La Audiencia Provincial de A Coruña ha confirmado una sentencia que condena a un hombre a un año y tres meses de prisión por acoso, con la agravante de reincidencia, dirigido a la directora de un centro educativo en A Coruña.. El acusado había difamado a la víctima difundiendo correos electrónicos y repartiendo panfletos, cuyo objetivo era desacreditarla profesionalmente y dañar la reputación del colegio. Este individuo ya contaba con dos condenas anteriores por los mismos hechos.. Además de la pena de prisión, el condenado deberá pagar una multa de alrededor de 6.000 euros por quebrantamiento de condena y calumnias mediante publicidad.. También se le ha impuesto la prohibición de acercarse a menos de 200 metros de la directora y de comunicarse con ella por un periodo de cinco años. A esto se suma el pago de una indemnización de 7.500 euros en concepto de daños morales.. La sentencia, dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 de A Coruña y de la que se ha hecho Europa Press, describe cómo el hombre, sin tener relación alguna con el centro educativo, comenzó una campaña de acoso tras un juicio penal en el que una profesora del colegio declaró como testigo, y en el que él resultó condenado.. El acoso se centró en la directora, sobre quien envió numerosos correos electrónicos dirigidos a entidades e instituciones educativas, con la clara intención de desprestigiarla a nivel profesional y dañar la imagen del centro.. En 2021, un auto judicial le prohibió comunicarse con la directora y acercarse tanto a ella como al colegio. Sin embargo, debido a su persistencia, esta medida fue agravada, y en febrero de 2022 y marzo de 2023, dos juzgados penales emitieron sentencias adicionales por acoso.. A pesar de las prohibiciones, el hombre continuó hostigando de forma sistemática, enviando correos electrónicos entre febrero de 2022 y abril de 2023, en los que mencionaba directa o indirectamente a la directora, además de repartir panfletos dirigidos a padres y alumnos del centro.. En abril de 2023, el Juzgado de lo Penal número 1 de A Coruña dictó una condena en su contra, aunque lo absolvió del delito de injurias.. El acusado apeló esta decisión ante la Audiencia Provincial, alegando vulneración de sus derechos a la intimidad, al secreto de las comunicaciones y a la protección de datos, además de señalar que los correos no estaban dirigidos a la querellante y que no había incumplido la prohibición de contacto. A pesar de sus alegatos, la Audiencia Provincial ha rechazado su recurso y ha confirmado la sentencia.
Inició una campaña de desprestigio después de que una profesora declarase como testigo en un juicio en el que él resultó culpable
La Audiencia Provincial de A Coruña ha confirmado una sentencia que condena a un hombre a un año y tres meses de prisión por acoso, con la agravante de reincidencia, dirigido a la directora de un centro educativo en A Coruña.. El acusado había difamado a la víctima difundiendo correos electrónicos y repartiendo panfletos, cuyo objetivo era desacreditarla profesionalmente y dañar la reputación del colegio. Este individuo ya contaba con dos condenas anteriores por los mismos hechos.. Además de la pena de prisión, el condenado deberá pagar una multa de alrededor de 6.000 euros por quebrantamiento de condena y calumnias mediante publicidad.. También se le ha impuesto la prohibición de acercarse a menos de 200 metros de la directora y de comunicarse con ella por un periodo de cinco años. A esto se suma el pago de una indemnización de 7.500 euros en concepto de daños morales.. La sentencia, dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 de A Coruña y de la que se ha hecho Europa Press, describe cómo el hombre, sin tener relación alguna con el centro educativo, comenzó una campaña de acoso tras un juicio penal en el que una profesora del colegio declaró como testigo, y en el que él resultó condenado.. El acoso se centró en la directora, sobre quien envió numerosos correos electrónicos dirigidos a entidades e instituciones educativas, con la clara intención de desprestigiarla a nivel profesional y dañar la imagen del centro.. En 2021, un auto judicial le prohibió comunicarse con la directora y acercarse tanto a ella como al colegio. Sin embargo, debido a su persistencia, esta medida fue agravada, y en febrero de 2022 y marzo de 2023, dos juzgados penales emitieron sentencias adicionales por acoso.. A pesar de las prohibiciones, el hombre continuó hostigando de forma sistemática, enviando correos electrónicos entre febrero de 2022 y abril de 2023, en los que mencionaba directa o indirectamente a la directora, además de repartir panfletos dirigidos a padres y alumnos del centro.. En abril de 2023, el Juzgado de lo Penal número 1 de A Coruña dictó una condena en su contra, aunque lo absolvió del delito de injurias.. El acusado apeló esta decisión ante la Audiencia Provincial, alegando vulneración de sus derechos a la intimidad, al secreto de las comunicaciones y a la protección de datos, además de señalar que los correos no estaban dirigidos a la querellante y que no había incumplido la prohibición de contacto. A pesar de sus alegatos, la Audiencia Provincial ha rechazado su recurso y ha confirmado la sentencia.
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