El Comité Andaluz de Derechos y Garantías del PP de Andalucía ha resuelto por unanimidad la expulsión del partido de José Luis Contreras Corrales tras la decisión “personal” de incorporarse a los independientes de UPU en el municipio de Punta Umbría (Huelva).. La marcha del edil popular se hizo pública el pasado 6 de mayo cuando el alcalde de la localidad, José Carlos Hernández, anunció su entrada en el equipo de Gobierno como cuarto teniente de alcalde, asumiendo las delegaciones de Economía, Presidencia y coordinación de Concejalías de Barrio. Con esta incorporación, que el PP consideró desde el principio un caso de transfuguismo, UPU lograba la mayoría en el Ayuntamiento.. La resolución disciplinaria califica de “excepcional gravedad” los hechos y sustentan la sanción de expulsión aprobada por el Comité Andaluz de Derechos y Garantías en la “deslealtad al partido y desobediencia a instrucciones de órgano del partido”, ha informado el PP en una nota.. Tal y como aparece en la resolución se aprueba la expulsión del Partido Popular: “De conformidad con el artículo 16.3 de los Estatutos Nacionales (2017), y atendiendo a la excepcional gravedad de los hechos, que afectan a la propia esencia del funcionamiento interno de una formación política basada en la confianza, la lealtad y la coordinación entre sus miembros”.. “Los hechos probados constituyen violación muy grave conforme al artículo 16 de los Estatutos Nacionales (2017), concretamente: Artículo 16.1.d): Manifiesta deslealtad al Partido: La incorporación unilateral a un equipo de gobierno de signo político contrario constituye la manifestación más paradigmática de deslealtad institucional, al quebrantar de manera radical los vínculos de confianza y solidaridad que sustentan la pertenencia partidista”.. “Artículo 16.1.e) – Desobediencia a instrucciones de órgano del Partido: La persistencia en la conducta infractora pese a los requerimientos expresos de la Secretaría General Provincial (22 de mayo de 2025) y del Comité Ejecutivo Provincial (26 de mayo de 2025) constituye desobediencia reiterada y contumaz a las instrucciones de los órganos competentes”.. La portavoz del PP en el Ayuntamiento de Punta Umbría, Rosa Crespo, tras la marcha de José Luis Contreras, ha venido insistiendo que “la decisión de irse es un acto de transfuguismo político que nada tiene que ver con los intereses de Punta Umbría y el bienestar de los puntaumbrieños».
José Luis Contreras entró en el equipo de gobierno del grupo independiente UPU
El Comité Andaluz de Derechos y Garantías del PP de Andalucía ha resuelto por unanimidad la expulsión del partido de José Luis Contreras Corrales tras la decisión “personal” de incorporarse a los independientes de UPU en el municipio de Punta Umbría (Huelva).. La marcha del edil popular se hizo pública el pasado 6 de mayo cuando el alcalde de la localidad, José Carlos Hernández, anunció su entrada en el equipo de Gobierno como cuarto teniente de alcalde, asumiendo las delegaciones de Economía, Presidencia y coordinación de Concejalías de Barrio. Con esta incorporación, que el PP consideró desde el principio un caso de transfuguismo, UPU lograba la mayoría en el Ayuntamiento.. La resolución disciplinaria califica de “excepcional gravedad” los hechos y sustentan la sanción de expulsión aprobada por el Comité Andaluz de Derechos y Garantías en la “deslealtad al partido y desobediencia a instrucciones de órgano del partido”, ha informado el PP en una nota.. Tal y como aparece en la resolución se aprueba la expulsión del Partido Popular: “De conformidad con el artículo 16.3 de los Estatutos Nacionales (2017), y atendiendo a la excepcional gravedad de los hechos, que afectan a la propia esencia del funcionamiento interno de una formación política basada en la confianza, la lealtad y la coordinación entre sus miembros”.. “Los hechos probados constituyen violación muy grave conforme al artículo 16 de los Estatutos Nacionales (2017), concretamente: Artículo 16.1.d): Manifiesta deslealtad al Partido: La incorporación unilateral a un equipo de gobierno de signo político contrario constituye la manifestación más paradigmática de deslealtad institucional, al quebrantar de manera radical los vínculos de confianza y solidaridad que sustentan la pertenencia partidista”.. “Artículo 16.1.e) – Desobediencia a instrucciones de órgano del Partido: La persistencia en la conducta infractora pese a los requerimientos expresos de la Secretaría General Provincial (22 de mayo de 2025) y del Comité Ejecutivo Provincial (26 de mayo de 2025) constituye desobediencia reiterada y contumaz a las instrucciones de los órganos competentes”.. La portavoz del PP en el Ayuntamiento de Punta Umbría, Rosa Crespo, tras la marcha de José Luis Contreras, ha venido insistiendo que “la decisión de irse es un acto de transfuguismo político que nada tiene que ver con los intereses de Punta Umbría y el bienestar de los puntaumbrieños».
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