El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco), a través de la Dirección General de la Costa y el Mar, ha iniciado el procedimiento para expropiar la mitad de los terrenos en los que se asienta el hotel de El Algarrobico, en Carboneras (Almería), así como el propio inmueble promovido por Azata del Sol en la parte que invade el dominio público marítimo-terrestre. En concreto, según la resolución publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y recogida por Europa Press, el Gobierno cifra en 16.432 metros cuadrados la superficie afectada por la servidumbre de protección del litoral que debe estar libre de edificaciones de uso residencial, esto es, poco más de la mitad de los 32.654 metros cuadrados de la parcela que, según Catastro, es propiedad de Azata del Sol.. La resolución recalca el doble pronunciamiento favorable de la Abogacía del Estado, los días 18 de octubre de 2024 y 10 de febrero de 2025, de cara a iniciar un nuevo procedimiento expropiatorio después de que se desistiera de esta vía en junio de 2009, ya que desde entonces «se han dictado sentencias que han incidido sobre la situación que justificó dicho desistimiento». En este sentido, señala la declaración de utilidad pública aprobada en Consejo de Ministros para poder iniciar la expropiación, tanto de los terrenos ocupados por la edificación como el propio inmueble «en la parte que invade la zona de servidumbre» –esto es, en los cien metros de anchura en el tramo litoral–, como la mejor vía para la «recuperación» de este espacio natural.. El Gobierno incide en que la Ley de Costas ampara al Estado como titular del dominio público marítimo-terrestre en aras de garantizar tanto su integridad física como su uso público, lo que le otorga una «potestad expropiatoria» de los terrenos que invade el hotel de acuerdo con el deslinde firme de 2005.. Si bien el proceso expropiatorio que se inició en julio de 2007 fue desistido dos años después, el Gobierno apunta que con posterioridad se han producido pronunciamientos judiciales que avalarían de nuevo esta vía de cara a derribar el hotel. Con ello, hace especial alusión a la sentencia del Tribunal Supremo que en 2012 confirmó el deslinde de los bienes del dominio público marítimo-terrestre situados en el tramo de costas en el que se sitúan tanto las fincas como el hotel de 411 habitaciones y una veintena de plantas que se encuentra sin acabar, por lo que se establecía «definitivamente la servidumbre de protección de 100 metros de anchura en ese tramo litoral».. «En la franja de terrenos sobre la que se proyecta la zona de servidumbre de protección no es posible la existencia de edificaciones destinadas a uso residencial», recalca el Ministerio para la Transición Ecológica al respecto. Asimismo, recuerda que el Tribunal Supremo también declaró «con carácter definitivo» que los terrenos sobre los que se sitúa la edificación son suelos «no urbanizable» en base al vigente Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar, en el que se incluye. Esta clasificación resulta «incompatible con la existencia de la edificación».
El Ejecutivo cifra en 16.432 metros cuadrados la superficie afectada por la servidumbre de protección del litoral
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco), a través de la Dirección General de la Costa y el Mar, ha iniciado el procedimiento para expropiar la mitad de los terrenos en los que se asienta el hotel de El Algarrobico, en Carboneras (Almería), así como el propio inmueble promovido por Azata del Sol en la parte que invade el dominio público marítimo-terrestre. En concreto, según la resolución publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y recogida por Europa Press, el Gobierno cifra en 16.432 metros cuadrados la superficie afectada por la servidumbre de protección del litoral que debe estar libre de edificaciones de uso residencial, esto es, poco más de la mitad de los 32.654 metros cuadrados de la parcela que, según Catastro, es propiedad de Azata del Sol.. La resolución recalca el doble pronunciamiento favorable de la Abogacía del Estado, los días 18 de octubre de 2024 y 10 de febrero de 2025, de cara a iniciar un nuevo procedimiento expropiatorio después de que se desistiera de esta vía en junio de 2009, ya que desde entonces «se han dictado sentencias que han incidido sobre la situación que justificó dicho desistimiento». En este sentido, señala la declaración de utilidad pública aprobada en Consejo de Ministros para poder iniciar la expropiación, tanto de los terrenos ocupados por la edificación como el propio inmueble «en la parte que invade la zona de servidumbre» –esto es, en los cien metros de anchura en el tramo litoral–, como la mejor vía para la «recuperación» de este espacio natural.. El Gobierno incide en que la Ley de Costas ampara al Estado como titular del dominio público marítimo-terrestre en aras de garantizar tanto su integridad física como su uso público, lo que le otorga una «potestad expropiatoria» de los terrenos que invade el hotel de acuerdo con el deslinde firme de 2005.. Si bien el proceso expropiatorio que se inició en julio de 2007 fue desistido dos años después, el Gobierno apunta que con posterioridad se han producido pronunciamientos judiciales que avalarían de nuevo esta vía de cara a derribar el hotel. Con ello, hace especial alusión a la sentencia del Tribunal Supremo que en 2012 confirmó el deslinde de los bienes del dominio público marítimo-terrestre situados en el tramo de costas en el que se sitúan tanto las fincas como el hotel de 411 habitaciones y una veintena de plantas que se encuentra sin acabar, por lo que se establecía «definitivamente la servidumbre de protección de 100 metros de anchura en ese tramo litoral».. «En la franja de terrenos sobre la que se proyecta la zona de servidumbre de protección no es posible la existencia de edificaciones destinadas a uso residencial», recalca el Ministerio para la Transición Ecológica al respecto. Asimismo, recuerda que el Tribunal Supremo también declaró «con carácter definitivo» que los terrenos sobre los que se sitúa la edificación son suelos «no urbanizable» en base al vigente Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar, en el que se incluye. Esta clasificación resulta «incompatible con la existencia de la edificación».
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