizó la tramitación parlamentaria de esta iniciativa. En materia competencial, el CGE concluye que esta nueva regulación «no altera el régimen básico estatal de las obligaciones contractuales», como había alegado el PP, y tampoco contradice la normativa básica estatal ni altera el régimen obligacional.. El CGE considera que la Generalitat «ha ejercido correctamente sus competencias en derecho civil sin alterar la naturaleza ni los elementos nucleares del contrato de arrendamiento».. A través de una ley sectorial. Por su parte, Junts cuestionaba que la regulación se incorporase a través de una ley sectorial y no en el código civil catalán y también argumentaban que no preveían un régimen transitorio para definir la situación de los contratos vigentes.. El Consell ha concluido que «corresponde a la libertad de configuración del legislador» la elección del instrumento normativo, por lo que puede optar por una regulación sectorial. Además, entiende que la norma se aplicará a los contratos que concluyan tras su entrada en vigor, ya que no prevé la aplicación en anteriores, por lo que no ve vulneración de la seguridad jurídica, aunque recomienda incluir una disposición transitoria que lo aclare.. Prórroga automática. En cuanto a la prórroga automática de los VPO en zonas tensionadas, Junts también alegó vulneración de principio de seguridad jurídica porque la norma prevé modificar un precepto de un decreto, que incorpora la prórroga obligatoria de VPO «mientras dure la declaración de una zona de mercado residencial tensionado».. En este punto, el CGE ha dado la razón a Junts, ya que considera que el texto «no permite identificar con suficiente claridad el ámbito de aplicación temporal de los diversos regímenes de sus tres apartados», lo que considera que genera a sus destinatarios una incertidumbre razonablemente insuperable, textualmente.. Por ello, sostiene que en caso de querer mantener el contenido de la regulación «haría falta que una norma con rango legal prevea expresamente el régimen temporal de las calificaciones de vivienda de protección oficial, sin prejuicio de una posible remisión al desarrollo reglamentario». El CGE también considera que la Generalitat es competente para la creación y regulación de un registro administrativo de grandes tenedores, con obligación de inscripción y suministración de información.. En cuanto a la posibilidad de limitar usos de las viviendas mediante el planeamiento urbanístico, el Consell «entiende que la regulación responde a una finalidad legítima de interés general: garantizar la disponibilidad de viviendas destinadas a residencia habitual y permanente», y considera que la norma se inscribe en la configuración constitucional del derecho de propiedad.. Además, el dictamen afirma que la admisión y tramitación de enmiendas al proyecto de ley no ha vulnerado el derecho de participación de los diputados y que «cumplen el requisito de congruencia», después de que Junts alegase que las enmiendas posteriores alteraban sustancialmente el contenido original del proyecto de ley.

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