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  Sociedad  Confirman dos años por agredir a una joven «reiteradamente» por las calles de León
Sociedad

Confirman dos años por agredir a una joven «reiteradamente» por las calles de León

15 de mayo de 2026
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El Tribunal Supremo ha confirmado condenas de dos años y medio de cárcel para tres acusados de agredir reiteradamente a un joven tras perseguirle por las calles del barrio Húmedo de León en marzo de 2019, una actuación en la que los magistrados que les juzgaron vieron «una verdadera cacería».. Lo hace en una sentencia que avala las tesis del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que ratificó a su vez las condenas a estos tres acusados -de quienes las acusaciones destacaron una ideología «de extrema derecha y nazi»- por un delito de lesiones con la agravante de abuso de superioridad y la atenuante de dilaciones indebidas.. La agresión múltiple ocurrió la madrugada del 10 de marzo de 2019, cuando la víctima abandonaba un bar tras un altercado «con una persona de ideología de extrema derecha y nazi». Los tres acusados y otros «integrantes del mismo grupo» comenzaron a agredir a la víctima con puñetazos en la cabeza y patadas en el cuerpo.. Pese a sus intentos de huir, ayudado por un amigo, fue alcanzado varias veces por las calles de León -la Plaza de Riaño, la Plaza Mayor o la calle Azabachería- por sus agresores, que siguieron pegándole, bajo las arengas de dos acusadas -«matadle, matadle»-, y le dejaron «tirado y abandonado» en el suelo. Llegó incluso a sufrir un corte en la cara, todo ello según declaró probado la Audiencia de León.. Las acusaciones solicitaron la aplicación de la agravante de discriminación por ideología de la víctima, si bien la Audiencia no vio probado que los acusados -que negaron actuar por ideología de extrema derecha- cometiesen los hechos por tener dichas ideas y consideró insuficiente su posible relación «con personas o grupos de extrema derecha o nazis».. Al avalar las condenas, el Supremo incluye parte de los argumentos de la sentencia de instancia, que vio «especial perversidad» y «gran peligrosidad» en los acusados, y destacó la «brutalidad de su conducta delictiva».. No fue «una simple agresión», sino «una verdadera cacería», justificó entonces esa sentencia para imponer su condena, ya firme.. El Supremo desestima todos y cada uno de los argumentos de los recursos de los tres condenados y rechaza que se haya vulnerado su presunción de inocencia, que hayan sufrido indefensión o que no haya suficiente prueba.. Porque, sostiene el Supremo, la sentencia de instancia cuenta con un «detallado examen» de las pruebas, desde la declaración de la víctima, con un «testimonio coherente y persistente» que apunta a los acusados, hasta la de testigos.. Estos tres condenados a los que afecta la sentencia del Supremo no fueron los únicos responsables de la agresión. Otros implicados, menores de edad en el momento de los hechos, fueron juzgados por la jurisdicción de menores y sancionados como autores de un delito de homicidio intentado.. Algo que el Supremo considera que no es «ocioso destacar», dado que los ahora condenados lo han sido por «un delito básico de lesiones»

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Según el Supremo, la joven vivió una «auténtica cacería»

  

El Tribunal Supremo ha confirmado condenas de dos años y medio de cárcel para tres acusados de agredir reiteradamente a un joven tras perseguirle por las calles del barrio Húmedo de León en marzo de 2019, una actuación en la que los magistrados que les juzgaron vieron «una verdadera cacería».. Lo hace en una sentencia que avala las tesis del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que ratificó a su vez las condenas a estos tres acusados -de quienes las acusaciones destacaron una ideología «de extrema derecha y nazi»- por un delito de lesiones con la agravante de abuso de superioridad y la atenuante de dilaciones indebidas.. La agresión múltiple ocurrió la madrugada del 10 de marzo de 2019, cuando la víctima abandonaba un bar tras un altercado «con una persona de ideología de extrema derecha y nazi». Los tres acusados y otros «integrantes del mismo grupo» comenzaron a agredir a la víctima con puñetazos en la cabeza y patadas en el cuerpo.. Pese a sus intentos de huir, ayudado por un amigo, fue alcanzado varias veces por las calles de León -la Plaza de Riaño, la Plaza Mayor o la calle Azabachería- por sus agresores, que siguieron pegándole, bajo las arengas de dos acusadas -«matadle, matadle»-, y le dejaron «tirado y abandonado» en el suelo. Llegó incluso a sufrir un corte en la cara, todo ello según declaró probado la Audiencia de León.. Las acusaciones solicitaron la aplicación de la agravante de discriminación por ideología de la víctima, si bien la Audiencia no vio probado que los acusados -que negaron actuar por ideología de extrema derecha- cometiesen los hechos por tener dichas ideas y consideró insuficiente su posible relación «con personas o grupos de extrema derecha o nazis».. Al avalar las condenas, el Supremo incluye parte de los argumentos de la sentencia de instancia, que vio «especial perversidad» y «gran peligrosidad» en los acusados, y destacó la «brutalidad de su conducta delictiva».. No fue «una simple agresión», sino «una verdadera cacería», justificó entonces esa sentencia para imponer su condena, ya firme.. El Supremo desestima todos y cada uno de los argumentos de los recursos de los tres condenados y rechaza que se haya vulnerado su presunción de inocencia, que hayan sufrido indefensión o que no haya suficiente prueba.. Porque, sostiene el Supremo, la sentencia de instancia cuenta con un «detallado examen» de las pruebas, desde la declaración de la víctima, con un «testimonio coherente y persistente» que apunta a los acusados, hasta la de testigos.. Estos tres condenados a los que afecta la sentencia del Supremo no fueron los únicos responsables de la agresión. Otros implicados, menores de edad en el momento de los hechos, fueron juzgados por la jurisdicción de menores y sancionados como autores de un delito de homicidio intentado.. Algo que el Supremo considera que no es «ocioso destacar», dado que los ahora condenados lo han sido por «un delito básico de lesiones»

 

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