El Grupo de Investigación de la Agrupación de Tráfico (GIAT) del Sector de Andalucía (Sevilla) ha investigado a un varón, de 51 años, como presunto autor de un delito contra la seguridad vial por exceso de velocidad, al ser sorprendido el pasado 6 de octubre circulando a 177 km/h en la autovía A-92, a su paso por la provincia de Sevilla, cuya velocidad se encuentra limitada a 80 km/h.. La comisión de un delito por exceso de velocidad tiene lugar cuando se detecta la conducción de un vehículo a motor o un ciclomotor a una velocidad superior en 60 kilómetros por hora a la permitida reglamentariamente en la vía urbana, y a una velocidad superior en 80 kilómetros por hora a la permitida en vías interurbanas, como le ha ocurrido al investigado, como explica la Guardia Civil en un comunicado.. Para este tipo de delitos, el Código Penal contempla una pena de prisión de entre tres y seis meses, o una multa económica de entre seis y 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de una duración entre 31 y 90 días.. En ambos casos, el conductor infractor se verá privado del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un tiempo superior al año y hasta cuatro años.
E Código Penal contempla una pena de prisión de entre tres y seis meses, o una multa económica de entre seis y 12 meses
El Grupo de Investigación de la Agrupación de Tráfico (GIAT) del Sector de Andalucía (Sevilla) ha investigado a un varón, de 51 años, como presunto autor de un delito contra la seguridad vial por exceso de velocidad, al ser sorprendido el pasado 6 de octubre circulando a 177 km/h en la autovía A-92, a su paso por la provincia de Sevilla, cuya velocidad se encuentra limitada a 80 km/h.. La comisión de un delito por exceso de velocidad tiene lugar cuando se detecta la conducción de un vehículo a motor o un ciclomotor a una velocidad superior en 60 kilómetros por hora a la permitida reglamentariamente en la vía urbana, y a una velocidad superior en 80 kilómetros por hora a la permitida en vías interurbanas, como le ha ocurrido al investigado, como explica la Guardia Civil en un comunicado.. Para este tipo de delitos, el Código Penal contempla una pena de prisión de entre tres y seis meses, o una multa económica de entre seis y 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de una duración entre 31 y 90 días.. En ambos casos, el conductor infractor se verá privado del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un tiempo superior al año y hasta cuatro años.
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