La Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a 22 años y medio de prisión al hombre acusado de matar a una joven de 22 años e intentar asesinar a su primo, de 25 años, en la localidad ourensana de Velle en febrero de 2021.. El acusado se enfrentaba, al inicio del juicio, a cargos por los que las acusaciones particulares pedían prisión permanente revisable, mientras la Fiscalía solicitaba 24 años de prisión.. La sentencia, dictada por la sección segunda y en conformidad con el veredicto del Tribunal del Jurado, considera al acusado culpable de dos delitos de asesinato con alevosía, uno consumado y otro en grado de tentativa, concurriendo en ambos casos la atenuante de alteración psíquica.. Detalles del crimen. Según recoge el fallo, el 19 de febrero de 2021, el acusado, quien sufre un trastorno psicótico del tipo esquizofrenia paranoide, se dirigió al domicilio de su primo con la intención de matarlo a él y a su pareja.. Tras entrar en la vivienda, atacó primero a su primo, asestándole varias cuchilladas en cuello, pecho y abdomen. Luego, al ser interpelado por la pareja del joven, se abalanzó sobre ella, causándole heridas mortales con un cuchillo de grandes dimensiones.. Tras cometer los hechos, el acusado se deshizo del arma arrojándola a una finca cercana y regresó a su casa. Mientras tanto, su primo, gravemente herido, logró llamar a su padre para pedir auxilio. El joven sobrevivió, pero presenta múltiples secuelas que le han incapacitado para desempeñar su actividad profesional.. Motivación del fallo judicial. La magistrada presidenta destaca que el ataque se caracterizó por su rapidez, nocturnidad y la relación de confianza entre el acusado y las víctimas, lo que eliminó cualquier posibilidad de defensa.. Estas circunstancias llevaron al jurado a calificar los hechos como asesinato con alevosía. Sin embargo, se descartó el ensañamiento, ya que las heridas superficiales no evidenciaron una intención de causar un sufrimiento innecesario.. El acusado fue considerado parcialmente responsable de sus actos debido a su trastorno psicótico, una circunstancia que le otorgó una atenuante de alteración psíquica, pero no lo eximió de responsabilidad penal.. Además de la pena de prisión, el condenado deberá indemnizar con 150.000 euros a cinco familiares de las víctimas y con 325.000 euros a su primo por las secuelas físicas y psicológicas sufridas.
El ataque se caracterizó por su rapidez, nocturnidad y la relación de confianza entre el acusado y las víctimas, lo que eliminó cualquier posibilidad de defensa
La Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a 22 años y medio de prisión al hombre acusado de matar a una joven de 22 años e intentar asesinar a su primo, de 25 años, en la localidad ourensana de Velle en febrero de 2021.. El acusado se enfrentaba, al inicio del juicio, a cargos por los que las acusaciones particulares pedían prisión permanente revisable, mientras la Fiscalía solicitaba 24 años de prisión.. La sentencia, dictada por la sección segunda y en conformidad con el veredicto del Tribunal del Jurado, considera al acusado culpable de dos delitos de asesinato con alevosía, uno consumado y otro en grado de tentativa, concurriendo en ambos casos la atenuante de alteración psíquica.. Detalles del crimen. Según recoge el fallo, el 19 de febrero de 2021, el acusado, quien sufre un trastorno psicótico del tipo esquizofrenia paranoide, se dirigió al domicilio de su primo con la intención de matarlo a él y a su pareja.. Tras entrar en la vivienda, atacó primero a su primo, asestándole varias cuchilladas en cuello, pecho y abdomen. Luego, al ser interpelado por la pareja del joven, se abalanzó sobre ella, causándole heridas mortales con un cuchillo de grandes dimensiones.. Tras cometer los hechos, el acusado se deshizo del arma arrojándola a una finca cercana y regresó a su casa. Mientras tanto, su primo, gravemente herido, logró llamar a su padre para pedir auxilio. El joven sobrevivió, pero presenta múltiples secuelas que le han incapacitado para desempeñar su actividad profesional.. Motivación del fallo judicial. La magistrada presidenta destaca que el ataque se caracterizó por su rapidez, nocturnidad y la relación de confianza entre el acusado y las víctimas, lo que eliminó cualquier posibilidad de defensa.. Estas circunstancias llevaron al jurado a calificar los hechos como asesinato con alevosía. Sin embargo, se descartó el ensañamiento, ya que las heridas superficiales no evidenciaron una intención de causar un sufrimiento innecesario.. El acusado fue considerado parcialmente responsable de sus actos debido a su trastorno psicótico, una circunstancia que le otorgó una atenuante de alteración psíquica, pero no lo eximió de responsabilidad penal.. Además de la pena de prisión, el condenado deberá indemnizar con 150.000 euros a cinco familiares de las víctimas y con 325.000 euros a su primo por las secuelas físicas y psicológicas sufridas.
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