La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de 171.905 euros a RTVE por lo que el organismo regulador consideró patrocinios irregulares emitidos durante las Campanadas de Fin de Año 2024, que presentaban Ana Mena, Ramón García y Jenni Hermoso.. Según la resolución del organismo regulador, RTVE vulneró la Ley General de Comunicación Audiovisual al emitir mensajes de patrocinio en varios de sus canales —La 2, Teledeporte, Clan y Canal 24 Horas— sin que el programa emitido en esas cadenas estuviera legalmente patrocinado. La cuestión es que el patrocinio se había firmado para La 1, pero no para el resto de canales, donde se emitió la misma retransmisión.. Los hechos se remontan a la noche del 31 de diciembre de 2023, cuando RTVE emitió el programa especial Feliz 2024, que incluía las tradicionales campanadas, de forma simultánea en varios canales. Como decimos, el patrocinio del programa, a cargo de Telefónica, Repsol y Renfe, había sido contratado exclusivamente para La 1.. «La voz en off indica ‘Telefónica, Repsol y Renfe patrocinan FELIZ 2024’. Hay una secuencia de imágenes de los patrocinadores en solitario, y una final en la que se muestran todos», recoge la sanción.. Aunque RTVE alegó que no obtuvo beneficio económico directo y que no existió perjuicio para el público, el organismo regulador consideró que la infracción se produjo por negligencia y que el daño sancionable es la confusión del espectador, con independencia de que exista o no un lucro inmediato.. La CNMC concluyó así que RTVE emitió las mismas caretas de patrocinio en otros cuatro canales, (96 segundos en total). «La emisión de esos patrocinios generó una confusión en los telespectadores de que esas emisiones estaban patrocinadas, cuando no lo estaban», explica la sanción.. La CNMC subraya en la resolución que, aunque el contenido fuera similar, cada canal constituye un programa distinto a efectos legales, por lo que el patrocinio no puede trasladarse automáticamente de una cadena a otra. La resolución destaca que esta práctica confunde al espectador y vulnera el principio de transparencia que debe regir las comunicaciones comerciales audiovisuales.. La resolución de la CNMC pone fin a la vía administrativa, si bien RTVE podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde la notificación.. La ley es especialmente estricta con RTVE, pues el ente público no puede emitir publidad directa, aunque sí puede patrocinar determinados contenidos, siempre que se aclare que lo que se está viendo se emite bajo ese tipo de acuerdo comercial.
La CNMC multa a RTVE con 171.905 euros por patrocinios irregulares en las Campanadas 2024
20MINUTOS.ES – Televisión
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de 171.905 euros a RTVE por lo que el organismo regulador consideró patrocinios irregulares emitidos durante las Campanadas de Fin de Año 2024, que presentaban Ana Mena, Ramón García y Jenni Hermoso.. Según la resolución del organismo regulador, RTVE vulneró la Ley General de Comunicación Audiovisual al emitir mensajes de patrocinio en varios de sus canales —La 2, Teledeporte, Clan y Canal 24 Horas— sin que el programa emitido en esas cadenas estuviera legalmente patrocinado. La cuestión es que el patrocinio se había firmado para La 1, pero no para el resto de canales, donde se emitió la misma retransmisión.. Los hechos se remontan a la noche del 31 de diciembre de 2023, cuando RTVE emitió el programa especial Feliz 2024, que incluía las tradicionales campanadas, de forma simultánea en varios canales. Como decimos, el patrocinio del programa, a cargo de Telefónica, Repsol y Renfe, había sido contratado exclusivamente para La 1.. «La voz en off indica ‘Telefónica, Repsol y Renfe patrocinan FELIZ 2024’. Hay una secuencia de imágenes de los patrocinadores en solitario, y una final en la que se muestran todos», recoge la sanción.. Aunque RTVE alegó que no obtuvo beneficio económico directo y que no existió perjuicio para el público, el organismo regulador consideró que la infracción se produjo por negligencia y que el daño sancionable es la confusión del espectador, con independencia de que exista o no un lucro inmediato.. La CNMC concluyó así que RTVE emitió las mismas caretas de patrocinio en otros cuatro canales, (96 segundos en total). «La emisión de esos patrocinios generó una confusión en los telespectadores de que esas emisiones estaban patrocinadas, cuando no lo estaban», explica la sanción.. La CNMC subraya en la resolución que, aunque el contenido fuera similar, cada canal constituye un programa distinto a efectos legales, por lo que el patrocinio no puede trasladarse automáticamente de una cadena a otra. La resolución destaca que esta práctica confunde al espectador y vulnera el principio de transparencia que debe regir las comunicaciones comerciales audiovisuales.. La resolución de la CNMC pone fin a la vía administrativa, si bien RTVE podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde la notificación.. La ley es especialmente estricta con RTVE, pues el ente público no puede emitir publidad directa, aunque sí puede patrocinar determinados contenidos, siempre que se aclare que lo que se está viendo se emite bajo ese tipo de acuerdo comercial.
