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  España  Cataluña  Golpe judicial al nacionalismo catalán: obligan al Parlament a ondear permanentemente la bandera de España
CataluñaEspaña

Golpe judicial al nacionalismo catalán: obligan al Parlament a ondear permanentemente la bandera de España

20 de marzo de 2026
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha asestado un nuevo correctivo a la política simbólica del independentismo en las instituciones catalanas. La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha ordenado al Parlament colocar de manera inmediata y permanente la bandera de España junto a la senyera en el exterior del edificio, estimando parcialmente las medidas cautelares solicitadas por la asociación Impulso Ciudadano.. El auto desmonta la práctica habitual de la Cámara catalana, que limitaba la presencia de la enseña nacional a días puntuales, como las sesiones plenarias, o directamente la retiraba de forma recurrente. Para el tribunal, esta conducta vulnera de forma clara la legalidad vigente, que obliga a que la bandera de España ondee todos los días en los edificios públicos como expresión de la soberanía nacional y de los valores constitucionales.. La resolución recuerda que esta exigencia no responde a una cuestión protocolaria ni estética, sino a un mandato jurídico derivado tanto de la Constitución como de la normativa específica sobre símbolos del Estado. En este sentido, el tribunal descarta cualquier perjuicio al interés general por la adopción de la medida y subraya que su objetivo es, precisamente, garantizar el cumplimiento de la ley y la representación institucional de todos los ciudadanos.. Más allá del caso concreto, el fallo incide en la importancia de la neutralidad institucional. La exclusión de la bandera de España, advierte, no es un gesto menor, sino una forma de marginación simbólica incompatible con un Estado de derecho, al dejar fuera del espacio público a una parte de la ciudadanía a la que también representan las instituciones catalanas.. Desde Impulso Ciudadano celebran una resolución que consideran clave para frenar lo que califican de deriva excluyente del nacionalismo en materia simbólica. La entidad recuerda que la normativa establece que la bandera nacional debe ocupar un lugar preferente y no puede ser de menor tamaño que otras enseñas oficiales, lo que abre la puerta a revisar situaciones como la presencia de símbolos autonómicos sobredimensionados en espacios públicos.. En este contexto, la asociación señala directamente la gran senyera instalada en el parque de la Ciutadella frente al Parlament, cuya desproporción, a su juicio, vulnera la ley y debería ser retirada para ajustarse al marco legal. A su entender, la batalla por los símbolos no es secundaria: constituye un elemento central en la defensa de la igualdad de todos los ciudadanos y del respeto al orden constitucional.

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha asestado un nuevo correctivo a la política simbólica del independentismo en las instituciones catalanas. La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha ordenado al Parlament colocar de manera inmediata y permanente la bandera de España junto a la senyera en el exterior del edificio, estimando parcialmente las medidas cautelares solicitadas por la asociación Impulso Ciudadano.. El auto desmonta la práctica habitual de la Cámara catalana, que limitaba la presencia de la enseña nacional a días puntuales, como las sesiones plenarias, o directamente la retiraba de forma recurrente. Para el tribunal, esta conducta vulnera de forma clara la legalidad vigente, que obliga a que la bandera de España ondee todos los días en los edificios públicos como expresión de la soberanía nacional y de los valores constitucionales.. La resolución recuerda que esta exigencia no responde a una cuestión protocolaria ni estética, sino a un mandato jurídico derivado tanto de la Constitución como de la normativa específica sobre símbolos del Estado. En este sentido, el tribunal descarta cualquier perjuicio al interés general por la adopción de la medida y subraya que su objetivo es, precisamente, garantizar el cumplimiento de la ley y la representación institucional de todos los ciudadanos.. Más allá del caso concreto, el fallo incide en la importancia de la neutralidad institucional. La exclusión de la bandera de España, advierte, no es un gesto menor, sino una forma de marginación simbólica incompatible con un Estado de derecho, al dejar fuera del espacio público a una parte de la ciudadanía a la que también representan las instituciones catalanas.. Desde Impulso Ciudadano celebran una resolución que consideran clave para frenar lo que califican de deriva excluyente del nacionalismo en materia simbólica. La entidad recuerda que la normativa establece que la bandera nacional debe ocupar un lugar preferente y no puede ser de menor tamaño que otras enseñas oficiales, lo que abre la puerta a revisar situaciones como la presencia de símbolos autonómicos sobredimensionados en espacios públicos.. En este contexto, la asociación señala directamente la gran senyera instalada en el parque de la Ciutadella frente al Parlament, cuya desproporción, a su juicio, vulnera la ley y debería ser retirada para ajustarse al marco legal. A su entender, la batalla por los símbolos no es secundaria: constituye un elemento central en la defensa de la igualdad de todos los ciudadanos y del respeto al orden constitucional.

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